Diario Oficial de la República de Chile del 23/12/2017 - Secciones I-IV

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 41.940

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Sábado 23 de Diciembre de 2017

Sección I - 1

I

SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 41.940.Año CXL - Nº 815.596 M.R.

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SUMARIO

Servicio de Impuestos Internos / Dirección Nacional
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo / Secretaría Regional Ministerial XIII Región Metropolitana
RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

Normas Generales
establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe CVE: 1324083

Edición de 20 páginas Santiago, Sábado 23 de Diciembre de 2017

PODER LEGISLATIVO

MINISTERIO DEL TRABAJO
Y PREVISIÓN SOCIAL

Ley número 21.054.- Modifica la Ley N 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, con el objeto de eliminar la distinción entre empleados y obreros CVE: 1324186

PODER EJECUTIVO

Extracto de resolución exenta número 124, de 2017.Establece listado de países y jurisdicciones que se considera tienen un régimen fiscal preferencial CVE: 1324050
Dirección de Presupuestos
Resolución exenta número 762, de 2017.- Fija montos de aranceles para el desarrollo de los procesos establecidos en la ley N 20.129 CVE: 1324082

Resolución exenta número 3.413, de 2017.- Prorroga, por término que indica, postergación de permisos de edificación dispuesta por decreto N 324 exento Sección 2, de 2017, de la Municipalidad de Estación Central CVE: 1324080
MINISTERIO DE AGRICULTURA

Decreto número 298, de 2016.- Aprueba nuevo Reglamento Especial de Calificaciones del personal de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias CVE: 1324052

OTRAS ENTIDADES

MINISTERIO DE HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO

COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO

Decreto exento número 542, de 2017.- Identifica obra específica a que se refiere el artículo 8 de la Ley N
20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y
Decreto número 148, de 2017.- Aprueba Reglamento Especial de Calificaciones para el personal de la Fiscalía Nacional Económica CVE: 1324048

Acuerdo relativo a instrumentos financieros de oferta pública adoptado por la Comisión Clasificadora de Riesgo CVE: 1325798

Normas Generales
PODER LEGISLATIVO

Ministerio del Trabajo y Previsión Social
CVE 1324186

LEY NÚM. 21.054

MODIFICA LA LEY N 16.744, QUE ESTABLECE NORMAS
SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES
PROFESIONALES, CON EL OBJETO DE ELIMINAR LA
DISTINCIÓN ENTRE EMPLEADOS Y OBREROS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley originado en Moción de los Honorables Diputados señores Juan Morano Cornejo, Osvaldo Andrade Lara, Aldo Cornejo González, Iván Fuentes Castillo, Pablo Lorenzini Basso, Sergio Ojeda Uribe, Gabriel Silber Romo, Víctor Torres Jeldes, Miguel Ángel Alvarado Ramírez, Felipe Letelier Norambuena, Vlado Mirosevic Verdugo y Patricio Vallespín López, y Honorables Diputadas señoras Yasna Provoste Campillay, Alejandra Sepúlveda Órbenes, Marcela Hernando Pérez.

Proyecto de ley:

Artículo único.- Modifícase la ley N 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, en la forma que a continuación se indica:
1. Sustitúyese el artículo 4 por el siguiente:

Artículo 4.- Para los efectos de este seguro, todos los empleadores se entenderán afiliados al Instituto de Seguridad Laboral respecto de la totalidad de sus trabajadores, salvo que se adhieran a alguna mutualidad de empleadores.
Lo dispuesto en el inciso anterior también se aplicará a los trabajadores independientes afectos al seguro de esta ley..
2. Reemplázase el artículo 8 por el siguiente:

Artículo 8.- La administración del seguro estará a cargo del Instituto de Seguridad Laboral o de las mutualidades de empleadores, según corresponda, en adelante denominados los organismos administradores..
3. Derógase el artículo 9.
4. Reemplázase el artículo 10 por el siguiente:

Artículo 10.- El Instituto de Seguridad Laboral administrará este seguro, incluida la realización de actividades de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, respecto de las entidades empleadoras afiliadas a él, de sus trabajadores y de los trabajadores independientes que corresponda.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 23/12/2017 - Secciones I-IV

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaísChile

Fecha23/12/2017

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1245

Primera edición17/08/2016

Ultima edición19/03/2024

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