Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/7/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 10

B.O.P. DE CADIZ NUM. 142

- Mantenimiento urbano
Área de Seguridad Ciudadana - Concejalía Delegada de Transporte Público, Movilidad Urbana y Vías Públicas
Para el ejercicio de sus competencias corresponden todos los servicios y actividades municipales relativas a las siguientes materias:

- Ordenación, planificación, programación, gestión, disciplina y promoción de los servicios urbanos de transporte público de personas que, por cualquier modo de transporte, se lleven a cabo íntegramente dentro de sus respectivos términos municipales.

- Deslinde, ampliación, señalización, mantenimiento, regulación de uso, vigilancia, disciplina y recuperación que garantice el uso o servicio público de los caminos, vías pecuarias o vías verdes que discurran por el suelo urbanizable del término municipal, conforme a la normativa que le sea de aplicación.

- Ordenación, gestión, disciplina y promoción en vías urbanas de su titularidad de la movilidad y accesibilidad de personas, vehículos, sean o no a motor, y animales, y del transporte de personas y mercancías, para lo que podrán fijar los medios materiales y humanos que se consideren necesarios.
- Concejalía Delegada de Protección Civil
Para el ejercicio de sus competencias corresponden todos los servicios y actividades municipales relativas a las siguientes materias:

- La creación, mantenimiento y dirección de la estructura municipal de protección civil.

- La promoción de la vinculación ciudadana a través del voluntariado de protección civil.
- Concejalía Delegada de Vigilancia y Seguridad
Para el ejercicio de sus competencias corresponden todos los servicios y actividades municipales relativas a las siguientes materias:

- Ordenación de las condiciones de seguridad en las actividades organizadas en espacios públicos y en los lugares de concurrencia pública, que incluye:

a El control, vigilancia, inspección y régimen sancionador de los establecimientos de pública concurrencia.

b La gestión y disciplina en materia de animales de compañía y animales potencialmente peligrosos, y la gestión de su registro municipal.

c La autorización de ampliación de horario y de horarios de apertura permanente de establecimientos públicos, en el marco de la legislación autonómica.
Nº 53.153


Ayuntamiento de Los Barrios EDICTO

En virtud de lo establecido en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 a 45 y 114 a 118 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; mediante Decreto n.º 1794, de 25 de junio de 2019, el Alcalde de del Excmo. Ayuntamiento de Los Barrios, ha resuelto:

Primero.- Realizar a favor de los señores y señoras Concejalas de este Excmo. Ayuntamiento las delegaciones contenidas en el Anexo al presente.

Segundo.- Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de ésta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o Concejal.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los Concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía.

En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.

Cuarto.- Notificar esta resolución a los Concejales afectados, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de los tres días siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación.

Quinto.- Quedan sin efecto cuantos Decretos relativos a delegaciones de esta Alcaldía se hubieran dictado con anterioridad al presente.

Sexto. - De la presente Resolución se le dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Tablón de Edictos y Portal de la Transparencia.

Lo que se hace público para general conocimiento. 26/06/2019. EL
ALCALDE. Fdo.: D. Miguel Fermín Alconchel Jiménez.
ANEXO

COMPETENCIAS GENERALES DELEGADAS

1º. Por delegación del Alcalde corresponderán a los Concejales/as, miembros de la Junta de Gobierno Local, las siguientes competencias generales que desarrollarán en el ámbito de las materias propias de su Área, sin perjuicio de las competencias atribuidas o delegadas en otros órganos o servicios municipales:

D Sara Lobato Herrera Primera Teniente de Alcalde. Área de Bienestar Social
D. David Gil Sánchez Segundo Teniente de Alcalde . Área de Servicios Públicos Básicos
D. José Antonio Gómez Guerrero Tercer Teniente de Alcalde. Área de Seguridad Ciudadana
D Isabel Calvente Márquez Sexta Teniente de Alcalde. Área de Economía y Recursos Humanos
2º. La delegación general de competencias a favor de los citados Concejales/

26 de julio de 2019

as comportará la dirección y gestión de los asuntos y propuesta de resolución o acuerdos, quedando la competencia para resolver en la Alcaldía o en el Pleno, según proceda, quienes a su vez podrán delegar en la Junta de Gobierno Local.

