Diario Oficial de la Federación del 29/11/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Federación

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Primera Sección
DIARIO OFICIAL

Jueves 29 de noviembre de 2018

PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
ACUERDO por el que se suprime el requisito de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales de la República del Ecuador.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretario.
JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9 y 27, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3, fracción XXXI, 18, fracciones I y III, 20, fracciones I, II y III, 34, 35, 37, fracciones I, inciso a, II y III, inciso a y 52, fracción I de la Ley de Migración; 5, 55 y 130 del Reglamento de la Ley de Migración; así como 1 y 5, fracción XLI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece, en su meta denominada México con Responsabilidad Global, que el país debe ser una fuerza positiva y propositiva en el mundo, recobrando el liderazgo en beneficio de las grandes causas globales y reafirmando el compromiso con el libre comercio, la movilidad de capitales, la integración productiva, la movilidad segura de personas y la atracción de talento e inversión al país;
Que las estrategias 5.1.2 y 5.4.3 de la meta nacional mencionada establecen que México debe consolidar su posición como un actor regional relevante, mediante la profundización de los procesos de integración en marcha y la ampliación del diálogo y la cooperación con los países de América Latina; asimismo dispone el deber de promover la facilitación de la movilidad internacional de personas en beneficio del desarrollo nacional, al establecer una línea de acción para diseñar mecanismos de facilitación migratoria que permitan consolidar la posición de México como destino turístico y de negocios, así como facilitar la movilidad transfronteriza de personas y mercancías para dinamizar la economía regional, mediante la simplificación de procesos de gestión migratoria tanto para las personas que ingresan como para las que radican en México;
Que en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Especial de Migración 2014-2018, en su objetivo 3, prevé consolidar una gestión migratoria eficaz, fundamentada en criterios de facilitación, corresponsabilidad internacional, seguridad fronteriza y seguridad humana, a través, entre otras líneas de acción, de la promoción y fortalecimiento de mecanismos y medidas de facilitación migratoria para agilizar la movilidad documentada de la población mexicana y extranjera, así como afianzar la posición de México como destino turístico y de negocios;
Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 37, fracción I, inciso b de la Ley de Migración, para ingresar al país las personas extranjeras deben presentar entre otros requisitos, visa, y que actualmente el gobierno mexicano requiere visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas a los nacionales de la República del Ecuador, y dicho país no requiere visa de ingreso a nuestros connacionales en condiciones migratorias similares;
Que la Secretaría de Gobernación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 18, fracciones I y III de la Ley de Migración, cuenta con la atribución de formular y dirigir la política del Estado mexicano en materia migratoria; así como establecer o suprimir requisitos para el ingreso de extranjeros al territorio nacional, mediante disposiciones de carácter general publicadas en el Diario Oficial de la Federación, tomando en cuenta la opinión de las autoridades que al efecto se establezcan en el Reglamento de la Ley de Migración;
Que con el objetivo de afianzar la posición de México como destino turístico y de negocios, y con la finalidad de facilitar la movilidad internacional de los nacionales de ambos países en cortas estancias con fines de turismo, culturales, de negocios, entre otros, en un marco de respeto, protección y salvaguarda de los derechos humanos, de contribución al desarrollo nacional, así como de preservación de la soberanía y de la seguridad pública y nacional, y tomando como base los principios de responsabilidad compartida y facilitación

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 29/11/2018

TítuloDiario Oficial de la Federación

PaísMéxico

Fecha29/11/2018

Nro. de páginas2000

Nro. de ediciones3446

Primera edición01/01/2011

Ultima edición14/06/2024

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