Diario Oficial de Extremadura del 20/4/2020

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Fuente: Diario Oficial de Extremadura

NÚMERO 75
Lunes, 20 de abril de 2020

13886

No obstante, dada la evolución de la situación sanitaria, la Junta de Extremadura considera ineludible seguir arbitrando medidas urgentes y excepcionales, complementarias de las anteriores.
La incierta extensión de la pandemia del COVID-19 supondrá inevitablemente un impacto negativo en nuestra economía, cuya cuantificación está sometida a un elevado nivel de incertidumbre. En estas circunstancias resulta esencial procurar minimizar en lo posible el impacto social y facilitar que la actividad se recupere tan pronto como la situación sanitaria mejore. El objetivo es que estos efectos negativos sean transitorios y evitar, en última instancia, que se produzca un impacto más permanente o estructural.
Por otra parte, en una situación crítica como la actual, el ámbito de la investigación, desarrollo e innovación científica también se ha visto seriamente afectado. Las restricciones de movilidad y las medidas de cierre de centros de trabajo que ha sido necesario implantar están afectando profundamente al desarrollo de los diferentes proyectos de investigación subvencionados por la Junta de Extremadura en las entidades públicas beneficiarias. Igualmente, y por los mismos motivos, se ven afectados los programas de formación de personal investigador.
II
En primer lugar y en aras a apoyar la continuidad en la actividad productiva y el mantenimiento del empleo, en el artículo 1 del presente decreto-ley, desde la Administración autonómica se adoptan nuevas medidas en apoyo de autónomos, pymes y empresas en general, y de las entidades públicas que, en el ámbito de la investigación, desarrollan actividades de I+D+i. Y se lleva a cabo con base en las competencias determinadas por el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, que, en su artículo 9.1.7 establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de fomento del desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos de la política económica nacional. Además, el propio artículo 9.1, pero en su apartado 22 determina la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y técnica, en coordinación con el Estado y en cuanto a la coordinación de la actividad investigadora financiada con fondos públicos de la Comunidad Autónoma.
Recordemos que el artículo 5 del Decreto-ley 3/2020, de 25 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada por el COVID-19 establecía la posibilidad que fuesen dictadas reglas para efectuar las modificaciones precisas en el cumplimiento y acreditación de aquellos requisitos y condiciones previstos en las bases reguladoras y

Acerca de esta edición

Diario Oficial de Extremadura del 20/4/2020

TítuloDiario Oficial de Extremadura

PaísEspaña

Fecha20/04/2020

Nro. de páginas39

Nro. de ediciones7250

Primera edición17/01/1984

Ultima edición06/06/2024

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