Diario Oficial El Peruano del 20/5/2020

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

BOLETIN OFICIAL

Lima, miércoles 20 de mayo de 2020 I EL PERUANO

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CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
Id seguridad: 3346353

Chiclayo 31 de octubre 2018

RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 000051-2018-GR.
LAMB/GERESA-L-DESA 2982859 - 4
VISTO:
El Informe Nº 000029-2018-GR.LAMB/GERESA-L-DESA-LFTB 2982859-3, de la Unidad de Ecología y Medio Ambiente de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la Gerencia Regional de Salud y el expediente Nº 2982859-0 de BOSQUES DE LA
PAZ SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. con RUC 20602840051, solicita la Certificación de Habilitación del Cementerio Bosques de la Paz, en el caserío de Salinas Norte del Distrito de Pítipo, Provincia de Ferreñafe y Departamento de Lambayeque.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley 26842 - Ley General de Salud, establece que: La protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla y promoverla.
Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley 26298 - Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, y su Reglamento del Decreto Supremo 03-94-SAReglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, corresponde a la autoridad de Salud otorgar el Certificado de Habilitación para la Construcción, Habilitación, Conservación y Administración de Cementerio y Servicios Funerarios.
Que, el artículo 3 del Decreto Supremo 03-94-SA - Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, establece que para su habilitación, construcción y funcionamiento requieren de a El Certificado de Habilitación otorgado por el Ministerio de Salud, a través de las Regiones o Subregiones de Salud, según sea el caso, b La Licencia de Construcción otorgada por la Municipalidad correspondiente y c La autorización Sanitaria, otorgada por la Autoridad de Salud.
Que, el Decreto Supremo 003-94-SA - Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios, dispone en su artículo 4º que la solicitud para la obtención del Certificado de Habilitación deberá consignar la información y la documentación indicada en referido artículo;
Que, en ese contexto, mediante Informe Nº 000029-2018-GR.LAMB/GERESA-LDESA-LFTB 2982859 - 3, de la Unidad de Ecología y Medio Ambiente de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de la Gerencia Regional de Salud, concluye que de la evaluación del expediente y de la inspección realizada corresponde otorgar LA
CERTIFICACIÓN DE HABILITACIÓN DEL CEMENTERIO BOSQUES DE LA PAZ en el caserío de Salinas Norte, del distrito de Pítipo, Provincia de Ferreñafe, Departamento de Lambayeque; ya que cumple con las disposiciones establecidas en la Ley Nº 26298Ley de Cementerios y Servicios Funerarios y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 03-94-SA;
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley 26842- Ley General de Salud, y en la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y en uso de las atribuciones y facultades conferidas;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Otorgar el Certificado de Habilitación al Cementerio BOSQUES
DE LA PAZ SERVICIOS GENERALES E.I.R.L, en el caserío de Salinas Norte, del distrito de Pítipo, Provincia de Ferreñafe, Departamento de Lambayeque.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Certificado de Habilitación no constituye Autorización Sanitaria para el funcionamiento del cementerio habitado, es responsabilidad del promotor tramitar la autorización Sanitaria cumpliendo con los requisitos establecidos en las normas sanitarias vigentes.
ARTÍCULO TERCERO.- Notificar la presente Resolución Directoral a los interesados y Publicar en el Portal electrónico Institucional, en cumplimiento a lo dispuesto por el Art.
5º de la Ley Nº 29091.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE
Firmado digitalmente LILIANA CELINDA DIAZ RIOS
DIRECTOR EJEC. SALUD AMBIENTAL
Fecha y hora de proceso: 31/10/2018 - 08:47:13
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional Lambayeque, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser constatadas a través de la siguiente dirección web: https sisgedo3.regionlambayeque.gob.pe/verifica/

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
GERENCIA REGIONAL DE SALUD
DIRECCION EJECUTIVA DE SALUD AMBIENTAL
ING. LILIANA DIAZ RIOS
DIRECTORA EJECUTIVA
071-1866490-1

QUIMPAC S.A.

Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional
RUC No. 20330791501

De conformidad con los Estatutos de la Sociedad y la Ley General de Sociedades, se convoca a Junta General de Accionistas de Quimpac S.A. para el día 25 veinte y cinco de mayo de 2020, a las 10:00 horas, en el local sito en Av. Néstor Gambetta 8585, Callao, para tratar la siguiente agenda:
1.- Aprobación de la nueva política de Dividendos de la Sociedad.
2.- Modificación parcial del Estatuto Social.
De no reunirse en primera convocatoria el quórum exigido por ley, la Junta de Accionistas se llevará a cabo el día 29 veinte y nueve de mayo de 2020, a la misma hora y local previstos para la primera convocatoria.
Conforme con lo previsto en el artículo 121 de la Ley General de Sociedades, tendrán derecho a asistir a la Junta de Accionistas los titulares de acciones con derecho a voto que figuren inscritas a su nombre en la matrícula de acciones de la Sociedad con una anticipación de dos días al de la celebración de la Junta de Accionistas Asimismo, los poderes de representación otorgados por los accionistas de la Sociedad serán registrados en las oficinas de ésta, sitas en Av. Néstor Gambetta 8585, Callao, con una anticipación no menor a veinticuatro 24 horas a la celebración de la Junta de Accionistas, pudiendo también ser enviado en formato digital a la siguiente dirección de correo electrónico: jcardenas@quimpac.com.pe, bajo el asunto: Poderes para asistencia a Junta General de AccionistasQuimpac con la misma anticipación.
A partir de la fecha de publicación del presente aviso, la documentación relacionada con el asunto materia de agenda estará a disposición de los señores accionistas, en nuestras oficinas y también podrá ser solicitada a través del correo electrónico indicado.
Callao, 19 de mayo de 2020
El Directorio 002-1866475-1

AVISO CONJUNTO DE ESCISIÓN DEL BLOQUE PATRIMONIAL DE
PICON & ASOCIADOS S.A.C. A FAVOR DE
GENESIS INTERNATIONAL ADVISORS S.A.C.
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 367 a 390 de la Ley General de Sociedades, se pone en conocimiento que por acuerdo de las Juntas Generales de Accionistas de PICON
& ASOCIADOS S.A.C., y GENESIS INTERNATIONAL ADVISORS S.A.C., celebradas con fecha 14 de febrero de 2020, se ha aprobado escindir un bloque patrimonial de PICON &
ASOCIADOS S.A.C., integrado por activos y pasivos por un importe neto ascendente a S/ 609,051.00 Seiscientos nueve mil cincuenta y uno con 00/100 soles, a fin de que sea absorbido por GENESIS INTERNATIONAL ADVISORS S.A.C.
La escisión mencionada tiene como fecha de entrada en vigencia el 03 de marzo del 2020, publicándose el presente aviso conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 380 de la Ley General de Sociedades.
Lima, 13 de marzo de 2020.
PICON & ASOCIADOS S.A.C.
RUC Nº 20492942392
Jorge Luis Picon Gonzales Representante Legal
GENESIS INTERNATIONAL ADVISORS S.A.C.
RUC Nº 20602123872
Jorge Luis Picon Gonzales Representante Legal
002-1866515-1

AVISO CONJUNTO DE FUSIÓN

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Por acuerdos de Juntas Generales de Accionistas de DSV AIR & SEA S.A. y PANALPINA
TRANSPORTES MUNDIALES S.A., de fecha 16 de marzo de 2020, dichas sociedades han aprobado el Proyecto de Fusión presentado por sus respectivas administraciones, y han decidido fusionarse bajo la forma de absorción regulada por el numeral 2 del artículo 344 de la Ley General de Sociedades. En virtud de tal fusión, PANALPINA
TRANSPORTES MUNDIALES S.A. será absorbida por DSV AIR & SEA S.A., siendo que esta última asumirá la totalidad del patrimonio de la primera, la misma que quedará extinguida sin necesidad de liquidarse. Se publica el presente aviso en cumplimiento de lo establecido por el artículo 355
de la Ley General de Sociedades.

POR JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
DE 18 DE MAYO DE 2020, SE APROBÓ
LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE
LA SOCIEDAD MITSOO S.A. CON
RUC N. 20510935935, NOMBRÁNDOSE
COMO LIQUIDADOR A REYNALDO CHIFU
SAM CON DNI N. 08714535, LO QUE SE
PONE EN CONOCIMIENTO DE TODOS LOS
INTERESADOS CONFORME A LO DISPUESTO
EN EL ARTÍCULO 412 DE LA LEY GENERAL DE
SOCIEDADES.
LIMA, 18 DE MAYO DE 2020
REYNALDO CHIFU SAM
EL LIQUIDADOR
002-1866536-1

Lima, 05 de mayo de 2020
DSV AIR & SEA S.A.
El Directorio PANALPINA TRANSPORTES MUNDIALES S.A.
El Directorio
002-1866289-1

www.segraf.com.pe

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 20/5/2020

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha20/05/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones2726

Primera edición01/01/2016

Ultima edición28/04/2024

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