Diario Oficial de la República de Chile del 22/8/2022 - Secciones I-IV

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.333

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Lunes 22 de Agosto de 2022

Ministerio de Educación
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Sección I - 3

como privada, en especial, su experiencia como Secretario General de la Agencia de Calidad de la Educación y como Jefe de Asesores de este Ministerio, cumpliendo de esta manera con los requisitos exigidos por la ley 21.040 en su artículo séptimo transitorio, y artículo 9 inciso primero, del decreto Nº 104, de 2018, del Ministerio de Educación, que crea ese Consejo.
Que, en virtud de lo anterior y de la normativa vigente al efecto, es preciso proceder a la dictación del presente acto administrativo que nombra a la persona señalada en el cargo antes indicado.
Decreto:
1.- Déjase constancia de la aceptación de renuncia voluntaria que se señala en el decreto Nº 31, de 2021, de doña María Paz Arzola González, cédula de identidad Nº 16.366.403-8, como miembro del Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, desde el 4 de febrero de 2021.
2.- Desígnase a don Daniel Rodríguez Morales, cédula de identidad Nº 16.126.777-5, como miembro del Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública.
3.- La persona señalada en el numeral anterior, por razones impostergables de buen servicio, asumirá su función a contar de esta fecha, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
4.- Déjase sin efecto el decreto Nº 31, de 19 de febrero de 2021, de esta Secretaría de Estado, sin tramitar.
5.- Archívese copia del presente acto administrativo, juntamente con el decreto Nº 116, de 2019, del Ministerio de Educación.

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

CVE 2173718
NOMBRA A DON DANIEL RODRÍGUEZ MORALES COMO MIEMBRO
EN EL CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN
PÚBLICA

Núm. 184.- Santiago, 28 de diciembre de 2021.
Visto:

Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 del decreto Nº 100, de 2005, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en los artículos 4, 14 y 16 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública; en el decreto Nº 104, de 2018, del Ministerio de Educación; en el decreto Nº 166, de 2019, del Ministerio de Educación; en el decreto Nº 31, de 2021, del Ministerio de Educación; en el Oficio ES Nº 29098, de 2021, de la Contraloría General de la República; y en las resoluciones Nº 6 y Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Raúl Figueroa Salas, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Jorge Poblete Aedo, Subsecretario de Educación.

Considerando:

Que, el artículo séptimo transitorio de ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, señala que deberá conformarse un Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, cuya misión principal será asesorar al Presidente de la República en la evaluación y análisis del proceso de instalación de los servicios locales.
Que, mediante el decreto Nº 104, de 2018, del Ministerio de Educación, se creó el Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública.
Que, mediante decreto Nº 166, de 2019, del Ministerio de Educación, fue designada doña María Paz Arzola González, en reemplazo de doña Susana Claro Larraín.
Que, mediante decreto Nº 31, de 2021, del Ministerio de Educación, se aceptó la renuncia de doña María Paz Arzola González, y se nombró a doña Magdalena Sofía Vergara Vial, como miembro del Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública.
Que, mediante Oficio ES Nº 29098, de fecha 3 de diciembre de 2021, la Contraloría General de la República representó el decreto Nº 31, de 2021, del Ministerio de Educación, por cuanto no se acredita el cumplimiento de la totalidad de los requisitos que establece la normativa para proceder al nombramiento de doña Magdalena Sofía Vergara Vial, en específico, por no constar que tenga experiencia en administración municipal o del Estado, como exige la ley 21.040 en su artículo séptimo transitorio, y artículo 9 inciso primero, del decreto Nº 104, de 2018, del Ministerio de Educación, que crea el Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública.
Ahora bien, y en relación a la Aceptación de Renuncia presentada por doña María Paz Arzola González, a contar del 4 de febrero de 2021, el Oficio individualizado del Órgano contralor, no se pronuncia sobre la materia.
Que, el decreto Nº 31 de 2021, nombraba a doña Magdalena Sofía Vergara Vial, desde la fecha de dicho decreto, es decir, desde el 19 de febrero de 2021, decretando que asumiría sus funciones desde dicha fecha, sin esperar total tramitación de dicho decreto, por lo que todas las actuaciones realizadas por esta en las sesiones de dicho Consejo, a contar de esa fecha y hasta el 3 de diciembre de 2021, se entienden válidas, para todos los efectos.
Que, atendido a lo expuesto, y con la finalidad de dar continuidad a las labores del Consejo de Evaluación del Sistema de Educación Pública, se ha decidido nombrar a don Daniel Rodríguez Morales, como su consejero, entre otras razones, por su renombrada experiencia en el ámbito educacional tanto en el área pública
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR

CVE 2173716
ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA PRESENTADA POR DOÑA MARÍA
SOLEDAD CARVALLO PARDO, COMO REPRESENTANTE DEL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA
UNIVERSIDAD DE TALCA
Núm. 85.- Santiago, 23 de marzo de 2022.
Visto:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en la ley Nº 21.094, sobre Universidades Estatales; en el decreto con fuerza de ley Nº 152, de 1981, del Ministerio de Educación, que establece el estatuto de la Universidad de Talca; en el decreto supremo Nº 463, de 2018, del Ministerio de Educación, mediante el cual se designaron representantes del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de Talca;
en la carta de fecha 1 de marzo de 2022, de doña María Soledad Carvallo Pardo, mediante la cual presenta su renuncia voluntaria como representante del Presidente de la República ante la Junta Directiva de la Universidad de Talca; y, en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que indica, y Considerando:
Que, el artículo 1º de la ley Nº 18.956, dispone que el Ministerio de Educación es la Secretaría de Estado responsable de fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades, propendiendo a asegurar la calidad y la equidad del sistema educativo.
Que, de conformidad con el literal a del artículo 6º del decreto con fuerza de ley Nº 152, de 1981, del Ministerio de Educación, que fija el Estatuto de la Universidad de Talca, la Junta Directiva de dicho plantel estará integrada, entre otros, por tres Directores designados por el Presidente de la República, quienes permanecerán en sus cargos mientras cuenten con su confianza.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 22/8/2022 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha22/08/2022

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1245

Primera edición17/08/2016

Ultima edición19/03/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones