Diario Oficial El Peruano del 19/1/2019

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Fuente: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

Lima, sábado 19 de enero de 2019 I EL PERUANO

NOTIFICACION DE LA POSESION
Modalidad
: Arras, 30% del monto de adjudicación. El adjudicatario del bien, después de concluido el acto de remate, entregará en calidad de arras al Martillero Público el 30% del monto adjudicado, en cheque certicado o de gerencia o en efectivo.
Pago : El adjudicatario del bien deberá cancelar el saldo del precio, en efectivo o cheque certicado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles S/, el cuarto 4to día hábil de realizado el remate.
Encargados de : Martillero Público:
los Remates
NECIOSUP FABERIO JOSE LUIS, para los remates convocados de 12:12, 12:16, 12:20 y 12:24 horas.

PANESI MORENO ALDO LUIS, para los remates convocados de 12:56, 13:00, 13:04, 13:08, 13:12 y 13:16 horas.
Exhibición : Bienes Inmuebles: Tratándose de los bienes inmuebles materia de remate, su exhibición al público en general por los exteriores de los mismos, es permanente en el lugar de su ubicación. El ingreso al interior de los inmuebles se efectuará con previa autorización de los ocupantes del inmueble.
Valor de : No incluye I.G.V.
Tasación Precio Base : Los precios base señalados en esta convocatoria incluyen el IGV, en los casos que corresponda.
Comisión del : Bienes Inmuebles: Es del cargo del adjudicatario 1.50 % del precio subastado más I.G.V.
martillero En el caso de los bienes inmuebles el IGV se excluye, salvo que sea la primera venta realizada por el constructor, conforme a la normatividad vigente de la Ley y reglamento del IGV.
Forma de pago : Efectivo o cheque certicado o de gerencia a la orden de SUNAT/BANCO DE LA NACIÓN, en Soles S/.
Gravámenes y : Gravámenes, los que se indican. Una vez adjudicados los bienes inmuebles, se ordenará, otros de corresponder, se deje sin efecto toda carga o gravamen registrados en SUNARP
que pese sobre el bien, de conformidad con el artículo 116 numeral 10 del Texto Único Ordenado del Código Tributario.
De conformidad a las normas vigentes la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT transere la propiedad del inmueble adjudicado como está y donde está, siendo de cargo del adjudicatario la posterior desocupación del inmueble, de ser el caso. Asimismo, corresponde al adjudicatario efectuar el pago de alcabala y el impuesto predial para transferencia de la propiedad en los Registros Públicos.
Es preciso señalar que es de cargo de los interesados, realizar previamente las vericaciones y constataciones, revisar zonicación y/o limitaciones de orden municipal, de los inmuebles que les interese adjudicarse y en general cualquier situación relacionada al inmueble.
Los bienes se rematan donde están, como están, en el estado en que se encuentren, a la vista Ad Corpus y sin lugar a reclamo posterior. Vericar estado de conservación de bienes muebles.
Base Legal : - Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF
- Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT
Para cualquier consulta o sugerencia favor escribir a los Martilleros Públicos: GALINDO SCHRODER
CARLA FRANCISCA: cgs.legal@hotmail.com, teléfono 999310311-4237983; NECIOSUP FABERIO JOSE
LUIS: martillero102@hotmail.com, teléfono RPM 949424378, RPC 949342222; PANESI MORENO ALDO
LUIS apanesi@gmail.com 3483951-994208442; ó al Webmaster@SUNAT.gob.pe. Para mayor información ingresar al link: http rematestributarios.sunat.gob.pe/ ó contactarnos al teléfono 634-3232, anexos 23300, 23301, 23610 ó 53332.
005-1731573-1

