Diario Oficial de la República de Chile del 15/2/2022 - Empresas y Cooperativas

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V

SECCIÓN

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.179

Martes 15 de Febrero de 2022

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Empresas y Cooperativas CVE 2087052

EXTRACTO
HERMAN MATIAS ANDRADE GALVEZ, Abogado, Notario Público Suplente Titular RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, en virtud Decreto Económico Nº 13 de la I. Corte Apelaciones de Arica, oficio Arica, 21 de mayo 252, certifico: Por escritura otorgada el 10 de febrero de 2022, Repertorio Nº 434, ante Notario Público Titular, Rodrigo Fernando Lazcano Arriagada, don JONATHAN JOSUE VELÁSQUEZ QUEZADA, chileno, soltero, pescador artesanal, C.I. N 18.850.696-8, Blanco Encalada 715 oficina 1, Arica, constituye sociedad por acciones cuyo nombre o razón social será: NOMBRE: DINAMAR SpA, pudiendo utilizar el nombre de DINAMAR SpA, ante toda clase de instituciones públicas o privadas; el DOMICILIO: domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero.
DURACION: La sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de la fecha de la escritura de constitución y se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años cada uno, salvo que los accionistas acuerden en Junta Extraordinaria su disolución anticipada por dos tercios de las acciones.- OBJETO: El objeto de la sociedad es a efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b El ejercicio de actividades navieras; c La adquisición, transferencia fabricación, modificación, o reparación de buques equipos, materiales y, en general, toda clase de elementos destinados al equipamiento de las naves; d La proyección, adaptación, modificación o alteración de naves y cascos o de implementos mecánicos o náuticos usados a bordo de naves pesqueras; e Ejercer actividades de construcción en instalación de plantas y equipos industriales, de cualquier naturaleza u objeto, en cualquier punto del país o del extranjero, prestar asesoría técnica y arrendar maquinarias o equipos para dicho efecto; f Enajenación en cualquier forma de modelos industriales, marcas comerciales, patentes de invención, planos y diseños de buques y demás artefactos navales; g Administrar y participar en compañías que tengan relación con el objeto social, adquirir e invertir en toda clase de bienes raíces, muebles o valoras mobiliarios y efectos de comercio y obtener rentas o beneficios de ellos y, en general, cualquier otra actividad que los socios acuerden en relación al objeto social; h La prestación de todo tipo de servicio laborales en las más diversas materias, pudiendo prestar servicios laborales, de recursos humanos y de personal, calificado o sin calificación; i La compra, venta, importación, exportación de minerales, productos marinos, salmones, productos agrícolas y forestales; j Compra, venta, importación, exportación, distribución, de vehículos motorizados, máquinas y repuestos; k Compra, venta de acciones y valores mobiliarios; cualquier otra actividad que el o los socios acuerden directamente relacionada con el objeto social; l En general, cualquier acto de comercio que él o los socios acuerden.- CAPITAL: El capital de la Sociedad es de $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una, el cual es íntegramente suscrito y pagado en este acto por don JONATHAN JOSUE
VELÁSQUEZ QUEZADA, con 100 acciones por un valor de $10.000 cada una, que se pagan en este acto y en dinero en efectivo.-ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por un Administrador o gerente quien, actuando individualmente, será designado por acuerdo de la junta de accionistas del que se dejará constancia en un acta que deberá ser reducida a escritura pública o en escritura pública o instrumento privado protocolizado donde comparezca el 100% de los accionistas designando al Administrador. Demás estipulaciones en escritura extractada. Arica, 10
de febrero de 2022.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 15/2/2022 - Empresas y Cooperativas

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

PaísChile

Fecha15/02/2022

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones1703

Primera edición17/08/2016

Ultima edición15/05/2024

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