Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/4/2021

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 14

B.O.P. DE CADIZ NUM. 69

A aquellos contribuyentes que no hagan efectivos en los períodos señalados sus respectivas cuotas, les serán exigidas las mismas por la vía ejecutiva.

En el caso de que un sujeto pasivo del Impuesto quisiera satisfacer en el primer período de pago la totalidad de la deuda anual podrá hacerlo, facilitándosele para ello carta de pago de las dos cuotas.

Los contribuyentes afectados por las exacciones señaladas podrán realizar los pagos de sus deudas tributarias en las Entidades Financieras colaboradoras: UNICAJA, CAJASUR BANCO SAU, BBVA, BANKIA, CAIXA BANK, TARGO BANK, BANCO
SANTANDER, DEUTSCHE BANK, CAJA RURAL DEL SUR, BANCA MARCH, CAJA MAR, IBERCAJA, BANCO SABADELL.

Asimismo, se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de entidades Bancarias ó Cajas de Ahorros Confederadas.

Se recuerda igualmente a los interesados que pueden efectuar estos trámites por medios electrónicos, así como obtener copia de los recibos para su abono, a través del Portal de Hacienda, en la sede electrónica del Ayuntamiento, en el sitio web www.
cadiz.es.

Lo que se hace público para general conocimiento. EL ALCALDE, documento firmado electrónicamente. El Jefe de Servicio de Gestión Tributaria.
Guillermo Villanego Chaza documento firmado electrónicamente.
Nº 24.744


AYUNTAMIENTO DE CASTELLAR DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera por el que se aprueba definitivamente la Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de TASA
POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON MESAS Y SILLAS.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de TASA POR
OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON MESAS Y SILLAS, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Queda suspendida la vigencia de la presente ordenanza desde la publicación de la presente modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz hasta el 1 de enero de 2022, siempre y cuando no se adopte un acuerdo por el pleno de la corporación en el sentido de derogar o modificar la presente

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de _____________, con sede en _________.

23/3/21. El Alcalde, Adrián Vaca Carrillo. Firmado.
Nº 24.789


AYUNTAMIENTO DE CASTELLAR DE LA FRONTERA
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de la TASA
POR COMERCIO AMBULANTE, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Disposición Final.- Queda suspendida la vigencia de la presente ordenanza desde la publicación de la presente modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz hasta el 1 de enero de 2022, siempre y cuando no se adopte un acuerdo por el pleno de la corporación en el sentido de derogar o modificar la presente
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de _____________, con sede en _________.

23/3/21. El Alcalde, Adrián Vaca Carrillo. Firmado.
Nº 24.818


AYUNTAMIENTO DE CASTELLAR DE LA FRONTERA
ANUNCIO

El Alcalde - Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Castellar de la Frontera, con fecha 24 de noviembre de 2020 ha dictado Decreto número 2021- 0198 por el que resuelve
Rectificar, en aplicación del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, EL Anexo III de las Bases de la Convocatoria del proceso selectivo para cubrir una plaza de Funcionario de Carrera, Técnico de Administración General, del Ayuntamiento de Castellar de la Frontera, aprobadas mediante Decreto nº 2020-0743 de 14 de octubre y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 207 de 29 de octubre de 2020, en el sentido suprimir de dicho anexo el párrafo que dice por aprobados de exámenes en oposiciones de plazas de la misma categoría 0,10 puntos por cada uno por no corresponderse con el texto de las bases
En Castellar de la Frontera a 24 de marzo de 2021. El Alcalde, Adrián Vaca Carrillo. Firmado.
Nº 24.820

15 de abril de 2021

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

D. JESUS MARIA SEDEÑO MARTINEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en la ejecución seguida en este Juzgado bajo el número 88/2020 a instancia de la parte ejecutante IOAN SADEAN BRAD contra MINT YACHTS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETO
DE INSOLVENCIA PROVISIONAL de fecha 16/11/20 del tenor literal siguiente:

DECRETO.- Letrado de la Administración de Justicia, Sr: JESUS
MARIA SEDEÑO MARTINEZ.- En Algeciras, a veintidós de marzo de dos mil veintiuno. PARTE DISPOSITIVA.
ACUERDO: a Declarar al los ejecutado MINT YACHTS SL en situación de INSOLVENCIA total por importe de 6.125,6 euros de principal mas la de 6.125,6
euros calculados para intereses, costas y gastos, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN:
Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

Y para que sirva de notificación al EJECUTADO MINT YACHTS SL
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a veintidós de marzo de dos mil veintiuno.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JESUS
MARIA SEDEÑO MARTINEZ. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 24.047


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 712/2020. Negociado: MG.
N.I.G.: 1102044420200001988. De: D/D. ANA PIÑERO POSTIGO. Abogado: ANA
MARIA BURGOS-CONEJO RODRIGUEZ. Contra: D/D. DERMOESTETICA DEL
SUR, S.A. y FOGASA.

D/D. JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ
DE LA FRONTERA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 712/2020 a instancia de la parte actora D/D. ANA PIÑERO POSTIGO contra DERMOESTETICA DEL SUR, S.A. sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado sentencia de fecha 12/02/21 y autos de aclaración de fecha 25/02/21 del tenor literal siguiente:
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA.
PROCEDIMIENTO nº 712/2020.RESOLUCIÓN DE CONTRATO y CANTIDAD
SENTENCIA nº 58/2021

En Jerez de la Frontera, a doce de febrero de dos mil veintiuno.

Vistos por mí, Dña. MARIA EMMA ORTEGA HERRERO, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Nº 3 de Jerez de la Frontera, los presentes autos del orden social nº 712/2020 en materia de RESOLUCIÓN DE CONTRATO Y RECLAMACIÓN DE
CANTIDAD, en virtud de demanda interpuesta por DOÑA ANA PIÑERO POSTIGO, asistido por la Letrada D. Ana María Burgos, frente a la empresa DERMOESTETICA
DEL SUR SA, que no compareció pese a estar citada en forma, procede dictar la presente resolución atendidos los siguientes
FALLO

Que estimando la demanda de extinción de contrato de trabajo y estimando la reclamación de cantidad formuladas por DOÑA ANA PIÑERO POSTIGO contra la empresa DERMOESTETICA DEL SUR SA, debo declarar y declaro extinguida con fecha de esta sentencia 12/02/21 la relación laboral que vincula a las partes, condenando a la demandada a abonar a la trabajadora la indemnización de 32.011,20 €.

Se condena además a la empresa a abonar a la trabajadora la cantidad de 10.979,66 €, más el 10% de interés de mora de esta cantidad..

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/4/2021

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha15/04/2021

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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