Diario Oficial de Yucatán del 3/8/2021

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Fuente: Diario Oficial de Yucatán

PÁGINA 110

DIARIO OFICIAL

MÉRIDA, YUC., MARTES 3 DE AGOSTO DE 2021.

8. MECANISMOS DE CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA:
La Comisión a través del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses acordará y establecerá los mecanismos de capacitación, orientación, evaluación y vigilancia al presente Código de Ética y documentos análogos que se emitan en esta Comisión; para tal efecto podrá auxiliarse de la Subcoordinación de Capacitación Interna y Desarrollo Humano, adscrita a la Dirección de Recursos Humanos, Finanzas y Adquisiciones.
9. MANIFIESTACIN DE CONFLICTO DE INTERESES:
Las personas que ejercen el servicio público en la Comisión, deberán manifestar y excusarse de actuar, en los casos que exista o se actualice un posible conflicto de intereses en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función; en virtud, de los intereses personales, familiares o de negocios, puedan afectar su desempeño independiente, imparcial y objetivo.
10. REPORTES POR INCUMPLIMIENTO AL CÓDIGO DE TICA:
Las personas que ejercen el servicio público en esta Comisión, harán uso responsable de los mecanismos que se establezcan para la posible manifestación de desapego, incumplimiento o denuncia sobre la transgresión o inobservancia al presente Código de Ética y demás documentos análogos que para tal efecto se emitan.
11. AUTORIDADES COMPETENTES CUANDO SE MATERIALICE UNA
TRANSGRESIÓN O INOBSERVANCIA AL PRESENTE CÓDIGO:
Las autoridades competentes para la orientación, evaluación y vigilancia al presente Código, son todas y todos los integrantes del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses, conforme lo previsto en los lineamientos que se emitan para regular su funcionamiento.
Corresponderá al Comité la interpretación del presente Código, así como el análisis y resolución de los hechos no previstos que resulten de su aplicación, por lo que deberá revisar y proponer su actualización cuando resulte necesario;
asimismo, recibirá sugerencias sobre su aplicación y atenderá las denuncias, sobre la transgresión o inobservancia al presente Código.
12. COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES:
El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses tendrá a su cargo vigilar la aplicación adecuada del presente Código y coadyuvar con la Comisión, proponiendo estrategias para su aplicación y cumplimiento, brindar asesoría ante conflictos o situaciones de incertidumbre que puedan derivarse de las actuaciones de los servidores públicos que se desempeñan esta Comisión, recibir denuncias derivadas de la trasgresión o inobservancia al presente instrumento y demás lineamientos que se emitan para complementarlo y someter los casos al análisis de sus miembros.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de Yucatán del 3/8/2021

TítuloDiario Oficial de Yucatán

PaísMéxico

Fecha03/08/2021

Nro. de páginas112

Nro. de ediciones5954

Primera edición31/12/1999

Ultima edición06/06/2024

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