Diario Oficial El Peruano del 26/7/2020

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, domingo 26 de julio de 2020

Distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero y Canon Gasífero en cumplimiento de la Ley N 27763
En Soles Período LORETO

UCAYALI

I Trim
D. Ley N 21678 / D.U. 027-98
Región Loreto - Ley N 29289 - Contrapartida Nacional Región Loreto - Ley N 29289 - Servicio de Deuda Gobierno Regional vía Descentralización PCM
Universidad Nacional de la Amazonía Peruana Instituto Peruano Amazonía Gobiernos Locales vía Descentralización PCM
Total
52.0%
5.0%
3.0%
40.0%

Ley N 23350 / D.U. 027-98
Gobierno Regional vía Descentralización PCM
Gobierno Regional - Institutos Universidad Nacional de Ucayali Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía Instituto Peruano Amazonía Gobiernos Locales vía Descentralización PCM

20% - 52%
3.0%
2.5%
2.5%
2% - 3%
70% - 40%
Total
Ley N 23630
Gobierno Regional vía Descentralización PCM
Institutos Tecnologicos Universidad Nacional de Frontera Universidad Nacional de Piura Municipalidades vía PCM

PIURA

20.0%
5.0%
2.5%
2.5%
70.0%
Total
TUMBES

Ley N 23871
Gobierno Regional vía Descentralización PCM
Universidad Nacional de Tumbes Institutos Tecnológicos y Pedagógicos Estatales Gobiernos Locales vía Descentralización PCM

20.0%
5.0%
5.0%
70.0%
Total
100.0%
Total
Ley N 27506
Gobierno Regional vía Descentralización PCM
Gobiernos Locales vía Descentralización PCM

25.0%
75.0%
Total
TOTAL CANON S/.

PCM

0.00
4,400,000.00
17,046,943.69
1,639,129.21
983,477.53
13,113,033.63
37,182,584.06

5,102,698.68
48,172.43
270,025.86
270,025.86
307,973.57
4,802,138.09
10,801,034.49

16,187,384.87
4,046,846.22
2,023,423.12
2,023,423.12
56,655,847.07
80,936,924.40

4,422,366.60
1,057,137.41
1,057,137.41
14,606,106.70
21,142,748.12

III Trim
0.00

IV Trim
0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

0.00

Total 2020

0.00

0.00
4,400,000.00
17,046,943.69
1,639,129.21
983,477.53
13,113,033.63
37,182,584.06

0.00

5,102,698.68
48,172.43
270,025.86
270,025.86
307,973.57
4,802,138.09
10,801,034.49

0.00

16,187,384.87
4,046,846.22
2,023,423.12
2,023,423.12
56,655,847.07
80,936,924.40

0.00

4,422,366.60
1,057,137.41
1,057,137.41
14,606,106.70
21,142,748.12

4,698,568.08
4,698,568.08

0.00

0.00

0.00

4,698,568.08
4,698,568.08

42,886,071.39
128,658,214.29
171,544,285.68

0.00

0.00

42,886,071.39
128,658,214.29
0.00 171,544,285.68

326,306,144.83

0.00

0.00

0.00 326,306,144.83

La Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaría de Descentralización, asumió las funciones del Consejo Nacional de Descentralización D.S. 007-2007-PCM, quien de acuerdo al artículo 15º de la Ley 28411, es el encargado de efectuar la distribución de los montos de Canon entre los Gobiernos Regionales y Municipios de cada Región.

Volumen Venta x Valor Venta Neto V.V. 15.0% + 3.75%
V.V. USD/Unidad = Valor Venta - G. Comercialización - G. Oleoducto - G. Fiscalización
Contratos de Licencia Canon y Sobrecanon Petrolero =

Volumen Producción x Canasta V.C. 15.0% + 3.75%
V.C. USD/Unidad = Valor de Canasta - Gtos. Oleoducto - Gtos. Fiscalización
Contratos de Licencia Canon Gasífero =

Lima, 17 de julio de 2020
Cesar José Bernabé Pérez Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones
Volumen Producido x Canasta de Líquidos de Gas Natural V LGNF 15.0% + 3.75%
V LGNF US$/Unidad = VC %P + PB - TF - TT 1 - %P - G. Oleoducto - G. Fiscalización
Donde:
VC =
Canasta de Petróleo PB =
Precio del GLP
TF =
Tarifa de Fraccionam.
%P = % Contenido Pentanos TT =
Tarifa de Transporte
002-1873338-1

Grupo Funcional de Tesorería Tesorero 005-1873202-1

AVISO

GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA
DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION
UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL SANTA CRUZ
Año de la Universalización de la Salud
GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA - DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION - UGEL - SANTA CRUZ;
De conformidad con el D.S. N130-2001-EF, se está procediendo con el Saneamiento Físico Legal a favor del Estado Peruano Ministerio de Educación de los siguientes bienes inmueble; Lo que se publica a fin de que terceros que se sientan afectados en algún derecho tomen conocimiento de conformidad con el Art. 8 del D.S. N130-2001-EF.

