Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/5/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

15 de mayo de 2017

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 89

demás Administraciones Públicas en este ámbito por lo que la Diputación Provincial de Cádiz, a través de su Fundación es competente para el lanzamiento de las presentes ayudas para la innovación y la creación.
2.- MARCO NORMATIVO
El marco normativo básico que afecta a las presentes convocatorias se encuentra constituido por:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Provincial de Cultura BOP Nº 149, de 29 de junio de 2004
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz BOP nº 140, de 18 de junio de 2004
Bases de Ejecución del Presupuesto 2017 aprobado en Sesión Plenaria de fecha 25
de enero de 2017.
3.- OBJETO, FINALIDADES Y CONDICIONES
3.1.- OBJETO: Las presentes Bases tienen por objeto la regulación de la convocatoria pública, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas para la creación y la innovación ?FRONTERASUR? 2017 por parte de la Fundación.
Se establecen dos líneas a las que podrán presentarse los proyectos:
1. Línea 1: Ayudas para la creación artística y la producción cultural 2. Línea 2: Ayudas para el apoyo a empresas del sector de las Industrias culturales y creativas Se entiende que son sectores económicos de las Industrias Culturales y Creativas los que se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguiente ámbitos: artes escénicas, artes visuales, patrimonio cultural, cine, televisión radio, videojuegos y artes interactivas, nuevos medios de comunicación, música, libros, prensa, arquitectura, diseño, diseño gráfico, diseño de moda y publicidad.
3.2.- FINALIDADES: Los proyectos presentados a cualquiera de las anteriores líneas se adecuarán a todas o algunas de las siguientes finalidades:
-La creación y difusión cultural basada en la innovación, la originalidad, la fusión de culturas y soportes y el uso novedoso de las tecnologías de la información. Los proyectos pueden basarse en cualquier ámbito artístico o modalidad creativa: pintura, escultura, fotografía, grabado, literatura, teatro, instalaciones, música, cine, video, multimedia, net-art, etc.
-El fomento y desarrollo del sector de las ICC mediante proyectos de cooperación empresarial y la creación de vínculos entre las empresas del sector cultural y creativo y las del resto de sectores para el desarrollo de nuevos modelos de negocio y productos o estrategias.
-La difusión y puesta en valor del patrimonio Cultural de la provincia, tangible o intangible, en cualquiera de sus vertientes artístico, histórico, etnológico, urbanístico, folklórico, etc.
-El fomento de Cádiz como destino turístico puesta en valor de recursos, visibilización / desarrollo de nuevos servicios y productos, aplicaciones tecnológicas, etc.
-La innovación y fomento de actividades relacionadas con el patrimonio natural y medioambiental, la sostenibilidad, las prácticas deportivas y hábitos de vida saludable.
3.3.- CONDICIONES: Cada solicitante podrá presentar un proyecto en la presente convocatoria y la ayuda máxima por beneficiario será de SEIS MIL EUROS 6.000,00?.
La subvención otorgada podrá financiar hasta el 100,00% del coste de la actividad subvencionada siempre que no supere el límite máximo de ayuda por beneficiario. No obstante el porcentaje de financiación definitivo vendrá determinado por la relación entre importe de la subvención concedida y el importe total del presupuesto de la actividad aprobado al solicitante.
La concesión de estas ayudas será compatible con otras subvenciones, ayudas o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que la suma de la totalidad de las ayudas no exceda del coste de la actividad que se subvenciona. Serán, en todo caso, incompatibles con otras subvenciones concedidas por la Diputación Provincial de Cádiz y cualquiera de sus organismos autónomos para el mismo fin.
Es condición inexcusable para la admisión del proyecto que sea económicamente viable y que, independientemente de su procedencia, guarde relación directa con la provincia de Cádiz, de manera que el conjunto o parte de sus elementos concepto, origen, tema, desarrollo y/o aplicación pueda vincularse claramente, de modo no exclusivo, a su territorio. Estos extremos deberán quedar suficientemente justificados en el proyecto.
4.- BENEFICIARIOS/AS. REQUISITOS
Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas contempladas en la base 3 de la presente convocatoria:
LÍNEA 1.- Ayudas para la creación artística y producción cultural - Personas físicas de cualquier estado miembro de la Unión Europea, de entre 18 y 35 años de edad.
- Las asociaciones sin fin de lucro, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agentes económicos que pertenezcan a algunos de los sectores económicos de la Industria Cultural y Creativa fijados en la base 3.1 de las presentes bases generales, que tengan su sede en cualquier estado miembro de la Unión Europea y que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo el proyecto que se plantea. En estos casos deberá nombrarse un/a representante o apoderado/a único/a de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario/a, corresponden a la agrupación.
LÍNEA 2.- Ayudas para el apoyo a empresas del sector de las Industrias culturales y creativas - Personas físicas inscritas en el Régimen Especial de trabajadores/as autónomos/

