Diario Oficial de Extremadura del 4/5/2020
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Fuente: Diario Oficial de Extremadura
NÚMERO 84
Lunes, 4 de mayo de 2020
I
14688
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
ORDEN de 30 de abril de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
2020050065
El Real Decreto 106/2018, de 9 marzo, por el que se regula el Plan Estatal de vivienda 20182021, establece diversos programas de ayudas a actuaciones protegidas en materia de vivienda para el período cuatrienal que menciona.
El artículo 10 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, dispone que mediante Orden Ministerial del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se incorpore al Plan Estatal de vivienda 2018-2021 un nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.
El mandato contenido en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, ha sido atendido mediante la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Orden TMA/336/2020, de 9 de abril, las Comunidades Autónomas concretarán, mediante resolución o acuerdo, que será objeto de publicidad a la mayor brevedad posible, el plazo y forma de presentación de solicitudes del Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual. Según el apartado 5 de dicho precepto, corresponde a las comunidades autónomas la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas de este programa, así como la gestión del abono de las mismas una vez que se haya reconocido por dichas administraciones públicas el derecho de las personas beneficiarias a obtenerlas, dentro de las condiciones y límites establecidos en el Real Decreto-ley 11/2020, en dicha orden ministerial y en el propio Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.