Diario Oficial de la Federación del 03/12/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Lunes 3 de diciembre de 2018

Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad APR, LLC.
Vs.
Marco Alberto Romero Jiménez M. 1534121 APR y Diseño Exped.: P.C. 1199/2018 C-406 13302
Folio: 42132
Marco Alberto Romero Jiménez NOTIFICACION POR EDICTOS
Por escrito y anexos presentados en la oficialía de partes de esta Dirección, el día 9 de mayo de 2018, con folio de entrada 013302, JOSÉ JUAN MÉNDEZ CORTÉS, apoderado de APR, LLC., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada MARCO ALBERTO ROMERO JIMENEZ, el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial.
Atentamente 10 de septiembre de 2018.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad Roberto Díaz Ramírez Rúbrica.

R.- 475879

Gasoducto de Aguaprieta, S. de R.L. de C.V.
LISTA DE PRECIOS Y TARIFAS
cifras en pesos, moneda nacional Publicación en cumplimiento a lo establecido a los numerales 17.1, 17.2, 17.3 y 21.1 de la Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para las actividades reguladas en materia de gas natural, DIR-GAS-001-2007, así como al oficio UGN-250/121450/2018 de fecha 09 de noviembre de 2018, mediante el cual la Comisión Reguladora de Energía le aprobó a Gasoducto de Aguaprieta, S. de R.L.
de C.V., titular del permiso de transporte de gas natural G/051/TRA/1998, las tarifas expresada en pesos del septiembre de 2018:
Transporte:
Concepto Cargo por servicio en base firme Capacidad Uso Cargo por servicio en base interrumpible
Pesos/Gjoule
Pesos/Gcal
Pesos/Mmbtu
0.5551
0.0322
0.5815

2.3241
0.1348
2.4346

0.5857
0.0340
0.6135

Pesos/Gjoule
Pesos/Gcal
Pesos/Mmbtu
0.5531
0.0180
0.5654

2.3157
0.0754
2.3672

0.5836
0.0190
0.5965

Compresión:
Concepto Cargo por servicio en base firme Capacidad Uso Cargo por servicio en base interrumpible
Las tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado IVA, el cual será adicionado a la factura.
Ciudad de México, a 26 de noviembre de 2018
Representante legal Sergio Romero Orozco Rúbrica.
R.- 475882

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 03/12/2018

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha03/12/2018

Nro. de páginas112

Nro. de ediciones3452

Primera edición01/01/2011

Ultima edición24/06/2024

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