Diario Oficial de la República de Chile del 11/3/2020 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.601

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 11 de Marzo de 2020

CVE 1737595
ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA DE DON SERGIO URREJOLA
MONCKEBERG AL CARGO DE EMBAJADOR 1 CATEGORÍA EXTERIOR
Núm. 196.- Santiago, 29 de noviembre de 2019.
Vistos:

Decreto:
1.- Determínanse los siguientes componentes variables de los impuestos específicos establecidos en la ley N 18.502, que establece impuestos a los combustibles que señala, en virtud de lo señalado en el artículo 3 de la ley N 20.765:
COMBUSTIBLE
Componente Variable 3
Gasolina Automotriz de 93 octanos en UTM/m
0,1055
Gasolina Automotriz de 97 octanos en UTM/m3
0,1129
Petróleo Diésel en UTM/m3
0,7548
Gas Licuado del Petróleo de Consumo Vehicular en -0,1664
UTM/m3
Gas Natural Comprimido de Consumo Vehicular en -0,2528
UTM/1000m3

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

La Constitución Política de la República; el DFL Nº 33 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores; el DFL 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834 del Estatuto Administrativo; los decretos Nºs 150 de 2018 y 195 de 2019, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución Nº 6 de 2019, de la Contraloría General de la República.

Sección I - 5

Considerando:

1. Que, por decreto Nº 195, de 2019, de esta Secretaría de Estado, el señor Sergio Urrejola Monckeberg fue destinado a prestar servicios a Chile en calidad de Adscripto, a contar del 1 de diciembre de 2019.
2. Que, por carta de fecha 28 de noviembre de 2019, dirigida al Presidente de la República, el Embajador Urrejola Monckeberg, expresa su voluntad de renunciar al cargo de Embajador 1a Categoría Exterior de la Planta del Servicio Exterior de esta Secretaría de Estado, a contar del 2 de diciembre de 2019.

2.- Aplícanse a contar del día 12 de marzo de 2020, los componentes variables expuestos en la tabla precedente, del numeral anterior.
3.- Determínanse, como consecuencia de lo anterior, las tasas de los Impuestos Específicos de los Combustibles establecidos en la ley N 18.502, los cuales serán iguales a su componente base, considerando además el componente variable, que puede ser sumado o restado según lo previsto en el artículo 3 de la ley N 20.765
y lo dispuesto en el artículo 8 de su Reglamento.
Que, para la semana que comienza el día jueves 12 de marzo de 2020, determínanse las referidas tasas de conformidad a los siguientes valores:

Decreto:

1. Acéptase a contar del 2 de diciembre de 2019, la renuncia voluntaria presentada por el señor Sergio Urrejola Monckeberg RUN Nº 5.077.041-9, al cargo de Embajador 1 Categoría Exterior, de la Planta del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.
2. Déjase establecido que el funcionario no se encuentra afecto a Sumario Administrativo.

Regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Teodoro Ribera Neumann, Ministro de Relaciones Exrteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.

Ministerio de Hacienda
CVE 1738668
DETERMINA EL COMPONENTE VARIABLE PARA EL CÁLCULO DEL
IMPUESTO ESPECÍFICO ESTABLECIDO EN LA LEY N 18.502
Núm. 65 exento.- Santiago, 9 de marzo de 2020.
Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32 N 6 de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL N 7.912, de 1927, del Ministerio del Interior, que Organiza las Secretarías del Estado; en la Ley N 18.502, que Establece Impuestos a Combustibles que señala; en la Ley N 20.765, que Crea Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles que indica; en la Ley N 20.794, que Extiende la cobertura del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles creado por la Ley N 20.765; en el decreto supremo N 1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento para la aplicación del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, creado por la Ley N 20.765 y sus modificaciones;
en los oficios ordinarios N 169 y N 170, ambos de 9 de marzo de 2020, de la Comisión Nacional de Energía; y en la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República Considerando:
Que, esta Cartera de Estado, ha realizado las estimaciones referidas en el artículo 3 de la Ley N 20.765 y, respectivamente, en los artículos 3 bis y 8 de su Reglamento.

COMBUSTIBLE

Componente Componente Base Variable
Impuesto Específico Resultante
Gasolina Automotriz de 93 octanos en UTM/m3

6,0000

0,1055

6,1055

Gasolina Automotriz de 97 octanos en UTM/m3

6,0000

0,1129

6,1129

Petróleo Diésel en UTM/m3

1,5000

0,7548

2,2548

Gas Licuado del Petróleo de Consumo Vehicular en UTM/m3

1,4000

-0,1664

1,2336

Gas Natural Comprimido de Consumo Vehicular en UTM/1000m3

1,9300

-0,2528

1,6772

4.- Publíquese en la web institucional del Ministerio de Hacienda, a través de un informe técnico lo decretado a través de este acto administrativo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley N 20.765.
Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Ignacio Briones Rojas, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Hacienda.

Ministerio Secretaría General de Gobierno
CVE 1737587
NOMBRA SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE GOBIERNO DE
LA REGIÓN DE ÑUBLE QUE SE INDIVIDUALIZA
Núm. 9.- Santiago, 2 de diciembre de 2019.
Vistos:
Lo establecido en los artículos 7 letra b, 12, 13 y 14 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el DFL Nº 1, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, de 1992, que Modifica Organización del Ministerio Secretaría General de Gobierno; en los artículos 61, 62 y 63 del DFL Nº 1, de 2005,

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 11/3/2020 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha11/03/2020

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones1245

Primera edición17/08/2016

Ultima edición19/03/2024

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