Diario Oficial El Peruano del 17/6/2020

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, miércoles 17 de junio de 2020

AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL

COMUNICADO
SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE DURANTE LA EMERGENCIA
SANITARIA SE RECIBIRÁN LAS PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO
VIRTUAL, TAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN:
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De acuerdo con el artículo 217 de la Ley No. 26887, Ley General de Sociedades, se comunica que, con fecha 3 de febrero de 2020, la Junta General de Accionistas de Interfondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos acordó reducir su capital social en la suma de S/ 9000,000.00
Nueve Millones con 00/100 Soles, por lo que se reducirá de la cifra actual de S/ 39430,595.00
Treinta y Nueve Millones Cuatrocientos Treinta Mil Quinientos Noventa y Cinco con 00/100 Soles a la suma de S/ 30430,595.00 Treinta Millones Cuatrocientos Treinta Mil Quinientos Noventa y Cinco con 00/100 Soles, procediéndose a la modificación del artículo quinto del estatuto de la sociedad.
La reducción se efectúa bajo la modalidad de devolución de aportes, es decir, bajo la modalidad contemplada en el inciso 1 del artículo 216 de la Ley General de Sociedades.
La eficacia de la reducción de capital está sujeta a su aprobación por parte del órgano competente de la Superintendencia del Mercado de Valores, de conformidad con lo señalado en el artículo 58
del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras aprobado mediante Resolución CONASEV
No. 068-2010.
Lima, 17 de junio de 2020
INTERFONDOS S.A.
SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS
R.U.C. No. 20268451146
075-1867585-2

1. RESOLUCION TRIB. ADM. DE LA PROPIEDAD
N 236-2019-COFOPRI/TAP
Expediente N
Destinatarios as
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
005-1867475-1

Fecha
2018-357 -TAP
Sucesión de Leoncio Pollo Salvador.
02 de octubre de 2019

ARTICULO 1
Declarar NULA la Resolución Jefatural N 091-2018-COFOPRI/OZHUANUC
emitida por la Oficina Zonal Huánuco el 05 de noviembre del 2018 e INSUBSISTENTE el recurso de apelación interpuesto por EDWING ISAÍAS
POLLO ABAL, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO 2
Resolviendo el fondo del asunto, declarar INFUNDADAS las reclamaciones interpuestas por AURELIO LEONCIO POLLO
ESTRADA y EDWING ISAÍAS POLLO ABAL, de conformidad a lo expuesto en el vigésimo y vigésimo segundo considerando de la presente resolución.

002-1867822-1

AVISO
1. RESOLUCION TRIB. ADM. DE
LA
PROPIEDAD N 244-2019-COFOPRI/TAP
Expediente N
2018-083 -TAP
de Victoria Destinatarios as Sucesión Leandro Villanueva, Sucesión de Felicita Leandro Villanueva, Sucesión de Marcial Leandro Acosta, Justina Leandro Acosta.
Fecha 23 de octubre de 2019
ACLARAR la Resolución ARTICULO 1
N 087-2019-COFOPRI/TAP emitida el 07
de marzo de 2019, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución.
ARTICULO 2
RATIFICAR en todos sus extremos la Resolución N 087-2019-COFOPRI/
TAP emitida el 07 de marzo de 2019.
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA
PROPIEDAD DE COFOPRI
Lima, 12 de marzo de 2020
005-1868078-1

Para todos los efectos del Artículo 245
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca Seguros - Ley 26702, cumplimos con informar que se ha constituido un Patrimonio Fideicometido, denominado Fideicomiso Salog, según los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Fideicomiso de administración de flujos cuya Escritura Pública fue otorgada el día 02 de junio de 2020 ante el Notario de Lima Doctor Eduardo Laos de Lama por: i Salog SA. en calidad de Fideicomitente y Fideicomisar io y ii FiduPerú S.A.
Sociedad Fiduciar ia, en calidad de Fiduciario.
Los bienes transferidos al Patrimonio Fideicometido son los Bienes Fideicometidos, según dicho término se encuentra definido en el referido Contrato de Fideicomiso.
FIDUPERÚ S.A.
SOCIEDAD FIDUCIARIA

ARTICULO 3
Declarar la LIBRE
DISPONIBILIDAD del Lote 4, de la Manzana G2
del Sector Colla, Centro Poblado Margos, ubicado en el distrito de Margos, provincia y departamento de Huánuco, inscrito en el Registro de Predios de la Zona Registral N VIII - Sede Huánuco, con el Código N P39012239; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

REGISTRO DE PERITOS VALUADORES
- Repev Se hace saber al público que el señor José Humber to Acosta Lezama, Ingeniero Civil, con Documento Nacional de Identidad N 44728628 y con domicilio en el Departamento de Lima, ha presentado a esta Superintendencia una solicitud para que se autorice su inscripción en el Registro de Peritos Valuadores que tiene a su cargo este Organismo de Control.
Debiendo dicha solicitud ser evaluada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7º del Reglamento de Peritos Valuadores, aprobado mediante Resolución S.B.S. Nº 880-97 y sus modificatorias, se cita a todas las personas que tengan conocimiento de cualquier objeción o tacha que a su juicio exista para la inscripción del citado profesional, se sirva formularla ante esta Institución en el término de quince 15 días calendario siguientes a la publicación del presente aviso.
Lima, 12 de mayo de 2020
RAUL RODDY PASTOR MEJIA
Jefe del Departamento de Registros 002-1867999-1

AVISO CONJUNTO DE FUSIÓN
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 355 de la Ley General de Sociedades, y para los efectos de los derechos establecidos en los artículos 355, 356 y 359 de la misma ley, se comunica que, por acuerdo de las Juntas Generales de Accionistas de WSP PERÚ
CONSULTORÍA S.A., WSP PERÚ S.A. y CONCOL PERÚ S.A.C., celebradas con fecha 16 de junio de 2020, se aprobó una fusión por absorción en virtud de la cual WSP PERÚ
CONSULTORÍA S.A. absorberá el íntegro del patrimonio de WSP PERÚ S.A. y CONCOL
PERÚ S.A.C., las cuales se extinguirán sin disolverse o liquidarse. Las Juntas Generales de Accionistas de las sociedades participantes también aprobaron el proyecto de Fusión respectivo.
La Fusión entrará en vigencia el día de la fecha de suscripción de la Escritura Pública de la Fusión y se efectuará de acuerdo a las normas pertinentes contenidas en los artículos 344 a 366 de la Ley General de Sociedades.
Lima, 17 de junio de 2020.
WSP PERÚ CONSULTORÍA S.A.
RUC N 20493095626
CONCOL PERÚ S.A.C.
RUC N 20514566021
WSP PERÚ S.A.
RUC N 20195867233
075-1868012-1

KL TRANSPORTS S.A.C.
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD
DE COFOPRI
Lima, 12 de marzo de 2020
005-1868086-1

POR JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DEL 12
DE JUNIO DE 2020, KL TRANSPORTS S.A.C., R.U.C.
No. 20524110254, ACORDÓ SU DISOLUCIÓN Y NOMBRÓ
COMO LIQUIDADOR AL SEÑOR LUIS FERNANDO
ORDOÑEZ LIMAYMANTA, CON D.N.I. No. 41049431.
LIMA, 12 DE JUNIO DEL 2020
LUIS FERNANDO ORDOÑEZ LIMAYMANTA
D.N.I. No. 41049431 - LIQUIDADOR
002-1867833-1

002-1867868-1
075-1867857-1

075-1868013-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 17/6/2020

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha17/06/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones2744

Primera edición01/01/2016

Ultima edición19/05/2024

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