3º.- Además de las facultades previstas en el apartado anterior, se DELEGAN
por esta Alcaldía, de forma expresa, en la Sra. Concejal, con delegación genérica, Delegada del Área de Economía y Recursos Humanos, D Isabel Calvente Márquez, la firma de cuántos documentos públicos y privados sean necesarios con relación a los cometidos y funciones que conllevan, con inclusión de dictar actos administrativos resolutorios, a excepción de las Delegaciones especiales que se efectúan en la Concejalía Delegada de Planificación Económica, Financiera y Presupuestaria; Concejalía de Personal y Concejalía Delegada de Participación Ciudadana, Transparencia y Calidad.

DELEGACIONES ESPECIALES

Además de las competencias que con carácter general se delegan en los Concejales/as, miembros de la Junta de Gobierno Local, esta Alcaldía podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier Concejal/a para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas Áreas; correspondiendo al Concejal/a, miembro de la Junta de Gobierno Local, que ostente las delegaciones genéricas las facultades de supervisar la actuación de los Concejales/as con delegaciones especiales para cometidos específicos.

En este acto resuelvo conferir delegación especial para la dirección y gestión de servicios determinados en los siguientes concejales:

D. José Antonio Gómez Guerrero - Parque Empresarial Área de Coordinación-Alcaldía Presidencia -Palmones Área de Coordinación-Alcaldía Presidencia - Medio Ambiente Área de Servicios Públicos Básicos - Mercado y Mercadillos Área de Bienestar Social - Transporte Público, Movilidad Urbana y Vías Públicas Área de Seguridad Ciudadana - Protección Civil Área de Seguridad Ciudadana
D Sara Lobato Herrera - Servicios Sociales Área de Bienestar Social - Personal Área de Economía y RRHH

D Isabel Calvente Márquez - Asesoría Jurídica Área de Coordinación-Alcaldía Presidencia - Juzgado de Paz Área de Coordinación-Alcaldía Presidencia - Formación y Empleo Área de Bienestar Social - Planificación Económica, Financiera y Presupuestaria Área de Economía y RRHH
- Gestión Tributaria Área de Economía y RRHH
- Patrimonio, Compras y Contratación Área de Ecomomía y RRHH
- Subvenciones Área de Economía y RRHH
- Informática, Estadística y Archivo Municipal Área de Economía y RRHH

D M. de los Ángeles Gallego Gavira - Los Cortijillos, Dehesa, Ciudad Jardín y Puente Romano Área de CoordinaciónAlcaldía Presidencia - Deportes Área de Bienestar Social
D. David Gil Sánchez - Urbanismo y Vivienda Área de Servicios Públicos Básicos - Comercio e Industria Área de Servicios Públicos Básicos
D. Evaristo Delgado Vargas - Alumbrado Público Área de Servicios Públicos Básicos - Limpieza Área de Servicios Públicos Básicos - Parques y Jardines Área de Servicios Públicos Básicos - Mantenimiento Urbano Área de Servicios Públicos Básicos
D. Daniel Pérez Cumbre - Educación Área de Bienestar Social - Patrimonio Histórico-Artístico, Cultura y Biblioteca Área de Bienestar Social - Feria y Fiestas Área de Bienestar Social
D. Pablo García Sánchez - Guadacorte Área de Coordinación-Alcaldía Presidencia - Juventud, Ocio y Tiempo Libre Área de Bienestar Social - Turismo Área de Bienestar Social
D Inmaculada Domínguez Carretero - Salud Pública, Cementerios y Servicios Funerarios Área de Bienestar Social - Consumo Área de Bienestar Social - Participación Ciudadana, Transparencia y Calidad Área de Economía y RRHH

La delegación de competencias a favor de los citados Concejales/as comportará la dirección y gestión de los asuntos y propuesta de resolución o acuerdos, quedando la competencia para resolver en la Alcaldía o en el Pleno, según proceda, quienes a su vez podrán delegar en la Junta de Gobierno Local.
Nº 53.158


Ayuntamiento de Los Barrios EDICTO

En virtud de lo establecido en los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, mediante Decreto n.º 1791, de 25
de junio de 2019, el Alcalde de del Excmo. Ayuntamiento de Los Barrios, ha resuelto:

Primero.- Designar miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, que estará integrada, además de por el Alcalde, por las siguientes personas miembros de la misma:
- D Sara Lobato Herrera - D. David Gil Sánchez - D. José Antonio Gómez Guerrero - D M. de los Ángeles Gallego Gavira - D. Daniel Pérez Cumbre - D Isabel Calvente Márquez

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 26/7/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha26/07/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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