Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/1/2001

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 16

B.O.P. DE CADIZ NUM. 12

de La Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra la presente sentencia cabe interponer recurso de Apelación para ante la Audiencia Provincial, en el plazo de CINCO DIAS
siguientes al de su notificación, que se formalizará mediante escrito que se presentará en este Juzgado en el que se expondrán ordenadamente las alegaciones a que se refiere el artículo 795.2 de La ley de Enjuiciamiento Criminal,pudiéndose en el mismo escrito formalizador del recurso solicitarse por el recurrente la práctica de las diligencias de prueba a que se refiere el número 3 del artículo antes citado. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a JESUS ISMAEL
DEL RIO JURADO, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de CADIZ, expido la presente en La Línea de la Concepción a veintiuno de diciembre de dos mil. EL/LA SECRETARIO. Firmado.
Nº 46


JUZGADO DE 1 INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 5
ALGECIRAS
EDICTO
LA ILTMA. SRA. D. NURIA GARCÍA DE LUCAS, MAGISTRADA DEL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NUMERO CINCO DE
ALGECIRAS HACE SABER: Que en Juicio de Faltas núm. 172/00 seguido ante este Juzgado por una falta contra el orden público, se ha acordado citar a las partes para que comparezcan ante este Juzgado a la celebración del Juicio Oral que tendrá lugar el próximo día 31 de enero de 2001 a las 10.45 horas en la Sala de Audiencia de este Juzgado, en el que aparece como denunciado ALBERTO CARLOS CUSTODIO
RUIZ, actualmente en ignorado paradero, debiendo comparecer con los testigos, peritos y demás medios de prueba de que intente valerse, pudiendo comparecer asistido de abogado, apercibiéndole que de no verificarlo podrá celebrarse el juicio en su ausencia.
Y para que sirva de citación en forma a Alberto Carlos Custodio Ruiz, expido el presente en Algeciras a 28 de noviembre de 2.000. EL SECRETARIO JUDICIAL.
Firmado.
Nº 48


JUZGADO DE 1 INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 2
LA LINEA DE LA CONCEPCION
EDICTO
Procedimiento: J.FALTAS 1047/2000. N.I.G.: 11085002200002529. De:
AURELIO ALDANONDO CRUZ. Contra: MANUEL BETEGON LOPEZ.
D./DÑA. Rosa M Novoa Alconchel SECRETARIO DEL Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n 2 de La Línea de la Concepción. DOY FE Y
TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas n 1047/2000 se ha dictado la presente sentencia, que en su fallo dice: Que debo absolver y absuelvo a D. Manuel Betegón López, de los hechos que dieron lugar a este procedimiento, con declaración de las costas causadas de oficio. Conforme a lo dispuesto en el articulo 976 de la L.E.Crim., contra la presente sentencia cabe interponer recurso de Apelación para ante la Sección de la Audiencia Provincial de Cádiz en Algeciras, en el plazo de CINCO DIAS
siguientes al de su notificación, que se formalizará mediante escrito que se presentará en este Juzgado en el que se expondrán ordenadamente las alegaciones a que se refiere el articulo 795.2 de la L.E.Crim., pudiéndose en el mismo escrito formalizador del recurso solicitarse por el recurrente la práctica de las diligencias de prueba a que se refiere el número 3 del articulo antes citado.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a MANUEL BETEGON
LOPEZ, actualmente paradero desconocido, y su publicación erial Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en La Linea de la Concepción a veintiuno de diciembre de dos mil. EL/LA SECRETARIO. Firmado.
Nº 82
JUZGADO DE 1 INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
CEDULA DE CITACION
ORGANO QUE ORDENA CITAR. Juzgado 1 Instancia e Instrucción N
Tres de Jerez ASUNTO EN QUE SE ACUERDA. JUICIO EJECUTIVO N 346/1999
PROMOVIDO POR EL/LA PROCURADOR D/D MORENO MOREJON, M ISABEL EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE CAJA MADRID EN
RECLAMACIÓN DE PESETAS DE PRINCIPAL, MIS PTAS. Y PESETAS PARA
INTERESES Y COSTAS.
PERSONA QUE SE CITA. SHERRY TOYS S.L. y JOSE ANTONIO
GOMEZ CALDERON EN CONCEPTO DE PARTE EJECUTADA.
OBJETO DE LA CITACION. COMPARECER EN DICHO JUICIO PARA
OPONERSE A LA EJECUCIÓN, SI LE CONVINIERE.
PLAZO Y LUGAR EN QUE DEBE COMPARECER. EN EL DE NUEVE
DIAS; A CONTAR DE LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO, EN EL JUZGADO
REFERENCIADO.
ADVERTENCIAS LEGALES
1.- La comparecencia debe efectuarse por escrito, con firma de Letrado por medio de Procurador con poder suficiente.
2.- De no comparecer se le declarará en rebeldía procesal, continuando el juicio hasta dictarse sentencia de remate, sin más citarle ni oírle.
3.- Se le advierte que se ha procedido al embargo de sus bienes sin previo requerimiento de pago, por ignorarse su paradero.
BIENES QUE LE HAN SIDO EMBARGADOS. Puede consultarse en la Secretaría de este Juzgado la relación de bienes que le han sido embargados.
En Jerez, a quince de diciembre de dos mil. EL/LA SECRETARIO. Firmado.
Nº 110