as, mayores de 18 años, que pertenezcan a algunos de los sectores económicos de la Industria Cultural y Creativa fijados en la base 3.1 de las presentes bases generales.
- Empresas del sector privado con menos de 10 asalariados/as, cualquiera que sea su forma jurídica, que al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes no tengan una antigedad superior a cinco años, y que pertenezcan a algunos de los sectores económicos de la Industria Cultural y Creativa fijados en la base 3.1 de las presentes bases generales.
Los requisitos exigibles a los beneficiarios/as serán los siguientes:
a. No hallarse incurso/a en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b. Cumplir las obligaciones que con carácter general, se establecen en el artículo 14
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c. No tener pendiente de justificación, una vez vencido el plazo acordado, cualquier subvención otorgada por la Diputación Provincial de Cádiz, la Fundación y el resto de sus organismos autónomos.
d. No ser beneficiario/a de subvención nominativa prevista en el presupuesto o de cualquier otro tipo de ayuda económica concedida por la Diputación Provincial de Cádiz, la Fundación y el resto de sus organismos autónomos a lo largo de la anualidad 2017 para la misma finalidad.
Quedan excluidas de la presente convocatoria de ayudas la Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO
Los destinatarios/as de las ayudas podrán presentar, en el marco de esta convocatoria, proyectos o actividades que se realizarán entre el 1 de diciembre de 2016 y el 15 de octubre de 2017.
6.-CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
La Fundación destinará a la presente convocatoria de ayudas económicas el presupuesto total de cuarenta y cinco mil euros 45.000,00 €, desglosado de la siguiente manera:
CONCEPTO

3. PLAN GENERAL DE CULTURA Y
ECONOMÍA
3.1. PLAN DIRECTOR DE FOMENTO Y AYUDA
A LA PRODUCCIÓN
3.1.1. Fronterasur
APLICACIÓN
IMPORTE
PRESUPUESTARIA
08/334CA/479.00 20.000,00
08/334CA/480.00

25.000,00

TOTAL

45.000,00

7.-SOLICITUD, PLAZO, DOCUMENTACIÓN Y SUBSANACIÓN
7.1.- Solicitud. La solicitud de subvención modelo Anexo I se dirigirá a la Presidenta de la Fundación Provincial de Cultura de la Diputación Provincial de Cádiz y se presentará mediante el procedimiento de tramitación electrónica que está disponible desde la página principal de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz: https
sede.dipucadiz.es, accesible igualmente desde el portal corporativo de la Diputación Provincial de Cádiz www.dipucadiz.es o desde la Web de la Fundación:http www.
dipucadiz.es/cultura/varios/FronteraSur-2017 y se realizará a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figura en el impreso de solicitud y anexos. El Registro Electrónico proporcionará el documento de acuse de recibo de la transacción realizada, así como copia de todos los documentos presentados.
La solicitud vendrá acompañada de la documentación administrativa y técnica que se detalla en el apartado 7.3 de las presentes Bases. Cuando la documentación técnica tenga unas dimensiones que superen la capacidad disponible en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cádiz, la aportación de esos documentos se hará a través de la Web de Fronterasur www.fronterasur.es, requisito indispensable para la admisión a trámite de la solicitud. Desde esta Web se proporcionará al solicitante documento de acuse de recibo de la adecuada aportación de la documentación técnica.
Las personas físicas podrán, asimismo, dirigirse a la Presidenta de la Fundación Provincial de Cultura de la Diputación Provincial de Cádiz mediante procedimiento no electrónico, presentando el modelo establecido en el Anexo I en el Registro de la Fundación, sito en Plaza San Antonio, nº 3, CP 11003 de Cádiz en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes. Del mismo modo podrán presentarse por alguno de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este último supuesto el solicitante notificará a la Fundación dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante correo electrónico a la dirección fronterasur@dipucadiz.es, el trámite realizado.
El impreso de solicitud de subvención llevará firma autorizada del solicitante, sea persona física o jurídica, o de su representante legal, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud de la subvención sólo se entenderá completada y será admitida a trámite cuando consten en el expediente la presentación del modelo de solicitud de las presentes Bases y la aportación de la documentación administrativa y técnica requerida en el apartado 7.3 de las presentes Bases.
Los interesados deberán indicar claramente en la solicitud de subvención la autorización o denegación de autorización a la Fundación Provincial de Cultura de la Diputación Provincial de Cádiz para recabar, a través de redes corporativas, plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados a efecto, las certificaciones de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con las haciendas Estatal y Autonómica y de estar al corriente de pago con la Seguridad Social. En ausencia de oposición del interesado, la Fundación deberá recabar la documentación antes citada. Todo ello conforme a lo establecido en el artículo 28.2
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.2.- Plazo. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/5/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha15/05/2017

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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