Diario Oficial de la República de Chile del 25/7/2020 - Empresas y Cooperativas

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V

SECCIÓN

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.714

Sábado 25 de Julio de 2020

Página 1 de 1

Empresas y Cooperativas CVE 1790026

EXTRACTO
RICARDO OLIVARES PIZARRO, Abogado, Notario Público, Conservador de Comercio y Minas Titular, con oficio en calle A. Prat N960, local 14, Vallenar, Certifica: Por escritura pública, ante mí, de fecha veintidós de julio de 2020, Repertorio Nº 649-2020, los comparecientes ABDO BARAQUI HUMERES, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad Nº 19.144.635-6, domiciliado en Vallenar, Callejón Martínez tercera, ; y ELIAS
MAURICIO BARAQUI MARTINEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, contador auditor, cédula de identidad Nº 9.346.787-6, domiciliado en Vallenar, calle Paitanás Nº 2388, constituyeron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada: AGRICOLA Y
COMERCIAL BARAQUI LIMITADA. Sin embargo la sociedad podrá funcionar y actuar inclusive con los Bancos bajo el nombre de: COMERCIAL YEMA LIBRE LTDA. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a.- La actividad comercial en sus más amplias y variadas formas y modalidades, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; y la representación de firmas y marcas nacionales o extranjeras; b.- la explotación agrícola, ganadera y forestal de predios rústicos, propios o ajenos; la representación de firmas y marcas nacionales o extranjeras, y la importación, exportación, transformación, producción, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena, de todo tipo y clase de productos agrícolas, ganaderos y forestales, especialmente, la cría y producción de aves de corral y sus derivados, y la producción y comercialización minorista o mayorista de huevos; c.- La compra, venta, arriendo y comercialización de todo tipo de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos, y demás insumos para la agricultura e industria agrícola; y la prestación de servicios, asesorías técnicas y consultoría empresarial en todos sus aspectos, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias, y la realización de estudios y asesorías en la elaboración y concreción de proyectos relacionados con el agro o la industria agrícola o cualquier otra actividad productiva, en especial, servicios de embalaje, producción en invernaderos, nuevas tecnologías, packing, fumigación, secado de frutos, molienda, etc., y d.En general, toda clase de negocios que directa o indirectamente estén relacionados con las actividades señaladas previamente, que los socios acuerden. Domicilio: Vallenar, sin perjuicio de sucursales resto del país o extranjero. Duración: La Sociedad rige a contar de la escritura y tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos tres meses del vencimiento del plazo o de su prórroga. Capital Social:
$12.000.000.- que los socios aportan por iguales partes a razón de $6.000.000.- por cada uno de ellos, los que enteran en este acto, al contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social.
Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Distribución de Utilidades y Pérdidas: Se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes, es decir, 50%
para cada uno de ellos. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios ABDO BARAQUI HUMERES y ELIAS MAURICIO BARAQUI
MARTINEZ, con todas las facultades señalas en cláusula quinta de escritura social, salvo aquellas que expresamente se consignan al final de la referida cláusula, en que se necesitará siempre la firma concurrente de ambos socios. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.Vallenar, 23 de Julio de 2020.-

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 25/7/2020 - Empresas y Cooperativas

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

PaísChile

Fecha25/07/2020

Nro. de páginas213

Nro. de ediciones1702

Primera edición17/08/2016

Ultima edición13/05/2024

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