Diario Oficial de la República de Chile del 11/1/2018 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 11 de Enero de 2018Nº 41.954

Decreto:
Amplíase en los siguientes profesionales, la lista de peritos de la región que se indica, de entre los cuales la entidad expropiante designará a los miembros de la Comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un proceso expropiatorio, de conformidad al artículo 4 del decreto ley N 2.186, de 1978:
REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
Ingenieros Agrónomos:
- Claudia Rosa Vargas Valdés.
- Andrés Apparcel Bedecarratz.
- Isabel Carolina Martínez Castillo.
- Paula Alejandra Bustos Valdivia.
- Viviana Angélica Fuentes Catalán.
- Daniela Alicia Hidalgo Araneda.
- Matías Nicolás Maldonado Gatica.

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2.- Que, en la directiva para el otorgamiento, uso, renovación y devolución de la Tarjeta de Identificación Profesional de Carabineros de Chile TIPCAR, y otros acreditativos, aprobada por la orden general N 2.424, de fecha 09.09.2016, se estableció una duración indefinida de dicho instrumento respecto del personal en situación de retiro, lo que es necesario regular, estableciendo un período de vigencia a tales acreditativos, y un control de su uso, determinando la conveniencia o no de su renovación.
3.- Que, con la modificación introducida a la ley N 17.798, sobre Control de Armas, por medio de la ley N 20.813, se estableció un criterio restrictivo en cuanto a los requisitos de tenencia y porte de las armas de fuego, con énfasis en Seguridad Pública, que corresponde al General Director infrascrito, armonizar con la normativa institucional.
4.- Que, la Institución conserva el derecho a otorgar, rechazar o retirar el acreditativo, respecto del personal en situación de retiro. No obstante, procederá siempre su rechazo o retiro, en el caso que el interesado incurriere en crímenes o simples delitos; en la comisión de hechos graves o de connotación pública que afecten la honra, dignidad o doctrina de Carabineros de Chile, ya sea, estando en servicio activo o en situación de retiro; o ejerciere profesión, oficio o cualquiera otra actividad en la vida privada que se oponga a los principios, valores o intereses de la Institución.
5.- La necesidad de actualizar la normativa que regula el uso y vigencia de la Tarjeta de Identificación Profesional de Carabineros.
Se resuelve:

1.- Establécese, una duración de 5 años para la vigencia de la Tarjeta de Identificación de Carabineros de Chile, otorgada al personal en situación de retiro.
2.- Delégase, en el Director de Gestión de Personas, de la Dirección Nacional de Personal, la facultad de resolver sobre la aprobación o denegación de los acreditativos, así como el retiro de aquellos mal empleados, en los términos del considerando cuarto de la presente resolución, pudiendo requerir los antecedentes que estime necesarios para un mejor resolver.
3.- Contrólese, el cumplimiento de la presente resolución por parte de la Dirección Nacional de Personal.
4.- Dispónese que las tarjetas de identificación otorgadas al personal en situación de retiro con anterioridad a la presente resolución, caducarán en el plazo de un año contado desde la publicación de esta resolución en el Diario Oficial, pudiendo solicitar los interesados su renovación a la Dirección de Gestión de Personas de Carabineros de Chile.
Cúmplase y modifíquese la normativa interna. Publíquese en el Diario Oficial.Bruno A. Villalobos Krumm, General Director, Carabineros de Chile.

Ministerio de Hacienda
CVE 1333059
AMPLÍA LISTADO DE PERITOS QUE INDICA

Núm. 4 exento.- Santiago, 3 de enero de 2018.
Visto:

El inciso 2 del artículo 4 del decreto ley N 2.186, de 1978, modificado por el artículo único de la ley N 18.932; decretos supremos Nos 540 y 692, de Hacienda, de 1978, y decretos posteriores del mismo origen, sobre Lista de Peritos;
decreto supremo N 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001; resolución N 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008; el oficio N 2.970/2017, de 13 de diciembre de 2017, de la Intendenta de la Región de Arica y Parinacota; y Considerando:

Que, la Intendenta de la Región de Arica y Parinacota, ha propuesto los profesionales de la especialidad que se individualiza en el presente acto administrativo, con el objetivo de ampliar el listado de peritos, de entre los cuales las entidades expropiantes designarán a los miembros de la Comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un proceso expropiatorio, de conformidad al artículo 4 del decreto ley N 2.186, de 1978.

Anótese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Macarena Lobos Palacios, Subsecretaria de Hacienda.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS

CVE 1333111
CLASIFICACIÓN DE ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO SEGÚN
EVALUACIÓN QUE SE INDICA
Resolución
Núm. 4.
Vistos:

1 Que el artículo 31 de la ley N 18.690 y el artículo 17 de su Reglamento establecen una clasificación periódica de las empresas de almacenes generales de depósito inscritas en esta Superintendencia, la que corresponde dar a conocer al público.
2 La evaluación de las empresas de almacenes generales de depósito inscritas en el Registro que lleva esta Superintendencia, terminada en el mes de diciembre de 2017.
Resuelvo:

Clasifícase, en la categoría que se señala, a las empresas de Almacenes Generales de Depósito registradas en esta Superintendencia, según las evaluaciones practicadas en cada caso por las firmas evaluadoras que se indican y los demás antecedentes considerados por la ley para estos efectos:
Categoría A

Almacenista
Evaluador
Almacenes de Depósitos Nacionales S.A. Almadena
PricewaterhouseCoopers Consultores Auditores SpA

Almacenes Generales de Depósito Storage S.A.

Sociedad de Servicios Generales Ltda.
Segral
Trans Warrants SpA

Sociedad de Servicios Generales Ltda.
Segral
Tattersall Warrants S.A.

Sociedad de Servicios Generales Ltda.
Segral.

Publíquese en el Diario Oficial de acuerdo con la ley.
Santiago, 4 de enero de 2018.- Eric Parrado Herrera, Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 11/1/2018 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha11/01/2018

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1243

Primera edición17/08/2016

Ultima edición22/11/2023

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