PERÚ

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
La Subdirección de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, hace de conocimiento al Pueblo Joven:
Urbanización Jardín Zona: Segunda y Tercera, el contenido de la Ficha Técnica N 1200-2018/
SBN-DGPE-SDS, resultante de la inspección realizada el 06/08/18, en el predio de 1 608,90 m, sito en el Lote 55 Manzana I Zona Segunda y Tercera del Pueblo Joven Urbanización Jardín, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N P03108044
del Registro de Predios de Lima, con CUS N 29492, verificando que se encuentra ocupado por terceros: 6.3% por Gladys Tamata Chucara y 3.9% por Sara Chunga Flores, con edificaciones de material noble; y 5.8% por Luz María Santisteban Arichoque con una edificación precaria; y el 84%
restante es ladera de cerro con pendiente elevada; incurriendo en probable causal de extinción parcial de la afectación en uso, según el art. 105 inciso 1 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA;
agotada la búsqueda de domicilio del administrado, se comunica por este medio, para que su representada presente documentación relevante, en el plazo de 10 días hábiles, conforme al artículo 141º inciso 4 del TUO de la LPAG.
SUBDIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN
005-1732694-1

PERÚ

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
DE CONFORMIDAD CON EL ART. 23 DE D.LEG. 667, MODIFICADO POR LA LEY 26838 Y LEY 27161, ASI COMO EL D.LEG.
1089 Y SU REGLAMENTO DECRETO SUPREMO No.032-2008-VIVIENDA, EL REGISTRADOR QUE SUSCRIBE HACE
CONOCER A LOS PROPIETARIOS, COLINDANTES O TERECEROS INTERESADOS, QUE SE HA INSCRITO EL DERECHO
DE POSESIÓN DE LOS POSESIONARIOS Y SOBRE LOS PREDIOS QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN:
ZONA REGISTRAL NO. XII SEDE CASTILLA - APLAO
REGISTRADOR PUBLICO: ARMINDA CHILLITUPA VALENCIA
PROVINCIA: CASTILLA
DISTRITO: HUAYNACOTAS, PROVINCIA DE LA UNION, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA. PARTIDA 04012469, FICHA
00934355, ASIENTO C001; POSESIONARIO: LA SOCIEDAD CONYUGAL CONFORMADA POR; VICTOR CARLOS VERA
AMEZQUITA Y ESPERANZA MARIA NUÑEZ CALLENOVA; DENOMINACIÓN: CAJON, UNIDAD CATASTRAL: 05012
CODIGO DE PREDIO: 8-7308320-05012; CENTROIDE ESTE: 733, 832, CENTROIDE NORTE: 8,323, 669 AREA: 0.6954 Ha., REGISTRADOR PÚBLICO: EDUARDO JESUS MEZA FLORES.
LOS INTERESADOS DENTRO DEL PLAZO DE TREINTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU
PUBLICACIÓN DE LA PRESENTE, PUEDEN PRESENTAR OPOSICIÓN. CASO CONTRARIO, SE PROCEDERÁ A LA
INSCRIPCIÓN DEFINTIVA DEL DERECHO DE PROPIEDAD, SIN REQUERIR RESOLUCIÓN JUDICIAL PREVIA.
ARMINDA E. CHILLITUPA VALENCIA - REGISTRADOR PÚBLICO - Zona Registral N XII - Sede Arequipa 002-1732720-1

En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 380 de la Ley General de Sociedades, se comunica que en las Juntas Generales de Accionistas de MOUNTBACK ESTATES
LIMITED S.A.C; BZ TEC S.A.C; BZ GRID S.A.C, y OPUS STONE S.A.C. celebradas el día 01 de diciembre del 2018, se acordó la escisión de MOUNTBACK ESTATES LIMITED
S.A.C. mediante la segregación de dos bloques patrimoniales que serán absorbidos por BZ
GRID S.A.C. y BZ TEC S.A.C; así mismo la sociedad BZ GRID S.A.C. escindirá un bloque patrimonial el cual será absorbido por OPUS STONE S.A.C.
Se estableció que la fecha de entrada en vigencia de la escisión será el día 01 de diciembre del 2018, fecha a partir de la cual las sociedades beneficiarias asumirán automáticamente las operaciones, derechos, activos, pasivos y obligaciones de los bloques patrimoniales que se le transfieren por esta escisión.
Lima, 01 de diciembre de 2018
BZ GRID S.A.C.
José Alfredo Biasevich Barreto Representante Legal
BZ TEC S.A.C.
José Alfredo Biasevich Barreto Representante Legal
MOUNTBACK ESTATES LIMITED S.A.C.
Boris Bozovich Balarin Gerente General
OPUS STONE S.A.C.
Boris Bozovich Balarin Gerente General
PERÚ

