Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/3/2017

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 10

B.O.P. DE CADIZ NUM. 58

o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. SR. D. DIEGO ZAFRA MATA , JUEZ del JUZGADO DE
LO SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS. Doy fe.
DECRETO.- En Algeciras, a 23 de febrero de 2017 .PARTE DISPOSITIVA.En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, ACUERDO:
Procédase al embargo de bienes de la ejecutada NORMAR MARINE
SERVICE S.L.U , por importe de 16.922,7 euros en concepto de principal, más 5.076
euros presupuestados para intereses y costas a cuyo fín requiérase a la misma para que, en el plazo de DIEZ DIAS, abone dichas cantidades o manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercirtivas periódicas. Procédase a la averiguación de bienes de la ejecutada en el Punto Neutro Judicial disponible en este Juzgado y de constar bienes, procédase al embargo en cantidad suficiente para cubrir el principal e intereses y costas presupuestadas. Se hace saber a la ejecutada que el embargos acordado podrá dejarse sin efecto si abona dichas cantidades, así como el pago podrá realizarlo igualmente por transferencia en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la cuenta que mantiene en la OP de "SANTANDER" , nº IBAN ES55-0049-3569-920005001274-, haciendo constar en el apartado " concepto" el nº 1288-0000-64-0320-16. Notifíquese la presente resolución a las partes, notifiquese a la mercantil ejecutada a través de Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia , haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, por escrito a este Juzgado, dentro del plazo de TRES DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma Dña. MARÍA CRISTINA
AZOFRA ALONSO LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al ejecutado NORMA MARINE SERVICE
SLU actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a veintitrés de febrero de dos mil diecisiete. LA LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 20.708


Juzgado de lo Social Algeciras EDICTO
D M CRISTINA AZOFRA ALONSO, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE
ALGECIRAS.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 310/2016 a instancia de la parte ejecutante CASIMIRO HIDALGO DOMENECH
contra EL FIGON DE SAN GARCIA S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO Y DECRETO de fecha 23/02/17 del tenor literal siguiente:
AUTO.- En Algeciras, a veintitrés de febrero de dos mil diecisiete.PARTE
DISPOSITIVA.-S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución solicitada por CASIMIRO
HIDALGO DOMENECH , contra EL FIGÓN DE SAN GARCÍA , por la cantidad de 6.050 euros en concepto de principal, más la de 1.815 euros calculados para intereses y costas.Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado , prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. SR. D. DIEGO
ZAFRA MATA , JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS.

28 de marzo de 2017

Doy fe.

DECRETO.- En Algeciras, a 23 de febrero de 2017 .PARTE DISPOSITIVA.En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, ACUERDO: Procédase al embargo de bienes de la ejecutada EL FIGON DE SAN GARCÍA S.L , por importe de 6.050 euros en concepto de principal, más 1.815 euros presupuestados para intereses y costas a cuyo fín requiérase a la misma para que, en el plazo de DIEZ DIAS, abone dichas cantidades o manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercirtivas periódicas. Procédase a la averiguación de bienes de la ejecutada en el Punto Neutro Judicial disponible en este Juzgado y de constar bienes, procédase al embargo en cantidad suficiente para cubrir el principal e intereses y costas presupuestadas. Se hace saber a la ejecutada que el/los embargos/s acordado/s podrá dejarse sin efecto si abona dichas cantidades, así como el pago podrá realizarlo igualmente por transferencia en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la cuenta que mantiene en la OP de "SANTANDER" , nº IBAN
ES55-0049-3569-920005001274-, haciendo constar en el apartado " concepto" el nº 1288-0000-64-0310-16. Notifíquese la presente resolución a las partes, notificando a la ejecutada , a través de Edictos , que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia , haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, por escrito a este Juzgado, dentro del plazo de TRES DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma Dña. MARÍA CRISTINA AZOFRA ALONSO LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE
ALGECIRAS. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al EJECUTADO EL FIGON DE SAN
GARCIA S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a veintitrés de febrero de dos mil diecisiete. LA LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 20.709


Juzgado de lo Social Algeciras EDICTO
D M CRISTINA AZOFRA ALONSO, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE
ALGECIRAS.
HACE SABER: Que en la ejecución seguida en este Juzgado bajo el número 120/2015 a instancia de la parte ejecutante CRISAN GHEORGHE HORIA y GABRIEL
DANUT BODAN contra GENERAL BUILDING SERVICES 2011 SL y FOGASA
sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado DECRETO DE INSOLVENCIA
PROVISIONAL de fecha 22/02/17 del tenor literal siguiente:
DECRETO.- Letrada de la Administración de Justicia D M CRISTINA
AZOFRA ALONSO. En Algeciras, a veintidós de febrero de dos mil diecisiete.PARTE
DISPOSITIVA.-Declarar a la parte ejecutada GENERAL BUILDING SERVICES 2011
S.L en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 68.033,2 euros de principal, más 20.409 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REVISIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo, Dña. ,MARÍA CRISTINA AZOFRA ALONSO , LETRADA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO
DE ALGECIRAS. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al EJECUTADO GENERAL BUILDING
SERVICES 2011 SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a veintidós de febrero de dos mil diecisiete. EL/LA
LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 20.711

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/3/2017

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha28/03/2017

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6018

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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