Diario Oficial El Peruano del 26/3/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, martes 26 de marzo de 2019

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANAS DE PUNO
NOTIFICACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y de conformidad al artículo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, según corresponda, cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser notificadas ya sea por ser EXTRANJEROS, NO UBICARSE
SU DOMICILIO O POR CORRESPONDER A UN ACTA EN ABANDONO, que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 se han emitido las siguientes Resoluciones de División decretando los actos administrativos.
La persona natural o jurídica con legitimo interés puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno ubicada en la Av. Santa Rosa N 475, Barrio Santa Rosa - Puno, a recabar copia del documento notificado. Asimismo, se hace de conocimiento que el Acto Administrativo objeto de notificación podrá ser reclamado dentro del término de veinte 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, los resueltos en la presente publicación serán ejecutadas así como las mercancías comisadas podrán ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 160 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
RESOLUCIÓN DE
DIVISIÓN

181-3H0500/2016000764 de fecha 2016-09-30.

INTERVENIDO/
INFRACTOR

HILARIA
AVENDAÑO
QUISPE

RUC/DNI

DNI N
01772776

181-3H0500/2016VINICIUS GOMES PASAPORTE
000416 de fecha DE SOUZA
N FF753786
2016-06-30.

181-3H0500/2016000698 de fecha 2016-09-14.

JULIANA
CALDERON
TINTAYA

DNI N
01819682

181-3H0500/2016000832 de fecha 2016-10-19.

ANA MARIA
MENDOZA
MENDOZA

DNI 40546024

181-3H0500/2016000837 de fecha 2016-10-21.

VALENTINA
HERRERA
QUISPE

DNI N
42022162

181-3H0500/2016000852 de fecha 2016-10-21.

ALEJANDRA
SANCA VDA DE
APAZA

RUC N
10023868607

181-3H0500/2017000895 de fecha 2017-10-23.

JUDITH OLINDA
AGUILAR
GUERRA

DNI N
48171973

181-3H0500/2016VICTORIA ISABEL
000895 de fecha OYALA BURGA
2017-10-23.

DNI N
70024651

181-3H0500/2017000896 de fecha 2017-10-23.

EDWIN HERZON
CALLENOVA
TAYPE

DNI N
47379686

181-3H0500/2017000933 de fecha 2017-10-27.

SADY ALICIA
HUAÑAHUI
ANCALLE

RUC N
10453224533

181-3H0500/2017000937 de fecha 2017-10-27.

MARIA ANGELA
CENTENO
HERNANDEZ DE
PACHECO

DNI N
10522852

181-3H0500/2016001032 de fecha 2016-12-22.

YU ZEWEN

2053779514

181-3H0500/2017001045 de fecha 2017-11-23.

VELASQUEZ
PILCO
FERNANDO

DNI N
71131693

181-3H0500/2018000414 de fecha 2018-06-07.

