Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/3/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 10

B.O.P. DE CADIZ NUM. 61

se cometan en vías urbanas y no estén expresamente atribuidas a otras administraciones.
QUINTO: Delegar en la Teniente de Alcalde delegada del Área de Régimen Interior y Bienestar Social:
En materia de Régimen Interior:
1. La formalización de altas, bajas y modificaciones en el Padrón Municipal.
En materia de Formación y Empleo 2. Ayudas a la búsqueda de empleo, programas mixtos de formación y empleo con otras administraciones, escuelas taller y talleres de empleo, cursos de formación profesional ocupacional y convenios para la formación de empleo.
En materia de Fomento de Empresas:
3. Relaciones con industrias y empresas, viveros de empresa, oficina del joven emprendedor, plan de comercio.
En materia de Técnicas de Información y Comunicación:
4. Adquisición y mantenimiento del material hardware: ordenadores, impresoras, centralitas telefónicas, fax, fotocopiadoras, etc.
5. Instalación y mantenimiento de los terminales de fax y fotocopiadoras, así como de las redes de datos y de de telefonía fija de los edificios municipales; instalación y mantenimiento de las aplicaciones en los ordenadores municipales.
6. Asistencia y formación a los usuarios en el manejo de los equipos informáticos municipales y de los aplicativos de gestión municipal.
En materia de seguridad ciudadana:
7. La potestad sancionadora establecida en el artículo 16 de la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía.
SEXTO: Delegar en la Gerencia Municipal de Urbanismo el otorgamiento de concesiones y autorizaciones de uso de bienes de dominio público.
SÉPTIMO: En general, quedan así mismo delegadas en los Tenientes de Alcalde Delegados de Área, respecto del ámbito material que constituya su esfera de competencias:
1. La incoación e instrucción de toda clase de procedimientos administrativos, cuando su resolución corresponda al Pleno, Junta de Gobierno Local o Alcalde.
2. Las facultades y potestades que deban corresponder al Alcalde por aplicación de lo establecido en el epígrafe s del punto 1, del art.º 21 de la LBRL, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre.
3. Suscribir las solicitudes de subvenciones y ayudas, así como la tramitación de los documentos y certificados precisos.
4. Solicitud, tramitación, ejecución, justificación o liquidación de programas, proyectos y actuaciones subvencionadas.
OCTAVO: De conformidad con lo establecido en el art.º 115 del ROFRJEL, la delegación que se contiene en este Decreto, comprende el conocimiento, instrucción y, en su caso, resolución de las reclamaciones o recursos de toda índole y naturaleza, excepción hecha del de alzada, que se formulen o interpongan por los interesados en los procedimientos administrativos, contra los actos, definitivos o de trámite, en los supuestos previstos en las leyes dictados por los Tenientes de Alcalde en el ejercicio de las facultades que les han sido delegadas.
NOVENO: La presente resolución surtirá efecto el día de la fecha, sin perjuicio de su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a cuyo efecto se despachará, por el Secretario General testimonio de la misma, y de su aceptación, en cuanto les afecte, por aquellos a cuyo favor se efectúa alguna delegación de facultades;
todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 44.2 y 114 del ROFRJEL.
Asimismo, se dará conocimiento de esta resolución al Pleno del Ayuntamiento, en la primera sesión ordinaria que éste órgano celebre.
Fdo: EL OFICIAL MAYOR EN FUNCIONES DE SECRETARIO
GENERAL, Víctor Barbero Diéguez. Publíquese.- Fdo: EL ALCALDE, Víctor Mora Escobar.
Nº 21.607


Ayuntamiento de Chipiona EDICTO
Aprobado por la Junta de Gobierno Local en resolución el día de hoy el padrónlista cobratoria cuyo detalle abajo se especifica del año 2017 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por Ocupación de la Vía Pública con Quioscos correspondientes al ejercicio de 2017, estableciéndose el periodo voluntario desde el 05 de Junio al 31 de Octubre de 2017
Nº DE CONTRIBUYENTES 24 .TOTAL EUROS 30.670,64.- €
EXPOSICIÓN AL PÚBLICO Y RECURSOS: Simultáneamente se expone al público el mencionado padrón durante el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente al de publicación de este edicto en el B.O.P. quedando de manifiesto la documentación en el Negociado de Rentas y Exacciones.
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo se podrá interponer Recurso de Reposición en el plazo de UN MES Art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el Art. 110 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública, ante el órgano administrativo que dictó la Resolución.
El recurso deberá ser resuelto en el plazo máximo de un mes, con las excepciones de los supuestos contemplados en los apartados J y K del Art. 14 reseñado, entendiéndose desestimado cuando no haya recaído resolución expresa en plazo.
Contra la resolución del recurso podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de notificación expresa, y en el caso de ser presunta en el plazo de SEIS MESES desde que se produzca el acto presunto.
LUGAR DE PAGO: En el Servicio Provincial de Recaudación sito en Calle Miguel
31 de marzo de 2017

