Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/9/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

17 de septiembre de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 179

mejora de las prácticas y controles de seguridad, el Ayuntamiento de Chiclana mantendrá contactos periódicos con organismos y entidades especializadas en temas de seguridad.

6.3 Revisión independiente de la Seguridad de la Información
El Comité de Seguridad CS propondrá la realización de revisiones periódicas independientes sobre la vigencia e implementación de la Política de Seguridad con el fin de garantizar que las prácticas en el Ayuntamiento reflejan adecuadamente sus disposiciones.

7. Protección de Datos de Carácter Personal
Para el tratamiento de datos de carácter personal en los sistemas de información se seguirá en todo momento lo desarrollado en el documento de seguridad y su documentación asociada conforme a lo exigido en el Reglamento UE 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE Reglamento general de protección de datos, así como lo establecido en la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales.

8. Formación y concienciación
El objetivo principal es lograr la plena conciencia respecto a que la Seguridad de la Información afecta a todo el personal del Ayuntamiento y a todas las actividades, de acuerdo al principio de seguridad integral recogido en el art. 5 del ENS. A estos efectos, el Ayuntamiento, propondrá y organizará sesiones formativas y de concienciación para que todas las personas que intervienen en el proceso y sus responsables jerárquicos tengan una sensibilidad hacia los riesgos que se corren.
9. Análisis y gestión de riesgos.

El Ayuntamiento asume el compromiso de controlar los riesgos de seguridad, así como dar cumplimiento a la legislación y normas internas vigente bajo un proceso de mejora continua conforme a los marcos y metodologías existentes en la actualidad.
Para ello, con el objetivo de conocer el nivel de exposición de los activos de información a los riesgos y amenazas en materia de seguridad, los Responsables de los Sistemas de Información RSI realizarán, con periodicidad al menos bianual, un análisis de riesgos cuyas consecuencias se plasmarán en actuaciones para tratar y mitigar el riesgo, o incluso, replantear la seguridad de los sistemas en caso necesario.

Se realizará un análisis de riesgos:
- Cuando sea preceptivo según la normativa vigente.
- Cuando haya cambios en los servicios esenciales prestados o cambios significativos en las infraestructuras que los soportan.
- Cuando ocurra un incidente de seguridad grave.
- Cuando se identifiquen amenazas severas, que no hubieran sido tenidas en cuenta o vulnerabilidades graves, que no estén contrarrestadas por las medidas de protección implantadas.

Las conclusiones de los análisis de riesgos serán elevadas al Responsable de Seguridad RS y éste al Comité de Seguridad CS.

10. Estructura normativa.

La documentación relativa a la Seguridad de la Información estará clasificada en cuatro niveles, de manera que cada documento de un nivel se fundamenta en los de nivel superior:
- Primer nivel: Política de Seguridad de la Información.
- Segundo nivel: Normativas y Procedimientos de Seguridad.
- Tercer nivel: Procedimientos Técnicos de Seguridad.
- Cuarto nivel: Informes, registros y evidencias electrónicas.

10.1. Primer nivel: Política de Seguridad
Documento de obligado cumplimiento por todo el personal, interno y externo, del Ayuntamiento, recogido en el presente documento y aprobado mediante Decreto.

10.2 Segundo Nivel: Normativas de Seguridad
De obligado cumplimiento de acuerdo al ámbito organizativo, técnico o legal correspondiente.

La responsabilidad de aprobación de los documentos redactados en este nivel será competencia del Comité de Seguridad CS, a propuesta del Responsable de Seguridad RS.

10.3 Tercer Nivel: Procedimientos de Seguridad
Documentos orientados a resolver las tareas, consideradas críticas por el perjuicio que causaría una actuación inadecuada, de seguridad, desarrollo, mantenimiento y explotación de los sistemas de información.

La responsabilidad de aprobación de estos procedimientos es del Responsable de Seguridad RS, a propuesta de los Responsables del Sistema de información RSI.

10.4 Cuarto Nivel: Informes, registros y evidencias electrónicas
Documentos de carácter técnico que recogen el resultado y las conclusiones de un estudio o una valoración; documentos de carácter técnico que recogen amenazas y vulnerabilidades de los sistemas de información, así como también evidencias electrónicas generadas durante todas las fases del ciclo de vida del sistema de información.