002-1728577-1

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
La Subdirección de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, hace de conocimiento al Asentamiento Humano Hugo Ricra Sector 1º de Mayo, el contenido de la Ficha Técnica N 1199-2018/SBNDGPE-SDS, resultante de la inspección realizada el 06/08/18, en el predio de 709.70 m, sito en el Lote 6 Manzana C1 Sector 1º de Mayo del Asentamiento Humano Hugo Ricra, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N P03217064 del Registro de Predios de Lima, con CUS N 35753, verificando que: 9.75% está ocupado por construcción precaria destinada al uso comunal; 44.23% está vacío y el resto ocupado por terceros: 31.99% por Ruth Contreras Ortiz como Lote 6A y 14.03% por Yoly Quispe Estacio como Lote 6B; incurriendo en probable causal de extinción parcial de la afectación en uso, según el art. 105 inciso 1 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA; agotada la búsqueda de domicilio del administrado, se comunica por este medio, para que su representada presente documentación relevante, en caso tenerla, en el plazo de 10 días hábiles, conforme al artículo 141º inciso 4 del TUO de la LPAG.
SUBDIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN
005-1732693-1

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes EstatalesSBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, hace de conocimiento de la AGRUPACIÓN DE FAMILIAS MZ. C1 LT. 43 SEÑOR DE
LURÉN, representada por su secretaria general Hilda Sadith Silva Sagayo, secretaría de actas y archivo Julia Guzmán López y secretaría de economía Jackeline Jurado de la Cruz, como administrada en el procedimiento de venta directa que recae en el Expediente N 341-2017/SBNSDDI, el contenido de la Resolución Nº 371-2018/SBNDGPE-SDDI emitida el 14 de junio de 2018, a través de la cual se resuelve declarar IMPROCEDENTE su solicitud de venta directa, toda vez que el predio solicitado no se encuentra inscrito a favor del Estado representado por esta Superintendencia.
SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO

La Subdirección de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, hace de conocimiento al Pueblo Joven: San Francisco de la Tablada de Lurín Sector: Tercero, el contenido de la Ficha Técnica N 1118-2018/SBN-DGPE-SDS, resultante de la inspección realizada el 17/07/18, en el predio de 1 885,00 m, sito en el Lote 5 Manzana 15Y Sector Tercero del Pueblo Joven San Francisco de la Tablada de Lurín, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N P03157393 del Registro de Predios de Lima, con CUS
N 33320, verificando que: 10.61% del total del predio, está ocupado por una edificación de material noble destinada al uso comunal; 36.94% está vacío y el área restante está ocupada por terceros: 2.62% es Depósito precario de Andrés Panca Panca; 23.30% es Taller-Vivienda prefabricada de Virginia Huillca Mantilla y 36.94% es Templo en construcción de material noble y ambientes prefabricados Parroquia Santa María Diócesis de Lurín-Lima Sur a cargo del P.
Omar Sánchez Portillo; incurriendo en probable causal de extinción parcial de la afectación en uso, según el art. 105 inciso 1 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA; agotada la búsqueda de domicilio del administrado, se comunica por este medio, para que su representada presente documentación relevante, en el plazo de 10 días hábiles, conforme al artículo 141º inciso 4 del TUO de la LPAG.

005-1732687-1

La Sub Dirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia de Bienes EstatalesSBN, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 23.1.2 del Art. 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, hace de conocimiento de JOSÉ MARTÍN CHUNGA GONZÁLES, como administrado en el procedimiento de venta directa que recae en el Expediente N 698-2017/SBNSDDI, el contenido de la Resolución Nº 1022-2018/SBN-DGPE-SDDI emitida el 19 de noviembre de 2018, a través de la cual se resuelve declarar IMPROCEDENTE su solicitud de venta directa, toda vez que el predio solicitado no se encuentra inscrito a favor del Estado representado por esta Superintendencia.
SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO

SUBDIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN
005-1732695-1

005-1732688-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 19/1/2019

TítuloDiario Oficial El Peruano

PaísPerú

Fecha19/01/2019

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2736

Primera edición01/01/2016

Ultima edición08/05/2024

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