Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/7/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

2 de julio de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 124

21. Las penas. Concepto, clases: privativas de libertad, privativas de derecho y multa.
Clasificación por su gravedad: graves, menos graves y leves.
22. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
23. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de Habeas Corpus.
24. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
25. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección.
Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.
26. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores.
27. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
28. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación.
Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
29. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.
30. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Doctrina constitucional. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
31. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.
32. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural.
33. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos;
socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.
34. El mando: concepto, estilos, cualidades, rasgos, reglas y características del mando;
relación con subordinados; técnicas de dirección y reuniones.
35. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. Sentido ético de la prevención y la represión.
Deontología policial. Normas que la establecen.
ANEXO II. MODELO DE SOLICITUD
DATOS DE LA CONVOCATORIA
Plaza a que aspira:
Sistema de acceso:

Fecha convocatoria:

Promoción interna DATOS DEL/A ASPIRANTE
1º Apellido 2º Apellido:
Nombre:
D.N.I.:
Fecha de nacimiento:
Domicilio Calle, plaza, número, piso:
Municipio:
C. Postal:
Provincia:
Teléfonos de contacto:
Dirección de correo electrónico:
DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ADJUNTARSE A LA SOLICITUD:
1.-Fotocopia del DNI o documento de renovación.
2.-Fotocopia del título exigido en las bases reguladoras o del resguardo de solicitud.
3.-Informe del servicio de personal acreditativos requisitos exigidos Base 3.
4.-Cuando el sistema selectivo sea concurso-oposición o concurso de méritos:
Fotocopias de los documentos a valorar en la fase de concurso y que se relacionan:
4.1.- 4.9.-
4.2.- 4.10.-
4.3.- 4.11.-
4.4.- 4.12.-
4.5.- 4.13.-
4.6.- 4.14.-
4.7.- 4.15.-
4.8.- 4.16.-
El abajo firmante solicita ser admitido en las pruebas selectivas a que se refiere la presente solicitud y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en las bases de la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente cuantos datos se especifican en ellas.
a de de 20
FIRMA
ILMO. SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ
REPAROS Y OBSERVACIONES:


Nº 47.657

Ayuntamiento de Cadiz
Mediante Decreto del Teniente de Alcalde Delegado de Personal, de fecha 22 de abril de 2019, se aprobaron las bases y convocatoria para la selección de UNA PLAZA de INTENDENTE MAYOR DE LA POLICÍA LOCAL DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2017 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 93 de 20 de mayo de 2019.

Detectado error en las citadas bases, se procede a su rectificación mediante Decretos del Teniente de Alcalde Delegado de Personal, de fecha 22 y 24 de mayo de 2019, quedando redactadas del siguiente modo:
BASES DE LA SELECCIÓN DE INTENDENTE MAYOR DE LA POLICÍA
LOCAL DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE CÁDIZOEP 2017
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
1.1.- Es objeto de la presente Bases la regulación del proceso de provisión como funcionario
Página 5

de carrera, de UNA PLAZA DE INTENDENTE MAYOR DE LA POLICIA LOCAL, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Intendente Mayor del Cuerpo de la Policía Local. El procedimiento de selección se realizará mediante el régimen de promoción interna, siendo el sistema elegido el de concurso-oposición.
1.2.- La plaza citadas adscritas a la Escala Técnica, conforme determina el art. 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se encuadran, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo A, Subgrupo A1, dotadas con las retribuciones correspondientes, y resultantes de la Oferta de Empleo Público del año 2017 Publicado en el BOP de Cádiz nº 243 de 22 de diciembre de 2017.
2.- LEGISLACIÓN APLICABLE

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionarios de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en la categoría inmediata anterior a la que se aspira, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.
b No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo que sea por causa de embarazo.
c Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
d Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales, sin perjuicio de la obligatoriedad de presentar la documentación exigida en la base cuarta en el momento de presentar las solicitudes 4.- SOLICITUDES
4.1.- Los/as aspirantes presentaran solicitud ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz sito en Pz. San Juan de Dios s/n donde será debidamente registrada conforme a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.2.- Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, debiendo el/la aspirante manifestar que reúne las condiciones exigidas en la Base 3, referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.
4.3.- Con la solicitud se presentara la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI o, en su caso, del documento oficial de renovación del mismo.
- Informe del Servicio de Personal certificado acreditativo del cumplimiento de los requisitos a que hace referencia los apartados a y c de la Base 3.
- Fotocopia de los documentos que el/la aspirante pretenda que se valoren de acuerdo con el baremo contenido en la base octava. Dichos documentos han de ser relacionados en la solicitud. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.
4.4.- Con carácter general cuando lo que se exija sea una fotocopia, no es preciso que la/s misma/s esté/n compulsada/s, sin perjuicio de que el Tribunal, en el supuesto de que apreciare algún tipo de irregularidad, pueda exigir el documento original debiendo, en todo caso, presentarse los originales para su compulsa por aquellos/as aspirantes que hubieran sido propuestos/as para su nombramiento como funcionario de carrera.
4.5.- Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado/a.
4.6.- De conformidad con la Ordenanza reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos a instancia de parte en vigor, la participación en el presente proceso selectivo no estará sujeta al pago de tasa, al tratarse de un proceso selectivo en régimen de promoción interna.
5.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES
5.1.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/7/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha02/07/2019

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6013

Primera edición02/01/2001

Ultima edición09/05/2024

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