Diario Oficial de la Federación del 27/03/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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Primera Sección
DIARIO OFICIAL

Miércoles 27 de marzo de 2019

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
ACUERDO por el que se reforma el diverso Acuerdo por el que se reforma y adiciona la Circular referente a los documentos migratorios y los formatos de solicitud de trámite y estadísticos del Instituto Nacional de Migración publicado el día 31 de julio de 2018.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Instituto Nacional de Migración.
TONATIUH GUILLÉN LÓPEZ, Comisionado del Instituto Nacional de Migración, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, fracción I, 17 y 27, fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 16, fracciones II y III, 19, 20, fracción II, 35, 94 y 126 de la Ley de Migración; 3, fracción X, 51, 58, 59 y 152 del Reglamento de la Ley de Migración, y 2, apartado C, fracción III, 70, fracción V, y 78 fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO
Que los artículos 1o. y 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecen que todas las personas que ingresan, transitan, salen y retornan a territorio nacional, gozan de los derechos humanos reconocidos en la misma y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, así como de las garantías para su protección;
Que el artículo 152 del Reglamento de la Ley de Migración, determina que el Instituto Nacional de Migración debe establecer, mediante disposiciones administrativas de carácter general que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las características, formatos y diseños de las tarjetas y demás documentos migratorios que acrediten las distintas condiciones de estancia;
Que el 7 de noviembre de 2012, el Diario Oficial de la Federación publicó la Circular referente a los documentos migratorios y los formatos de solicitud de trámite y estadísticos del Instituto Nacional de Migración, con el objeto de dar a conocer el diseño, formato y los datos de los documentos migratorios;
Que con fecha 31 de julio de 2018 se publicó en el órgano oficial de difusión mencionado, el Acuerdo por el que se reforma y adiciona la Circular referente a los documentos migratorios y los formatos de solicitud de trámite y estadísticos del Instituto Nacional de Migración;
Que el Artículo Tercero Transitorio del Acuerdo descrito en el párrafo precedente, estableció que, con la finalidad de optimizar recursos, los documentos migratorios que en esa fecha estuviesen impresos, podrían ser expedidos válidamente por el Instituto Nacional de Migración hasta por ciento ochenta días posteriores a partir de su entrada en vigor;
Que el Instituto Nacional de Migración aún cuenta con una cantidad considerable de documentos migratorios impresos conforme a las especificaciones establecidas con anterioridad al Acuerdo Modificatorio de referencia, por lo que en aras de evitar el dispendio de recursos públicos, resulta necesario modificar el Artículo Tercero Transitorio del diverso por el que se reforma y adiciona la Circular referente a los documentos migratorios y los formatos de solicitud de trámite y estadísticos del Instituto Nacional de Migración, a fin de ampliar el plazo para que el Instituto Nacional de Migración utilice los formatos migratorios con que cuenta, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA EL DIVERSO ACUERDO POR EL QUE SE REFORMA Y
ADICIONA LA CIRCULAR REFERENTE A LOS DOCUMENTOS MIGRATORIOS Y LOS FORMATOS
DE SOLICITUD DE TRÁMITE Y ESTADÍSTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 31 DE JULIO DE 2018
ÚNICO.- Se REFORMA el artículo Tercero Transitorio del diverso Acuerdo por el que se reforma y adiciona la Circular referente a los documentos migratorios y los formatos de solicitud de trámite y estadísticos del Instituto Nacional de Migración, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de julio de 2018, para quedar como sigue:
TRANSITORIOS

Tercero. Los documentos migratorios que expide el Instituto Nacional de Migración, que se encuentren impresos a la fecha de publicación de este instrumento, seguirán siendo utilizados y expedidos válidamente hasta que se agote el inventario.
TRANSITORIOS
Único. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a 27 de febrero de 2019.- El Comisionado, Tonatiuh Guillén López.Rúbrica.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 27/03/2019

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha27/03/2019

Nro. de páginas368

Nro. de ediciones3419

Primera edición01/01/2011

Ultima edición08/05/2024

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