Diario Oficial de la Federación del 24/07/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

Miércoles 24 de julio de 2019

DIARIO OFICIAL

Primera Sección
3

Considerando de este Acuerdo será objeto del acto de disposición previsto en el artículo 84 fracción XIII de la Ley General de Bienes Nacionales, ya que se encuentra en posesión del Sindicato Mexicano de Electricistas y por ende no figura ni ha figurado como "disponible" en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal; además de no ser apto para ser destinado al servicio de alguna otra Institución Pública;
SEXTO.- Que el Comité de Aprovechamiento Inmobiliario de este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en su Segunda Sesión Extraordinaria del año 2018 2/18, celebrada el 22 de marzo de 2018, emitió Acuerdo 28/18 CAI mediante el cual los miembros del Comité de Aprovechamiento Inmobiliario, acuerdan por unanimidad de votos la opinión positiva para la emisión del Dictamen para Actos de Administración y/o Disposición;
SÉPTIMO.- Que la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria, dependiente de este Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el 22 de marzo del 2018, emitió Dictamen para Actos de Administración y/o Disposición para la prestación del servicio público, número DAAD/2018/019, respecto del inmueble materia de este Acuerdo;
OCTAVO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de conformidad con lo previsto por el artículo 11, fracción V, del Reglamento de este Instituto, conoció y revisó desde el punto de vista técnico jurídico, la operación que se autoriza. La documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expedientillo de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente integrada y cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Asimismo, y con fundamento en el artículo 9, fracción XIV del Reglamento del Instituto, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente Acuerdo.
Con base en las consideraciones referidas y tomando en cuenta que dicho inmueble no es de uso común, por sus características y vocación de uso, no es susceptible de destinarse al servicio de otras instituciones públicas y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al Patrimonio Inmobiliario Federal el óptimo aprovechamiento, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación, el inmueble descrito en el Considerando Primero de este Acuerdo y se autoriza la enajenación a título gratuito al Sindicato Mexicano de Electricistas, a fin de que lo utilice en el cumplimiento de sus fines.
SEGUNDO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales ejercerá a nombre y representación de la Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo la operación que se autoriza.
TERCERO.- Los impuestos, derechos, honorarios y gastos que se originen con motivo de la operación que se autoriza, serán cubiertos por el Sindicato Mexicano de Electricistas.
CUARTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en el ámbito de sus atribuciones por conducto de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
QUINTO.- El Sindicato Mexicano de Electricistas deberá observar lo previsto en el artículo 93 de la Ley General de Bienes Nacionales. Asimismo, si dentro del año siguiente a la entrada en vigor de este Acuerdo, no se hubiere celebrado el contrato correspondiente a la operación que se autoriza por causas imputables al Sindicato Mexicano de Electricistas, determinadas por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo este Instituto publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que se dé a conocer esta circunstancia, así como notificarlo a dicho Sindicato.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 10 de julio dos mil diecinueve.- El Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Luis Mariano Cortés Salazar.- Rúbrica.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 24/07/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha24/07/2019

Nro. de páginas426

Nro. de ediciones3413

Primera edición01/01/2011

Ultima edición29/04/2024

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