Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/10/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

19 de octubre de 2021

B.O.P. DE CADIZ NUM. 199

el Fondo Social Europeo y en un 20% por el IEDT, las personas aspirantes deberán ser desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo y pertenecientes a colectivos vulnerables, priorizando el proyecto a las personas desempleadas de larga duración y favoreciendo la participación de las mujeres en el mercado laboral mediante su incorporación mayoritaria, reservando a las mismas más del 75% del total de las plazas de los itinerarios, y en las que concurran los requisitos fijados en esta convocatoria, debiendo cumplir en todo caso con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que a estos efectos se declara expresamente como de aplicación.

Segundo. Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo a los principios de objetividad y publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, así como a la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, en primer lugar la selección de las personas participantes y en segundo lugar, la regulación de la concesión de las ayudas económicas a los alumnos/as seleccionados que tengan la consideración de personas formadas para cubrir los gastos de asistencia a la formación, transporte, manutención, alojamiento y conciliación con el cuidado de familiares en el itinerario formativo ADGG0408 a desarrollar en el Proyecto Pórtico-Dipuform@, en el contexto del POEFE.

Tercero. Bases Reguladoras.

Las Bases de la Convocatoria para la selección de las personas participantes para la realización de los tres itinerarios que se van a desarrollar en Sanlúcar en el Proyecto Pórtico-Dipuform@, en el contexto del POEFE, cofinanciado en un 80% por el FSE y en un 20% por el IEDT de la Diputación de Cádiz están publicadas en la página oficial del Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda http www.sanlucardebarrameda.es.

Cuarto. Cuantía.

La Delegación de Formación y Empleo destinará a las ayudas económicas reguladas por la presente Convocatoria un total de 22.192,50 euros, con cargo a la oportuna aplicación presupuestaria del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Sanlúcar Bda.
El importe económico bruto de la ayuda a cada persona participante seleccionada será el resultado de multiplicar el número de días efectivamente asistidos a las actividades del itinerario formativo ADGG0408 por 13,45 euros, comprendiendo una dedicación mínima de 5 horas que podrá aumentarse hasta el máximo legal. A esta cantidad se le practicará la retención que legalmente corresponda a efectos de retención a cuenta del IRPF.

Itinerario ADGG0408: 550 horas en total. 110 días lectivos en total. Número de participantes; 15. Importe ayuda; 1.479,50 € por alumno como máximo. Importe ayuda curso; 22.192,50 € en total como presupuesto.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Para acceder a la subvención objeto de la presente convocatoria, será obligatorio presentar solicitud mediante la cumplimentación de la instancia Anexo I, facilitada por la Delegación de Formación y Empleo, sita en la calle Manuel de Diego Lora número 8, o en el modelo que podrá descargarse en la página web del Excmo.
Ayuntamiento de Sanlúcar.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. En los casos en los que, estudiadas las solicitudes recibidas, el número de solicitantes que, a priori, cumplen los requisitos de acceso sea inferior a quince, se ampliará el plazo de presentación de solicitudes por otros quince días más.

Sanlúcar de Barrameda, 06 de octubre de 2021. D Ana Sumariva García, Delegada de Formación y Empleo.
Nº 87.824

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D/D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 113/2019 a instancia de la parte actora D/D. RAUL MIGUEL PADILLA contra DEPOT
ZONA FRANCA ALGECIRAS SL sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado RESOLUCION de fecha 1/6/2021 del tenor literal siguiente:
SENTENCIA

En la Ciudad de Algeciras, a 1 de junio de 2021

D María Teresa Vidaurreta Porrero, Juez del Juzgado de lo Social nº 1 de esta ciudad, ha visto los presentes autos con el nº 113/2019-T sobre Despido, promovido a instancia de D. Raúl Miguel Padillacontra DEPOT ZONA FRANCA ALGECIRAS
S.L. con citación del MINISTERIO FISCLA y del FOGASA.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D María Delia Mendez Marincontra DEPOT ZONA FRANCA ALGECIRAS S.L.,se declara la improcedencia del despido realizado por la demandada, se declra extinguida la relación laboral a fecha de la presente Sentencia y se condena a la empresa a que le abone en concepto de indemnización la suma de 20.07687 euros.

El FOGASA responderá con carácter subsidiario, en su caso, en los términos previstos en el artículo 33 del ET y concordantes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recurso que deberá anunciarse ante este Juzgado conforme al artículo 194 LRJS mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación ante este Juzgado, haciendo saber a la entidad gestora si es la recurrente, que al preparar el recurso deberá presentar certificación acreditativa del comienzo del pago de la pensión y de que lo proseguirá durante la tramitación del
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recurso, sin cuyo requisito no se le dará trámite al mismo.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. JUEZ que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia doy fe.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Y para que sirva de notificación al demandado DEPOT ZONA FRANCA
ALGECIRAS SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CADIZ, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a tres de junio de dos mil veintiuno. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 87.412


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D/D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1223/2018 a instancia de la parte actora D/D. JOSE MANUEL ROJAS TAIBO
contra LIMPIEZAS SODELIMSE SL sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado RESOLUCION de fecha 29/09/2021 del tenor literal siguiente:
SENTENCIA

En la Ciudad de Algeciras, a 29 de septiembre de 2021

D María Teresa Vidaurreta Porrero, Juez del Juzgado de lo Social nº 1
de esta ciudad, ha visto los presentes autos con el nº 1223/2018-T sobre Despido y Reclamación de cantidad, promovido a instancia de D. José Manuel Rojas Taibocontra LIMPIEZAS SODELIMSE S.L., con citación del FOGASA.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. José Manuel Rojas Taibocontra LIMPIEZAS SODELIMSE S.L., se declara la improcedencia del despido realizado por la demandada y se condena a la empresa a que dentro del plazo de CINCO DÍAS a contar desde la notificación de la presente Sentencia, opte EXPRESAMENTEentre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de salarios de tramitación; o le indemnice en la suma de 15.93478 eurosentendiéndose que en el supuesto de no optar expresamente el empresario por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera; e igualmente se las condena al abono al Sr. Pina en la cantidad de 57831 euros brutos más el 10% de interés por mora.

El FOGASA responderá con carácter subsidiario, en su caso, en los términos previstos en el artículo 33 del ET y concordantes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recurso que deberá anunciarse ante este Juzgado conforme al artículo 194 LRJS mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. JUEZ que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado LIMPIEZAS SODELIMSE
SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA CADIZ, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a uno de octubre de dos mil veintiuno. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ.
Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 87.415


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO
D/D JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO/A DE LA

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/10/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha19/10/2021

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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