Diario Oficial de la República de Chile del 4/5/2022 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.244

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 4 de Mayo de 2022

Sección I - 3

Decreto:
1.- Determínanse los siguientes componentes variables de los impuestos específicos establecidos en la Ley N 18.502, que Establece impuestos a los combustibles que señala, en virtud de lo señalado en el artículo 3 de la ley N 20.765:

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

4. Que, mediante decreto supremo N135, de 23 de agosto de 2019, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de septiembre de 2020, se aprobó el Reglamento del Comité Interministerial de Negociaciones Económicas Internacionales.
5. Que el artículo 2 del referido decreto supremo N135 de 2019, dispone que, para el cumplimiento de su función, al Comité le corresponderá, entre otras tareas, asesorar y proponer las políticas en materias de negociaciones económicas internacionales, proponer la conformación de los equipos interministeriales técnicos que deberán preparar las negociaciones y conocer y recomendar las propuestas que someta a su consideración el Subcomité de Negociadores establecido por ese mismo decreto.
6. Que el artículo 3 del mismo decreto supremo N135 de 2019, prescribe que el Comité estará integrado por el Ministro de Relaciones Exteriores, quien lo presidirá, el Ministro de Hacienda, el Ministro Secretario General de la Presidencia y el Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
7. Que esa misma norma establece, en su último inciso, que podrá disponerse que el Comité sea integrado por otros Ministros de Estado, cuando las negociaciones involucren materias de su competencia, correspondiendo al Ministro de Relaciones Exteriores firmar, bajo la fórmula por orden del Presidente de la República, el respectivo decreto supremo de designación.
8. Que en el proceso de modernización del Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea, del cual le corresponde conocer al Comité, algunas de las materias involucradas en la negociación son de competencia del Ministro de Agricultura, razón por la cual corresponde que dicho Secretario de Estado, o su subrogante legal en caso de imposibilidad de asistir, integre el Comité Interministerial de Negociaciones Económicas Internacionales.

2.- Aplícanse a contar del día 5 de mayo de 2022, los componentes variables expuestos en la tabla precedente, del numeral anterior.
3.- Determínanse, como consecuencia de lo anterior, las tasas de los Impuestos Específicos de los Combustibles establecidos en la ley N 18.502, los cuales serán iguales a su componente base, considerando además el componente variable, que puede ser sumado o restado según lo previsto en el artículo 3 de la ley N 20.765
y lo dispuesto en el artículo 8 de su Reglamento.
Que, para la semana que comienza el día jueves 5 de mayo de 2022, determínanse las referidas tasas de conformidad a los siguientes valores:

Decreto:

Artículo único.- Desígnase al Ministro de Agricultura como integrante del Comité Interministerial de Negociaciones Económicas Internacionales, para efectos de conocer y ejercer las funciones establecidas en la normativa vigente, respecto del proceso de modernización del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la República de Chile.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.

Ministerio de Hacienda
CVE 2123754
DETERMINA EL COMPONENTE VARIABLE PARA EL CÁLCULO DEL
IMPUESTO ESPECÍFICO ESTABLECIDO EN LA LEY N 18.502

4.- Publíquese en la web institucional del Ministerio de Hacienda, a través de un informe técnico lo decretado a través de este acto administrativo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley N 20.765.
Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Claudia Sanhueza Riveros, Subsecretaria de Hacienda.

Núm. 128 exento.- Santiago, 3 de mayo de 2022.

Ministerio Secretaría General de Gobierno
Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32 N 6 de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL N 7.912, de 1927, del Ministerio del Interior, que Organiza las Secretarías del Estado; en la Ley N 18.502, que Establece Impuestos a Combustibles que señala; en la Ley N 20.765, que Crea Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles que indica; en la Ley N 20.794, que Extiende la cobertura del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles creado por la ley N 20.765; en el decreto supremo N 1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento para la aplicación del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, creado por la ley N 20.765 y sus modificaciones; en el decreto supremo N 2.025, de 2020, del Ministerio de Hacienda; en el decreto supremo N 71, de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en los oficios ordinarios N 289 y N 290, ambos de 2 de mayo de 2022, de la Comisión Nacional de Energía; y en la resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, esta Cartera de Estado, ha realizado las estimaciones referidas en el artículo 3 de la ley N 20.765 y, respectivamente, en los artículos 3 bis y 8 de su Reglamento.

CVE 2122778
DESIGNA SUPLENTE DE LA SUBSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
EN EL CONSEJO NACIONAL DEL FONDO DE FORTALECIMIENTO DE
ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO
Resolución Núm. 272/336 exenta.- Santiago, 19 de abril de 2022.
Vistos:
La Ley Nº 19.032 que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno;
el decreto con fuerza de ley Nº 1 del Ministerio Secretaría General de Gobierno, de 1992; el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
la ley Nº 20.500; el decreto Nº 1 del Ministerio Secretaría General de Gobierno;

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 4/5/2022 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha04/05/2022

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones1245

Primera edición17/08/2016

Ultima edición19/03/2024

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