Diario Oficial de la Federación del 24/05/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

128

Segunda Sección
DIARIO OFICIAL

Viernes 24 de mayo de 2019

TÍTULO VI
DE LA TRANSPARENCIA DEL GASTO PÚBLICO
CAPITULO ÚNICO
DE LAS DISPOSICIONES DE TRANSPARENCIA
Artículo 248. El ejercicio de los recursos públicos de la Suprema Corte estará sujeto a los principios de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas.
Artículo 249. Presupuesto y Contabilidad instrumentará las actividades encaminadas a atender las obligaciones de transparencia y acceso a la información pública conforme a su ámbito de competencia, en estricto apego a las estructuras, formatos, catálogos de cuentas y clasificadores presupuestarios vigentes, en observancia con lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública.
Las Unidades Responsables, en sus respectivos ámbitos de atribuciones, deberán contar con la información y documentación administrativa o de carácter operativo vinculadas a su gestión, y deberán de instrumentar los mecanismos que les permita atender sus obligaciones para procesos de fiscalización, rendición de cuentas y para atender solicitudes de transparencia y acceso a la información.
Artículo 250. Las Unidades Responsables observarán lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones jurídicas aplicables.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo General entrará en vigor el día de su expedición.
SEGUNDO. Se dejan sin efectos todas las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo General, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo transitorio siguiente.
TERCERO. Las disposiciones relativas a la gestión de las adecuaciones presupuestales compensadas establecidas en los artículos 69, 73, 74, 75 y 76 del presente Acuerdo General, entrarán en vigor una vez que se lleven a cabo las modificaciones correspondientes al Sistema Integral Administrativo, lo cual deberá realizarse a más tardar el primero de enero de dos mil veinte. Hasta en tanto, continuarán vigentes los artículos 72, 75, 76, 77 y 79 del Acuerdo General de Administración I/2012 por el que se regulan los procesos de planeación, programación, presupuestación, ejercicio y contabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
CUARTO. La normativa secundaria cuya emisión sea necesaria para dar debido cumplimiento a las disposiciones del presente Acuerdo General, deberá someterse oportunamente a consideración y, en su caso, aprobación de las instancias competentes.
Hasta que dicha normativa sea emitida, seguirá aplicándose, en lo que no se oponga al presente Acuerdo General, la normativa vigente.
QUINTO. La Dirección General de Tecnologías de la Información realizará las modificaciones y actualizaciones en el SIA que correspondan, para efectos del registro de las operaciones de las Unidades Responsables derivadas de la actualización del presente Acuerdo General.
SEXTO. Publíquese el presente Acuerdo General de Administración en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Portal de Internet e Intranet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Así lo acordó y firma el señor Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el trece de mayo de dos mil diecinueve, ante el Director General de Asuntos Jurídicos que da fe.- Rúbrica.
EL LICENCIADO JUAN SEBASTIÁN FRANCISCO DE ASÍS MIJARES ORTEGA, DIRECTOR GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO
9, FRACCIÓN X, DEL REGLAMENTO ORGÁNICO EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE
JUSTICIA DE LA NACIÓN, CERTIFICA: Que esta copia del ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN NÚMERO
II/2019, DEL PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DE TRECE DE MAYO DE DOS MIL
DIECINUEVE, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS RELATIVAS A LA PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN, PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y EVALUACIÓN DEL GASTO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA
NACIÓN, constante de ciento cincuenta y ocho fojas útiles, concuerda fiel y exactamente con su original que
obra en esta Dirección General. Ciudad de México, diecisiete de mayo de dos mil diecinueve.- Rúbrica.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 24/05/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha24/05/2019

Nro. de páginas240

Nro. de ediciones3416

Primera edición01/01/2011

Ultima edición03/05/2024

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