Diario Oficial de la Federación del 20/05/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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Primera Sección
DIARIO OFICIAL

Lunes 20 de mayo de 2019

Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10, fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a once de mayo de dos mil diecinueve.- El Coordinador Nacional de Protección Civil, David Eduardo León Romero.- Rúbrica.

AVISO de Término de la Emergencia por la presencia de incendios forestales ocurridos del quince al veintiséis de abril de dos mil diecinueve en veinte municipios del Estado de Chiapas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SEGURIDAD.- Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
DAVID EDUARDO LEÓN ROMERO, Coordinador Nacional de Protección Civil, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, fracción XI de la Ley General de Protección Civil; 22, fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; 12, fracciones I, inciso a, II y IV
del Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN
LINEAMIENTOS, y CONSIDERANDO
Que el día uno de mayo de dos mil diecienueve, se emitió el Boletín de Prensa número BDE-011-2019, mediante el cual se dio a conocer que la Coordinación Nacional de Protección Civil CNPC, declaró en Emergencia a los municipios de Arriaga, Berriozábal, Cintalapa, La Concordia, Chiapa de Corzo, Chicomuselo, Huixtla, Jiquipilas, Mazatán, Ocosingo, Pijijiapan, Villa Comaltitlán, Siltepec, Tonalá, La Trinitaria, Tuxtla Gutiérrez, Venustiano Carranza, Villa Corzo, Villaflores y Zinacantán del Estado de Chiapas, por la presencia de incendios forestales del quince al veintiséis de abril de dos mil diecinueve;
publicándose la Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación el nueve de mayo de dos mil diecinueve.
Que mediante oficio número SSPC/CNPC/DGPC/0359/2019, de fecha once de mayo de dos mil diecinueve, la Dirección General de Protección Civil DGPC comunica que de acuerdo al más reciente análisis realizado por la Dirección de Administración de Emergencias de esa Unidad Administrativa, las causas de la Declaratoria ya no persisten, por lo que con base en el artículo 12, fracción II de los LINEAMIENTOS, en opinión de la DGPC se puede finalizar la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, debido a que ha desaparecido la situación de emergencia por la cual fue emitida.
Que el once de mayo de dos mil diecinueve, la CNPC emitió el Boletín de Prensa número BDE-014-2019, a través del cual dio a conocer el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Arriaga, Berriozábal, Cintalapa, La Concordia, Chiapa de Corzo, Chicomuselo, Huixtla, Jiquipilas, Mazatán, Ocosingo, Pijijiapan, Villa Comaltitlán, Siltepec, Tonalá, La Trinitaria, Tuxtla Gutiérrez, Venustiano Carranza, Villa Corzo, Villaflores y Zinacantán del Estado de Chiapas, por la presencia de incendios forestales del quince al veintiséis de abril de dos mil diecinueve. Que tomando en cuenta lo anterior, se determinó procedente expedir el siguiente:
AVISO DE TÉRMINO DE LA EMERGENCIA POR LA PRESENCIA DE INCENDIOS FORESTALES
OCURRIDOS DEL QUINCE AL VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE
EN VEINTE MUNICIPIOS DEL ESTADO DE CHIAPAS
Artículo 1o.- De conformidad con el artículo 12, fracción I inciso a de los LINEAMIENTOS, se da por concluida la Declaratoria de Emergencia para los municipios de Arriaga, Berriozábal, Cintalapa, La Concordia, Chiapa de Corzo, Chicomuselo, Huixtla, Jiquipilas, Mazatán, Ocosingo, Pijijiapan, Villa Comaltitlán, Siltepec, Tonalá, La Trinitaria, Tuxtla Gutiérrez, Venustiano Carranza, Villa Corzo, Villaflores y Zinacantán del Estado de Chiapas, por la presencia de incendios forestales del quince al veintiséis de abril de dos mil diecinueve.
Artículo 2o.- El presente Aviso de Término de la Emergencia se publicará en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con los artículos 61 de la Ley General de Protección Civil y 12 fracción II, de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a once de mayo de dos mil diecinueve.- El Coordinador Nacional de Protección Civil, David Eduardo León Romero.- Rúbrica.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 20/05/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha20/05/2019

Nro. de páginas160

Nro. de ediciones3431

Primera edición01/01/2011

Ultima edición24/05/2024

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