de Cervantes, 36 de Chipiona.
MEDIOS DE PAGO: Los establecidos en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria ADVERTENCIA: Transcurrido el periodo voluntario de pago, se iniciará el periodo ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Se satisfará el recargo de apremio del 10 por ciento hasta que haya sido notificada la providencia de apremio. Después de esta fecha, se exigirá el recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada y los intereses de demora.
Chipiona a 16 de Marzo de 2017 La Alcaldesa-Presidenta. Firmado.
Nº 21.615


Ayuntamiento de Olvera ANUNCIO
A través del presente se hace público que el Sr. Alcalde, mediante Decreto de fecha 16 de marzo de 2017, ha procedido al nombramiento de D. Ramón Núñez Núñez, como Alcalde Acctal de esta Corporación, durante la ausencia del titular, por encontrarse en viaje oficial entre los días 18 y 24 de marzo de 2017, ambos inclusive.
En Olvera, a 16 de marzo de 2017. EL ALCALDE-PRESIDENTE. Fdo./
D. Francisco Párraga Rodríguez.
Nº 21.616


Ayuntamiento de Chipiona EDICTO
Aprobado por la Junta de Gobierno Local en resolución el día de hoy el padrónlista cobratoria cuyo detalle abajo se especifica del año 2017 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por Aprovechamiento de la Vía Pública con Entradas de Vehículos a Través de las Aceras y Reservas para aparcamiento Exclusivo y Carga y Descarga VADOS, estableciéndose el periodo voluntario desde el 05 de Junio al 31 de Octubre de 2017
Nº DE CONTRIBUYENTES 2.702 .TOTAL EUROS 300.847,30.- €
EXPOSICIÓN AL PÚBLICO Y RECURSOS: Simultáneamente se expone al público el mencionado padrón durante el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente al de publicación de este edicto en el B.O.P. quedando de manifiesto la documentación en el Negociado de Rentas y Exacciones.
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo se podrá interponer Recurso de Reposición en el plazo de UN MES
Art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el Art. 110 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública, ante el órgano administrativo que dictó la Resolución.
El recurso deberá ser resuelto en el plazo máximo de un mes, con las excepciones de los supuestos contemplados en los apartados J y K del Art. 14 reseñado, entendiéndose desestimado cuando no haya recaído resolución expresa en plazo.
Contra la resolución del recurso podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de notificación expresa, y en el caso de ser presunta en el plazo de SEIS MESES desde que se produzca el acto presunto.
LUGAR DE PAGO: En el Servicio Provincial de Recaudación sito en Calle Miguel de Cervantes, 36 de Chipiona.
MEDIOS DE PAGO: Los establecidos en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria ADVERTENCIA: Transcurrido el periodo voluntario de pago, se iniciará el periodo ejecutivo, que determina el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Se satisfará el recargo de apremio del 10 por ciento hasta que haya sido notificada la providencia de apremio. Después de esta fecha, se exigirá el recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada y los intereses de demora.
Chipiona a 16 de Marzo de 2017. La Alcaldesa-Presidenta. Firma.
Nº 21.772
Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar EDICTO
SE HACE SABER: Que estarán expuestos al público los padrones y listas cobratorias correspondientes al periodo de enero a marzo de 2017, de la TASA
POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO MANCOMUNADO DE TRATAMIENTO Y
DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES EN EL MUNICIPIO DE ALGECIRAS
ZONA 2 las oficinas de la Empresa Municipal de Agua del Ayuntamiento de Algeciras, EMALGESA , sitas en la Avenida Virgen del Carmen S/N Centro Cívico de la Reconquista C.P. 11201 de Algeciras, y en la Sede de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar sita en el Parque de las Acacias, S/N, de Algeciras, de lunes a viernes, durante un periodo de quince días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, periodo durante el cual los interesados pueden examinar los referidos documentos en horario de 9:00 a 14:00 horas y presentar las alegaciones que tengan por conveniente al contenido de los mismos.
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 102.3 de la Ley 58/2003
de 17 de diciembre, General Tributaria el presente Edicto se publica igualmente para advertir que las liquidaciones de la Tasa y trimestre referenciados incluidas en los citados

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/3/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha31/03/2017

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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