Diario Oficial de la República de Chile del 26/7/2022 - Empresas y Cooperativas
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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas
DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.311
Martes 26 de Julio de 2022
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Empresas y Cooperativas CVE 2162186
EXTRACTO
Humberto Quezada Moreno, Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, Avenida Apoquindo Nº 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 11 de Julio de 2022, ante mí, María Verónica Montt Fuenzalida; y María José Alcalde Montt, ambas domiciliadas en Avenida Santa María N 5.634, departamento 32, Vitacura, Santiago, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: INVERSIONES AGUAMARINA LIMITADA.
Domicilio: ciudad de Santiago. Objeto: a la inversión en bienes corporales, incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores; b la confección, elaboración y desarrollo de toda clase de proyectos y estudios; c la prestación en general de toda clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyectos y asistencia técnica y, en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos y profesionales en su más amplio aspecto; y, d la inversión en negocios comerciales, inmobiliarios y de cualquier otra naturaleza, y cualquier otra actividad que los socios acuerden. Capital: $5.000.000 que socios aportan en este acto a caja social, siguiente forma: a María Verónica Montt Fuenzalida $2.700.000, equivalentes a un 54% del aporte social; y, b María José Alcalde Montt $2.300.000, equivalentes a un 46%
del aporte social. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Administración, representación legal y uso razón social: corresponderá indistintamente a uno cualesquiera de los socios. Duración: 5 años a contar fecha escritura que extracto, prorrogable tácita, automática y sucesivamente por iguales períodos, forma establecida en mismo instrumento. Fallecimiento socios: no pondrá término sociedad, la que continuará con los herederos del fallecido, quienes deberán designar un mandatario común. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.
Santiago, 21 de Julio de 2022. Humberto Quezada Moreno.