VELASQUEZ
PILCO
FERNANDO

DNI N
71131693

DETERMINACION
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el Comiso Administrativo de la merncancia consignada en el Acta de Incautacion N 181-0205-2016-000551 de fecha 25.ABR.2016 de conformidad con el articulo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la presente Resolucion ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA en su calida de responsable solidario la propietaria del vehiculo con placa de rodaje ZAB760, HILARIA AVENDAÑO QUISPE identificada con DNI N 01772776, con una MULTA ascendente a S/. 507.00
Quinientos siete con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2016-1522 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduaneros ARTICULO TERCERO.- Sancionar con INTERNAMIENTO al vehiculo de placa de rodaje Z4B760 por un periodo de sesenta 60 dias calendarios, e conformidad con el articulo 41 inciso a de la Ley N28008-Ley de Delitos Aduaneros, sancion que se computara desde el momento de su captura o puesta a disposicion a esta Administracion Aduanera, debiendose requerir a HILARIA AVENDAÑO QUISPE identificada con DNI N 01772776, propietaria del referido vehiculo que en plazo de tres 03 dias de notificada la presente resolucion, ponga a disposicion de la Intendencia de Aduana de Puno el Vehiculo materia de internamiento; debiendose restituir la unidad vehicular una vez cumplido el internamiento sancionada mediante la presente resolucion .
ARTICULO CUARTO.- OFICIAR a la Policia Nacional del Peru a efetos que se proceda a la inmediata ubicacion y captura y puesta a disposicion de la autoridad aduanera. del vehiculo placa de rodaje Z4B760, una vez consentida la presente resolucion.
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el Comiso Administrativo de la merncancia consignada en el Acta de Incautacion N 181-0205-2016-000404 de fecha 26.MAR.2016 perteneciente a VINICIUS GOMES DE SOUZA, Identificado con PASAPORTE N
FF753786, de conformidad con el articulo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la presente Resolucion ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a VINICUS GOMES DE SOUZA, identidicado con PASAPORTE N FF753786, ascendente a la suma de S/.7,148.00Siete mil ciento cuarenta y ocho con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2016-001110 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 36 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduaneros ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Sigeda N 181-0400-2016-000137 del 30.MAY.2016, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar al señor BENITO CHUI QUISPE, Identificado con DNI N 01820229, con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar de la mercancia consignada en el Acta de Sigeda N 181-0400-2016-000137, de fecha 30 de mayo de 2016; monto que asciende a S/. 4014.00 CUATRO MIL CATORCE CON 00/100 Soles consignada en la Liquidacion de Cobranza N 2016-001385 de conformidad al inciso a del articulo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduaneros, la misma que debera ser pagada en forma solidaria con su copropietaria señora JULIANA CALDERON TINTAYA. identificada con DNI N 01819682 al amparo del ultimo parrafo del articulo 39 de la referida Ley, de acuerdo a los considerando expuestos en la presente resolucion. ARTICULO TERCERO.- Sancionar con eficacia Anticipada el INTERNAMIENTO del vehiculo de placa de rodaje N T1B-885 por un periodo de sesenta 60 dias calendario, de conformidad al articulo 41 inciso a de la-Ley de los Delitos Aduaneros, plazo que debera computarse a partir de la fecha de internamiento en los depositos del Ministerio de Transporte y Comunicaciones debiendose resitituir la unidad vehicular una vez cumplida el internamiento a los propietarios BENITO CHUI QUISPE identificado con D.N.I N 01820229 Y JULIANA CALDERON TINTAYA, identificada con D.N.I N 01819682 ARTICULO CUARTO .- Sancionar a BENITO CHUI QUISPE, identificado con DNI N 01820229 con suspencion de su licencia de conducir por Un 01 año de conformidad al inciso a del articulo 39 de la Ley 28008-Ley de los Delitos Aduaneros, para tal oficiese a la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de Puno, una vez consentida la presente resolucion.
ARTICULO QUINTO .- Declarar Procedente la solicitud de devolucion del vehiculo presentado por BENITO CHUI QUISPE, identidicado con DNI N 01820229, mediante expdiente administrativo N 181-3G900-2016-006452-8 del 18 de Agosto de 2016, una vez cumplida la sancion de Internamiento.
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0205-2016-000878 del 17.JUL.2016, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a ANA MARIA MENDOZA MENDOZA, identificada con DNI N 40546024, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/. 987.00 Novecientos Ochenta y siete con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2016-001582 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduaneros ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0205-2016-000958 del 20.AGO.2016, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a VALENTINA HERRERA QUISPE, identificada con DNI N 42022162, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/. 667.00Seiscientos sesenta y Siete con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2016-001589 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduaneros ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0201-2016-000287 del 12.AGO.2016, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a ALEJANDRA SANCA VDA DE APAZA, identificada con DNI N 02386860 y RUC N 1023868607, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/.
417.00Cuatrocientos diecisiete con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2016-001594 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0201-2017-000219 del 09.JUN.2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a JUDITH OLINDA AGUILAR GUERRA, identificada con DNI N 48171973, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/. 2, 021.00Dos mil docientos veinti uno con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2017-000663 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTICULO TERCERO.- Sancionar a VICTORIA ISABLE
OYOLA BURGA, identificada con DNI N 70024651, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/. 2, 021.00Dos mil docientos veinti uno con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2017-000665 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduaneros ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0201-2017-000219 del 09.JUN.2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a JUDITH OLINDA AGUILAR GUERRA, identificada con DNI N 48171973, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/. 2, 021.00Dos mil docientos veinti uno con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2017-000663 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTICULO TERCERO.- Sancionar a VICTORIA ISABLE
OYOLA BURGA, identificada con DNI N 70024651, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/. 2, 021.00Dos mil docientos veinti uno con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2017-000665 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduaneros ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0201-2017-000261 del 12.JUL.2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a EDWIN HERZON CALLENOVA TAYPE, identificado con DNI N 47379686, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/. 663.00Seiscientos sesenta y tres con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2017-00668 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0201-2017-000293 del 11.AGO.2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a SADY ALICIA HUAÑAHUI ANCALLE, identificada con DNI N 453222453 y RUC N 10453224533, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/.
1079.00Mil setenta y nueve con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2017-000704 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0201-2017-000310 del 02.SET.2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- . Sancionar a MARIA ANGELA CENTENO HERNANDEZ DE PACHECO, identificada con DNI N 10522852, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/.
2,438.00Dos mil cuatrocientos treinta y ocho con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2017-000698 de conformidad con lo establecido en el inciso a , del artículo 39 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de devolucion presentado por YU ZEWEN, identificado con carne de extranjeria N 000184015, mediante expediente administrativo N 181-3H900-2016-007225-3 de fecha 14.SET.2016, respecto a la mercancia incautada mediante Acta de Incautacion N 181-2016-0205-000881 de fecha 20.JUL.2016.
ARTICULO SEGUNDO.-Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0205-2016-000881 del 20.JUL.2016, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008 ARTICULO TERCERO.- Sancionar con Multa equivalaentre a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a YU ZEWN identificado con Carnet de Extrajeria N 000184015, ascendente a la suma de S/. 1068.00 Mil sesenta y occho con 00/100 Soles de conformidad con lo establecido en el inciso artículo 36 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTICULO CUARTO.- Derivar la presente resolucion con los actuados pertinentes a la Intendencia Regional de Lima a fin de que se proceda conforme a sus atribuciones respecto a OPELIN S.A.C identificado con RUC N 20537795141 por haber incurrido en el tipo infractor establecido en el inciso 5 del articulo 177 del Codigo Tributario concordante con en numeral 11 del Rubro IV Descripcion de l Instructivo INPCFA-IT.00.03V1, Confirmacion de Comprobantes de Pago aprovado por la Intendencia Nacional Juridica en el Informe N 07-2012-SUNAT/4B400; una vez consentida la presente resolucion.
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0300-2016-0000151 del 17.NOV.2016, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a VELASQUEZ PILCO FERNANDO, identificada con DNI N 71131693, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/1, 960.00 Mil novecientos sesenta con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2017-000772 de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTÍCULO UNICO.- MODIFICAR en todos los extrremos la Resolucion Jefatural de DIvision N 181-3H0500/2017-0001045 de fecha 23.NOV.2017, donde se haga referencia a " VELASQUEZ debiendo decir VELASQUEZ