I.E.

SECTOR

DISTRITO

PROVINCIA

1

I.E.I Nº 540

San Pablo
Yauyucan
Santa Cruz
2

I.E.P.
Nº 11109

Santa cruz
Sta Cruz
AREA M2

ACTO REGISTRAL

ANTECEDENTE

201.10

INDEPENDIZACION

P.E. N11088091

4312.24
375.99
4688.23

INDEPENDIZACION
INMATRICULACION
ACUMULACION

P.E. N11098574

JOSE F. EDQUEN CAMPOS
Director UGEL Santa Cruz 054-1873211-1

Dicha solicitud será evaluada por la Superintendencia Nacional de Salud, con arreglo al trámite de registro dispuesto en las normas vigentes, en cuya virtud se procederá a verificar el cumplimiento de los requisitos de ley.

50.0% Regalías
Contratos de Licencia Líquidos de Gas Natural Canon y Sobrecanon =

Chambac
Se hace saber al público que ha sido presentada a la Superintendencia Nacional de Salud una Solicitud de Registro de Corredores de Aseguramiento Universal de Salud suscrita por el señor Pío Luis Felipe Rejas Silva, identificado con DNI. N 07873362, para ejercer la intermediación en la contratación y gestión de planes de aseguramiento en salud.

Se cita a toda persona interesada para que en el término de quince 15 días calendario, contados a partir de la fecha de publicación del presente aviso, for mule ante mesadepartesvirtual@susalud.gob.pe de esta institución cualquier objeción fundamentada en los impedimentos establecidos en el artículo 4
del Reglamento de Corredores de Aseguramiento Universal en Salud.

Fórmulas Aplicadas en el cálculo del Canon Contratos de Servicios Canon y Sobrecanon =

002-1873148-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

PTO. INCA HUANUCO Provincia Gobiernos Locales vía Descentralización PCM

CUSCO

II Trim
En Cumplimiento y para los fines establecidos en la Ley N 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - informamos, para todos los efectos a que se refiere el artículo 245
de la citada Ley que, se ha constituido un contrato de fideicomiso en administración, conforme al texto de la escritura pública de fecha 06 de julio de 2020, extendida ante el notario público de Lima, doctor Alfredo Zambrano Rodriguez, suscrita entre Victorious Solutions S.A., en calidad de fideicomitente; y Corfid Corporación Fiduciaria S.A., en calidad de fiduciario.

CORFID CORPORACIÓN FIDUCIARIA S.A.
075-1873171-1

SANEAMIENTO DE BIEN INMUEBLE La Municipalidad Distrital de Anguía; De conformidad con el D.S. N130-2001-EF, nos encontramos realizando el Saneamiento Físico Legal de los predios que se encuentran ubicados en el distrito de Anguia, Prov.
Chota, Dpto. Cajamarca, conforme al siguiente detalle:
1.- Caserío Tendal: Acto a Inscribir: Inmatriculación del Predio a favor de la Municipalidad Distrital de Anguia
Parque Principal, Área 691.04 m2; 2.- Caserío Chugur:
Acto a Inscribir: Inmatriculación del Predio a favor de la Municipalidad Distrital de Anguia Parque Infantil, Área de 695.14 m2; 3.- Caserío Huallangate: Acto a Inscribir:
Inmatriculación del Predio a favor de la Municipalidad Distrital de Anguia Plaza Principal, Área de 978.03
m2; Lo que se publica a fin de que los terceros que se sientan afectados en algún derecho tomen conocimiento de conformidad con el Art. 8 del D.S. 130-2001-EF.
JOSE N. MEDINA QUERRERO
Alcalde de la Municipalidad Distrital de Anguia 054-1873337-1

AVISO
La Junta General de participacionistas del 27 de febrero de 2020 acordó la Disolución y Liquidación de SMRL DAVID N. 1 DE TRUJILLO RUC
N. 20500386453 nombrándose Liquidador al Sr.
Dr. Máximo Herrera Moscol DNI N. 25828818.
Lima, 13 de julio de 2020
MÁXIMO HERRERA MOSCOL
LIQUIDADOR ABOGADO 002-1872665-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 26/7/2020

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha26/07/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones2747

Primera edición01/01/2016

Ultima edición06/06/2024

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