Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/5/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 83

Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera ANUNCIO
Mediante Decreto de Alcaldía nº 2.189 de fecha 05 de abril de 2017, se aprobó el inicio del expediente para la adjudicación, mediante procedimiento abierto y concurso, de la concesión demanial para la instalación y explotación de carpa de masajes a instalar en la playa de La Barrosa, conforme a las estipulaciones contenidas en los Pliegos aprobados por el referido decreto.
Los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas EconómicoAdministrativas se someten al trámite de información pública mediante la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, y web municipal por plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOP en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 64
del Decreto 18/2006, de 24 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
Durante el indicado plazo, los interesados podrán personarse en las dependencias del Servicio de Contratación y Patrimonio, en horario y días hábiles, para examinar el expediente y presentar, en su caso, las alegaciones que estimen procedentes.
7/4/2017. EL TTE-ALCALDE DELEGADO DE CONTRATACIÓN Y
PATRIMONIO, Fdo. Joaquín Guerrero Bey.
Nº 28.286


AYUNTAMIENTO DE VILLALUENGA DEL ROSARIO
EDICTO
Por Resolución del Resolución de Alcaldía de fecha 09.03.2017, ha sido aprobado el ARRENDAMIENTO del bien inmueble propiedad de este Ayuntamiento y calificado como bien patrimonial, ubicado en calle Real nº 1 de esta localidad, antiguamente destinado Casino, bar-restaurante, incluido en la referencia catastral nº 6940202TF8664S0001SE, de este Municipio, mediante procedimiento abierto varios criterios de adjudicación, y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el perfil de contratante, por plazo quince días, el anuncio de licitación del contrato de enajenación del bien mencionado, para seleccionar al comprador del mismo, con sujeción a las siguientes cláusulas:
1. Entidad adjudicadora:
a Organismo. AYUNTAMIENTO DE VILLALUENGA DEL ROSARIO
b Dependencia que tramita el expediente: SECRETARÍA
c Dirección de internet del perfil de contratante: www3.dipucadiz.es/
perfiles/organismo/show/70
2. Objeto del contrato: Inmueble de 150 m2, antiguo Casino, sito en calle Real nº 1
de esta localidad.
3. Tramitación y procedimiento.
a Tramitación: ordinaria b Procedimiento: abierto, varios criterios de adjudicación.
4. Adjudicación: martes siguiente hábil a la finalización del plazo de presentación de solicitudes a las 13:00 horas en las dependencias municipales.
En Villaluenga del Rosario, a 5 de abril de 2017. El Alcalde, Fdo.: Alfonso C. Moscoso González.
Nº 29.111
Ayuntamiento de Vejer de la Frontera ANUNCIO
Por acuerdo del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera de fecha de 14/11/2016 se adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar el convenio de Delegación en materia de gestión y recaudación de expedientes sancionadores por infracción de tráfico vial urbano, entre este Ayuntamiento y la Excma. Diputación Provincial de Cádiz que se adjunta como anexo y facultar al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento para su firma y cuantos actos requiera la formalización del mismo, y con el siguiente objeto:
- La tramitación y resolución de los expedientes sancionadores de tráfico vial urbano.
- La gestión de cobro en periodo voluntario y ejecutivo de las sanciones de tráfico, con la salvedad ya citada del apremio de las mismas, que será remitido al Tesorero municipal para su firma una vez finalizado el plazo voluntario de pago.
- La resolución de todas las alegaciones y recursos en vía administrativa, derivados de los actos propios de delegación.
Dicha delegación se perfeccionará necesariamente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 21.1.n y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 84.4 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, mediante el correspondiente acuerdo de delegación del ejercicio de la potestad sancionadora por parte del Alcalde en el órgano correspondiente de la Diputación Provincial.
SEGUNDO.- El presente Convenio tendrá una vigencia de cuatro años, y se entenderá prorrogado automáticamente por periodos anuales siempre que no haya denuncia del mismo con seis meses de antelación a la finalización de la anualidad correspondiente por cualquiera de las partes.
TERCERO.- El convenio entrará en vigor a partir del día siguiente al la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia, previa aprobación del mismo por el Pleno de ambas Administraciones.
Asimismo por acuerdo de Pleno de la Excma. Diputación de Cádiz de 22
de marzo de 2017 se adoptó el siguiente acuerdo:
PUNTO 7º: PROPUESTA DE ACUERDO DE ACEPTACIÓN DE LA
DELEGACIÓN DE GESTIÓN EN MATERIA SANCIONADORA DE TRÁFICO
ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁDIZ Y EL AYUNTAMIENTO DE
VEJER DE LA FRONTERA.
Visto el acuerdo Pleno del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, adoptado
5 de mayo de 2017

