Diario Oficial de la República de Chile del 9/6/2017 - Empresas y Cooperativas

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Fuente: Diario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

DIARIO
OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública
V

SECCIÓN

CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 41.779

Viernes 9 de Junio de 2017

Página 1 de 2

Empresas y Cooperativas CVE 1225670

EXTRACTO
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público, Suplente del Titular de la 41º Notaría de Santiago don Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago,, certifica: Por escritura pública, esta fecha, 22/05/2017. Repertorio 16171, ante mí, CARLOS
ALBERS HOLZAPFEL, ingeniero comercial, en nombre y representación, de ASESORIAS E
INVERSIONES A-B LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N
79.611.340-5, ambos domiciliados en esta ciudad, calle Fray Martín número doce mil, quinientos noventa y ocho, Comuna de Las Condes; SEBASTIAN ANDRÉS ATAL MATURANA, agricultor, con domicilio en la ciudad de San Fernando, calle Los Palacios N 682, y de paso en ésta, y JOAQUIN ANDRÉS EDWARDS SILVA, empresario, con domicilio en el Fundo Huechan, sin número, Quinta Tilcoco, Comuna de Tilcoco y de paso en ésta,, todos con domicilio en San Carlos de Apoquindo N 450, casa 3, Comuna de Las Condes, Región constituyeron una Sociedad por Acciones, conforme las normas de la Ley 20.190, que modificó los artículos 438 y siguientes del Código de Comercio, cuyos Estatutos extracto: Nombre de la sociedad: AGRICOLA SANTA INES DE MALLOA LIMITADA, pudiendo usar también para fines comerciales y publicitarios, el nombre de fantasía AGRICOLA SANTA INES DE
MALLOA LTDA. o AGRICOLA SANTA INES LTDA., . Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o domicilios especiales que pueda establecer en el país o en el extranjero. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años, contados desde la fecha de esta escritura, renovables tácita y sucesivamente por períodos de 5 años, si ninguno de los socios manifestara su voluntad de ponerle término al final del período que estuviera en curso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social y mediante aviso por carta certificada enviada a los otros socios, todo con una anticipación mínima de seis meses del término del período respectivo. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola, forestal y ganadera de predios propios o arrendados; la comercialización y distribución de productos agropecuarios, frutícolas y forestales, dentro y fuera del país y, en general, toda negociación, acto o contrato relacionado con las materias señaladas. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad. Podrá, además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de cincuenta millones de pesos, que los socios pagan en este acto, en dinero efectivo, en la siguiente proporción: a ASESORIAS E
INVERSIONES A-B LIMITADA, un 40%, esto es, $20.000.000, en este acto, de contado, en dinero efectivo, e ingresado en la caja social, b Don SEBASTIAN ANDRÉS ATAL
MATURANA, un 40%, esto es, $20.000.000, en este acto, de contado, en dinero efectivo, e ingresado en la caja social. y c Don JOAQUIN ANDRÉS EDWARDS SILVA, un 20%, esto es, $10.000.000, en este acto, de contado, en dinero efectivo, e ingresado en la caja social..
Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a un Gerente, que deberá ser designado por la unanimidad de los socios, por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad, en el Registro de Comercio y quién tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines.
Artículo Primero Transitorio: De conformidad con lo preceptuado en el pacto social, los socios vienen en designar Gerente de la sociedad, a don CARLOS ALBERS HOLZAPFEL, quién podrá representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, en todos los asuntos, negocios,

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 9/6/2017 - Empresas y Cooperativas

TítuloDiario Oficial de la República de Chile - Empresas y Cooperativas

PaísChile

Fecha09/06/2017

Nro. de páginas331

Nro. de ediciones1702

Primera edición17/08/2016

Ultima edición13/05/2024

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