Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/5/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 6

B.O.P. DE CADIZ NUM. 83

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de 1 Instancia e Instruccion Nº 3
Chiclana de la Frontera EDICTO
Procedimiento: Juicio sobre delitos leves 168/2016. Nº Rg.: 903/2016.
N.I.G.: 1101541P20163000722. De: FERNANDO MARIA FORJA PAJARES y MARIA ANTONIA COBO OCAÑA. Contra: FERNANDO FORJA MARTINEZ
D MERCEDES ABAD TELLEZ, LETRADA DE LAADMINISTRACION
DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.3
DE CHICLANA FRA.
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de DELITO LEVE 168/16, incoado por AMENAZAS EN AMB. FAMILIAR contra FERNANDO FORJA
MARTINEZ, actualmente en ignorado paradero, se ha dictado la presente sentencia cuya parte dispositiva dice:
FALLO: QUE DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO libremente por el delito leve y los hechos que han dado origen a las presentes actuaciones a FERNANDO
FORJA MARTINEZ, declarando de oficio las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes que no lo fueron en la vista, debiendo en el acto de notificación ser informadas de su derecho a recurrirla en apelación en ambos efectos en el término de cinco días, contados desde la notificación, recurso que se presentará ante este Juzgado, si bien deberá ir dirigido a la Ilma Audiencia Provincial de Cádiz, debiendo hacer designación en tal sede de domicilio a efectos de notificaciones.
Llévese el original al libro de sentencias, dejando en los autos copia testimoniada de la sentencia.
Así, por esta sentencia, lo acuerdo, mando y firmo, ELENA PORRAS
GARCÍA, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción num 3 de Chiclana y su partido.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a FERNANDO
FORJA MARTINEZ, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el Boletín Oficial de Cádiz, expido el presente en Chiclana fra. A 19 de abril de 2017.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA. Fdo.: María Mercedes Abad Tellez.
Nº 31.095


Juzgado de lo Social Nº 2
Cadiz EDICTO
D/D. CARMEN YOLANDA TORO VILCHEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
2 DE CADIZ, doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue Ejecución número 93/2016, dimanante de autos núm. 93/16, en materia de Ejecución de títulos judiciales, a instancias de MONICA MELERO RIVERA contra DISTRIBUIDORA JEREZANA
DE PELUQUERIAY BELLEZA S.L., CENTRO DE ESTUDIOS EN CIENCIA DE LA
BELLEZA S.L., ANTONIO GALVEZ PELUQUEROS S.L. y FOGASA, habiéndose dictado resolución cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Declarar al/a los ejecutado/s DISTRIBUIDORA JEREZANA DE
PELUQUERIA Y BELLEZA S.L., CENTRO DE ESTUDIOS EN CIENCIA DE
LA BELLEZA S.L. y ANTONIO GALVEZ PELUQUEROS S.L. en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 15.451,08 euros de principal, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes Notifíquese la presente resolución a las partes en el presente procedimiento.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en forma ANTONIO GALVEZ
PELUQUEROS S.L. cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Dado en CADIZ, a veinte de abril de dos mil diecisiete. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: Carmen Yolanda Toro Vilchez.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 31.097
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
CADIZ
EDICTO
D/D ANGEL LUIS SANCHEZ PERIÑAN, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE CADIZ.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número
5 de mayo de 2017

267/2015 a instancia de la parte actora D/D. JOSE LUIS SANCHEZ GARCIA contra FALCON CONTRATAS Y SEGURIDAD SA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia de fecha 6/3/17 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por D.
JOSÉ LUIS SÁNCHEZ GARCÍA, debiendo condenar a FALCON CONTRATAS Y
SEGURIDAD, S.A. a abonar a D. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ GARCÍA la cantidad de 4.261,00 euros, cantidad que devengará el interés de demora del art. 29.3 E.T., sin condena en costas.
Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a tal notificación, por escrito, comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.
Y para que sirva de notificación al demandado FALCON CONTRATAS
Y SEGURIDAD SA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En CADIZ, a doce de abril de dos mil diecisiete. EL/LA LETRADO/A DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: Angel Luis Sánchez Periñán.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 31.100


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
CADIZ
EDICTO
D. ANGEL LUIS SANCHEZ PERIÑAN, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE CADIZ.
HACE SABER:Que en la Ejecución seguida en este Juzgado bajo el número 255/2017 a instancia de la parte actora D. FRANCISCO GARRIDO RAMOS contra CENTRO DE ESTUDIOS EN CIENCIAS DE LA BELLEZA SL, DISTRIBUIDORA
JEREZANA DE PELUQUERIAS Y BELLEZA SL, FUTURO PELUQUEROS
ASOCIADOS SL, CENTRO FORMATIVO EN ASISTENCIA SOCIAL SL y FONDO
DE GARANTIA SALARIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto de fecha 06/04/2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia a instancias de D. FRANCISCO GARRIDO RAMOS, contra CENTRO DE ESTUDIOS EN
CIENCIAS DE LA BELLEZA S L, CENTRO FORMATIVO EN ASISTENCIA
SOCIAL SL, DISTRIBUIDORA JEREZANA DE PELUQUERIAS Y BELLEZAS
SL y FUTURO PELUQUEROS ASOCIADOS SL.
Se acuerda la extinción de la relación laboral existente entre D. FRANCISCO
GARRIDO RAMOS y la empresa DISTRIBUIDORA JEREZANA DE PELUQUERIAS
Y BELLEZAS SL, con fecha de efectos de esta resolución.
Se condena a la empresa DISTRIBUIDORA JEREZANA DE
PELUQUERIAS Y BELLEZAS SL al abono a la actora de la cantidad de 16.374,64
euros en concepto de indemnización, más 9.393,58 euros en concepto de salarios de tramitación, más 2.864,80 euros de la reclamación de cantidad, lo que resulta un total de 28.633,02 euros, y de los que responden solidariamente CENTRO DE ESTUDIOS
EN CIENCIAS DE LA BELLEZA S L, CENTRO FORMATIVO EN ASISTENCIA
SOCIAL SL, DISTRIBUIDORA JEREZANA DE PELUQUERIAS Y BELLEZAS
SL y FUTURO PELUQUEROS ASOCIADOS SL.
Procédase sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de las demandadas CENTRO DE ESTUDIOS
EN CIENCIAS DE LA BELLEZA S L, CENTRO FORMATIVO EN ASISTENCIA
SOCIAL SL, DISTRIBUIDORA JEREZANA DE PELUQUERIAS Y BELLEZAS SL
y FUTURO PELUQUEROS ASOCIADOS SL, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 28.633,02 euros en concepto de principal, más la de 3.000 euros calculadas para intereses, costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS siguientes hábiles a su notificación, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. JAVIER
SANCHEZ GARCIA, MAGISTRADO del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
1 DE CADIZ. Doy fe
Y para que sirva de notificación al demandado FUTURO PELUQUEROS
ASOCIADOS SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En CADIZ, a 10 de abril de dos mil diecisiete. EL LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Fdo.: Angel Luis Sánchez Periñán.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 31.102

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/5/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha05/05/2017

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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