La responsabilidad de que existan este tipo de documentos es de cada uno de los Responsables de los Sistemas de Información RSI en su ámbito.

Con la finalidad exclusiva de lograr el cumplimiento del objeto del ENS, con plenas garantías del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de los afectados, y de acuerdo con la normativa sobre protección de datos personales, de función pública o laboral, y demás disposiciones que resulten de aplicación, se registrarán las actividades de los usuarios, reteniendo la información necesaria para monitorizar, analizar, investigar y documentar actividades indebidas o no autorizadas, permitiendo identificar en cada momento a la persona que actúa.

10.5 Otra documentación
Se podrá seguir en todo momento los procedimientos, normas e instrucciones técnicas STIC, así como las guías CCN-STIC de las series 400, 500 y 600.

11. Publicación de la política de seguridad
La presente Política, además de en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web del Ayuntamiento https www.chiclana.es/

Página 5

12. Entrada en vigor
La Política de Seguridad, aprobada por decreto será aplicable a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Lo que se hace público para su general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 11/2007 de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

En Chiclana de la Frontera, 31/08/2020. EL ALCALDE, D. José María Román Guerrero. Firmado.
Nº 47.500


AYUNTAMIENTO DE EL GASTOR
ANUNCIO

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 23/07/2020, sobre el expediente de modificación de créditos 11/2020
por crédito extraordinario financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones, que se hace público resumido por capítulos:

Altas en Aplicaciones de Gastos Capítulo IV 40.000,00 €
Financiación:

Bajas de créditos Capítulo II 40.000,00 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

01/09/2020. La Alcaldesa: MARIA ISABEL MORENO FERNANDEZ.
Firmado.
Nº 47.842


AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO

Cumplido el plazo de información pública de la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de Terrenos de Uso Público con Mesas, Sillas, Sombrillas y otras Instalaciones Análogas con Finalidad Lucrativa en La Línea de la Concepción mediante anuncios en el BOP de Cádiz de fechas 10 de diciembre de 2019 y n.º 234 y 13 de marzo de 2020, y siendo adoptado acuerdo por el Pleno de la Corporación de 13 de agosto de 2020, con el tenor literal y texto integro de la Ordenanza siguiente:

Vista la modicación de la Ordenanza Reguladora de la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas, sombrillas, toldos, marquesinas y otras instalaciones análogas con nalidad lucrativa, aprobada inicialmente por el Excmo.
Ayuntamiento Pleno, en sesión plenaria celebrada el día 14 de noviembre de 2019.

Visto que, durante el período de información pública se ha presentado una alegación, el día 9 de enero de 2020 y número de registro de entrada nº 2020000254E, por parte de D. Francisco Heredia López.

Visto el informe emitido por la Arquitecto Técnico municipal, con fecha 29
de enero de 2020, en el que se propone la desestimación de las alegaciones presentadas, en resumen, debido a que no se deduce que de la presente modicación puntual de la ordenanza se produzca incumplimiento o ilegalidad de norma técnica de aplicación alguna. No obstante, podría recogerse la propuesta del alegante de incluir como infracción la instalación de aparatos de emisión de sonido en las terrazas, siempre que se contemplen las excepciones de la norma.

Visto el informe jurídico emitido por el Asesor Jurídico, con fecha 3 de agosto de 2020.

En virtud de lo prevenido en el art. 49 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete a consideración del Excmo. Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.-Desestimar las alegaciones presentadas el día 9 de enero de 2020
y número de registro de entrada nº 2020000254E, por parte de D. Francisco Heredia López, debido a que de la presente modicación puntual de la Ordenanza se produzca incumplimiento o ilegalidad de norma técnica de aplicación alguna, de conformidad con los informes obrantes en elexpediente.

Segundo.-Aprobar denitivamente la modicación de la Ordenanza Reguladora de la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas, sombrillas, toldos, marquesinas y otras instalaciones análogas con nalidad lucrativa.

Tercero.-Proceder a la publicación del texto íntegro en el Boletín Ocial de la Provincia, y Portal de Transparencia del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA OCUPACIÓN DE TERRENOS
DE USO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, SOMBRILLAS, TOLDOS, MARQUESINAS Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS CON FINALIDAD
LUCRATIVA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/9/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha17/09/2020

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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