en sesión ordinaria celebrada el día 14 de noviembre de 2016, en el que manifiesta la voluntad de éste de delegar a la Diputación Provincial de Cádiz la tramitación y recaudación de expedientes sancionadores de tráfico vial urbano, Visto el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, según el cual las entidades locales podrán delegar en la comunidad autónoma o en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas, las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación de sus tributos y restantes ingresos de Derecho público que les correspondan; los artículos 4.1
y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con las competencias municipales en materia de sanciones de orden público y seguridad ciudadana; el artículo 47.2.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con la aceptación de la delegación, y el artículo 9 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con las normas reguladoras de la delegación de competencias.
En virtud de lo expuesto, el Pleno de la Diputación ACUERDA:
PRIMERO.- Aceptar la delegación efectuada por el Ayuntamiento de Vejer de la Frontera a la Diputación Provincial de Cádiz y aprobar la suscripción del Convenio de colaboración en materia sancionadora de tráfico con el Ayuntamiento de Vejer de la Frontera.
SEGUNDO.- Dejar sin efecto el convenio de encomienda de gestión en materia de sanciones de tráfico suscrito entre ambas administraciones el 11 de octubre de 2002.
TERCERO.- Facultar a la Sra. Presidenta para la firma del citado convenio de delegación.
CUARTO.- Comunicar este acuerdo al Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, para que proceda a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del alcance y contenido de la delegación a esta Diputación, para general conocimiento, en los términos establecidos en en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
CONVENIO DE DELEGACION EN MATERIA DE GESTION Y
RECAUDACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES POR INFRACCIONES
DE TRÁFICO VIAL URBANO, ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA
FRONTERA Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CADIZ
REUNIDOS
En la ciudad de Cádiz, a de de 2017, y en el Palacio de la Diputación Provincial se reúnen, de una parte Dña. Irene García Macías, Presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, por delegación de firma D. Salvador Jesús Solís Trujillo, Diputado Delegado del Área de Servicios Económicos de la Diputación Provincial de Cádiz, autorizado por Decreto de la Presidencia de fecha 1 de abril de 2016 para la firma del presente convenio; y de otra, D/Dña , Alcalde Presidente/a del Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, facultado por acuerdo de su Pleno de fecha 14 de noviembre de 2016.
EXPONEN
Que el Ayuntamiento de Vejer de la Frontera y la Diputación Provincial de Cádiz tienen la intención de concertar un Convenio por el cual el primero delega a la Diputación, a través del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante SPRyGT, la gestión de expedientes sancionadores por infracciones de tráfico vial urbano cometidas en el municipio de Vejer de la Frontera, así como la recaudación voluntaria y ejecutiva de dichos expedientes.
Todo ello sin perjuicio de la competencia que asiste al Tesorero municipal para el apremio de las sanciones no recaudadas en periodo voluntario.
Dicha delegación comprenderá la confección, tramitación, notificación y resolución de los expedientes sancionadores, así como todos los actos de ejecución forzosa derivados del procedimiento de recaudación ejecutiva.
A la vista de lo anterior ambas partes, según intervienen, convienen las siguientes ESTIPULACIONES
PRIMERA.- RÉGIMEN JURÍDICO
El Ayuntamiento y la Diputación Provincial de Cádiz se acogen, suscribiendo el presente Convenio, al régimen legal establecido por:
- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y su normativa de desarrollo.
- Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONVENIO
El Ayuntamiento de Vejer de la Frontera delega a la Diputación Provincial de Cádiz, a través del SPRyGT:
- La tramitación y resolución de los expedientes sancionadores de tráfico vial urbano.
- La gestión de cobro en periodo voluntario y ejecutivo de las sanciones de tráfico, con la salvedad ya citada del apremio de las mismas, que será remitido al Tesorero municipal para su firma una vez finalizado el plazo voluntario de pago.
- La resolución de todas las alegaciones y recursos en vía administrativa, derivados de los actos propios de delegación.
Dicha delegación se perfeccionará necesariamente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 21.1.n y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 84.4 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, mediante el correspondiente acuerdo de

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/5/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha05/05/2017

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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