16 de enero de 2001

JUZGADO 1 INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 7
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO
D/D MANUEL JULIO HERMOSILLA SIERRA, MAGISTRADO-JUEZ
del JUZGADO 1 INSTANCIA E INSTRUCCION NUM. SIETE DE JEREZ DE LA
FRONTERA. HAGO SABER: Que a instancia de TRANSPORTES LA PEÑA contra CONSTRUCTORES JEREZANOS S.L. COJERE, se siguen ante este Juzgado las actuaciones de Ejecutivos 198/1998, en las que recayó en el día de la fecha resolución del siguiente tenor: "Por recibido del procurador MORENO MOREJON, M ISABEL
el escrito que antecede, únase a los autos de su razón. Visto su contenido y tal como determina los artículos 1.444 y 1.460 de la L.E.C., se decreta el embargo de bienes de la parte demandada CONSTRUCTORES JEREZANOS S.L. COJERE, sin necesidad de previo requerimiento personal de pago, y cuya traba se hace recaer sobre los bienes que se detallan en el escrito presentado, librándose los despachos necesarios, que serán entregados al referido Procurador para cuidar de su diligenciado, y cítese de remate a dicha demanda por medio de EDICTO, publicándose los mismos en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial de la Provincia, ofreciéndole el término de nueve dios para que pueda comparecer en los autos y oponerse a la ejecución si le conviniera, a cuyo fin se encuentran a su disposición en este Juzgado, las copias de la demanda y documentos, y significándose que se ha trabado sin el previo requerimiento personal de pago en razón a su actual ignorado paradero; despachos que se entregarán al Procurador de la parte ejecutante. Se declaran embargados, por el orden que se indica y a resultas del presente procedimiento, los siguientes bienes, que se reputan propiedad del/de los deudor/es: 1 Saldos en cuentas corrientes, libretas de ahorros e imposiciones a plazo fijo que tenga la sociedad demandada, en las siguientes entidades: BANCO
BILBAO-VIZCAYA-ARGENTARIA, BANCO DE ANDALUCIA, CAJA SAN FERNANDO DE SEVILLA Y JEREZ, CAJA DE AHORROS DE MADRID, CAJA DE
AHORROS DE GRANADA Y BARCLAYS BANK.
Y para que conste y sirva de citación de remate a la parte demandada CONSTRUCTORES JEREZANOS S.L. COJERE en desconocido domicilio fijo e ignorado paradero, bajo los apercibimientos que contienen y se expresan en la resolución transcrita, se libra el presente.
En JEREZ DE LA FRONTERA a cinco de diciembre de dos mil. EL/LA
SECRETARIO. Firmado.
Nº 111


JUZGADO DE 1 INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO
HAGO SABER: Que en el procedimiento de J.EJECUTIVO 397/91 seguido en el Juzgado 1 Instancia e Instrucción N Uno de Jerez a instancia de CAJA SAN
FERNANDO DE SEVILLA Y JEREZ contra ALBERTO TOLEDO GUTIERREZ Y
LOURDES SANCHEZ-ARJONA SANCHEZ-ARJONA, se ha dictado sentencia con fecha 26-10-95 cuyo fallo, es como sigue: "Que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a D.
ALBERTO TOLEDO GUTIERREZ Y D LOURDES SANCHEZ-ARJONA
SANCHEZ-ARJONA y, con su producto entero y cumplido pago a la parte actora, de las responsabilidades por que se despachó ejecución, la cantidad de 1.325.615 pesetas, importe del principal, comisión e intereses pactados hasta la fecha invocada; y, además, al pago de los intereses de demora también pactados y las costas, a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente a la parte demandada. Contra esta Sentencia podrá interponerse en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo."
Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal a los demandados D.
ALBERTO TOLEDO GUTIERREZ y D LOURDES SANCHEZ-ARJONA
SANCHEZ-ARJONA que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Jerez, a veintidos de noviembre de dos mil. EL/
LA SECRETARIO. Firmado.
Nº 112

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Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/1/2001

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha16/01/2001

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones6020

Primera edición02/01/2001

Ultima edición21/06/2024

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