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0205-2017-0001176 del 26.MAY.2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los BARBOZA
181-3H0500/2017Delitos Aduaneros Ley 28008.
001049 de fecha CAMPOS NORMA DNI 47974940
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a BARBOZA CAMPOS NORMA VICTORINA, identificada con DNI N 47974940, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/ 1, 569.00 Mil novecientos VICTORIA
2017-11-23.
sesenta y nueve con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2017-000767 de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de devolucion de mercancias incautadas, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0201-2019-0000012 presentada por la señora Kety Judith Castillo LLatas, con DNI N 45238900
181-3H0500/2019mediante expediente administrativo N 055-URD101-2019-052194-8 del 23.ENE.2019
JUDITH CASTILLO
DNI N
000081 de fecha LLATAS
45238900 ARTICULO SEGUNDO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0201-2019-0000012 del 11.ENE.2019, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los 2019-02-26.
Delitos Aduaneros Ley 28008.
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0400-2017-00040 del 14.MAR.2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los CARLOS
181-3H0500/2019Delitos Aduaneros Ley 28008.
DNI N
ALBERTO
000054 de fecha 10436048 ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a PAREDES LOPEZ CARLOS ALBERTO, identificado con DNI N 10436048, con MULTA equivalente a dos veces los tributos dejados de pagar de la mercancia incautada, ascendente a S/ 4, 760.00 Cuatro mil setecientos PAREDES LOPEZ
2019-02-11.
sesenta con 00/100 Soles citada en la Liquidacion de Cobranza Nro 2019-000125 de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley N 28008-Ley de los Delitos Aduanero ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0400-2014-000270 del 07.NOV.2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros Ley 28008.
181-3H0500/2019INCACUTIPA
DNI N
ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con INTERNAMIENTO al vehiculo de placa de rodaje Z2G810, con serie N FK622K540041 y motor N 6D16914981 por un periodo de sesenta 60 dias calendarios, e conformidad con el articulo 41 inciso a de la Ley 000050 de fecha TICONA CARLOS
41570332 N28008-Ley de Delitos Aduaneros, plazo que se computara a partir de la fecha internamiento en los depositos del Ministerios de Transporte y comunicaciones debiendose requerir al señor INCAUTIPA TICONA CARLOS, identificiado con DNI N 41570332
2019-02-06.
con RUC N 10415703321, en calidad de propietario de la unidad vehicular para poner a disposicion la unidad vehicular 05 dias computados a partir de la notificacion ARTICULO TERCERO.- OFICIAR a la Policia Nacional del Peru a efetos que se proceda a la inmediata ubicacion y captura y puesta a disposicion de la autoridad aduanera. del vehiculo placa de rodaje Z2G810, una vez consentida la presente resolucion.
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancía incautada, mediante Acta de Inmovilización - Incautación N 181-0400-2015-00023 del 10.ENE.2015, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley de los 181-3H0500/2019Delitos Aduaneros Ley 28008.
HUBER UBALDO
DNI N
00049 de fecha MAMANI PERALTA 74695169 ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con al suspencion de la Licencia de Conducir por el periodo de un 01 año al señor MAMANI PERALTA HUBER UBALDO, identificado con DNI N 74695169 sin RUC, de conformidad con el inciso a del articulo 39 de la 2019-02-06.
Ley 28008 Leyde los Delitos Aduaneros.

005-1753238-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 26/3/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha26/03/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2742

Primera edición01/01/2016

Ultima edición14/05/2024

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