Diario Oficial de Castilla - La Mancha del 10/12/2021

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Fuente: Diario Oficial de Castilla - La Mancha

AÑO XL Núm. 236

10 de diciembre de 2021

43866

mediante la recepción de las obras de urbanización por el Ayuntamiento, según lo prevenido en los artículos 135 y 136 del TRLOTAU y 181 a 185 del Reglamento de Actividad de Ejecución.
2. Serán causas de resolución del PAU, según establece el artículo 114 del Reglamento de Actividad de Ejecución:
a La muerte del urbanizador persona física, salvo que la Administración actuante acuerde la continuación del contrato con sus sucesores previa solicitud de los mismos acreditando su condición; su incapacidad sobrevenida declarada judicialmente, salvo la continuación de la persona representante en nombre y por cuenta de aquél y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad adjudicataria mediante su disolución.
b Declaración de concurso o insolvencia en cualquier procedimiento.
c El mutuo acuerdo entre la Administración actuante y la persona adjudicataria cuando no concurra causa de resolución imputable al contratista, siempre que razones de interés público hagan innecesaria o inconveniente la continuación del contrato.
d La demora en el cumplimiento del plazo total o de plazos parciales cuando, en este último caso, se aprecie imposibilidad de cumplimiento del plazo total justificando la conveniencia de evitar dilaciones innecesarias y perjudiciales para el interés público. Si el retraso no fuera imputable al urbanizador, la Administración actuante podrá conceder una prórroga por plazo igual al que se hubiere demorado el urbanizador por este motivo.
e Las variaciones en las previsiones del Programa de Actuación Urbanizadora aprobado derivadas de decisiones públicas que alteren el desarrollo de una actuación urbanizadora, cuando, por su importancia, afecten en más de un veinte por ciento el coste de las obligaciones asumidas por la persona adjudicataria; salvo que por el estado del desarrollo de la actuación, ello lesione los intereses públicos o que para la mejor satisfacción de éstos, se alcance acuerdo entre las partes afectadas que permita culminar la urbanización de la unidad de actuación.
f El incumplimiento de cualesquiera otras obligaciones esenciales del Programa de Actuación Urbanizadora.
g Aquellas que expresamente se establezcan en el Programa de Actuación Urbanizadora.
Base Undécima: Procedimiento.
1. El procedimiento de resolución de la adjudicación del Programa de Actuación Urbanizadora se ajustara al procedimiento establecido en el art. 114 del RAE.
2. El Ayuntamiento ostenta todas las prerrogativas que, en general, reconoce la Legislación Urbanística, Autonómica y Estatal, y, supletoriamente la de Contratos del Sector Público y entre ellas, las de interpretar los Convenios y Contratos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificar los términos de la adjudicación por causas imprevisibles o que no hubieran podido ser contempladas en las presentes Bases y sean de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, de conformidad con las causas, procedimiento y efectos establecidos en la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha.
Base Duodécima: Contratación obras de urbanización.
El Agente Urbanizador adjudicado contratará la ejecución material de las obras de urbanización correspondientes al ámbito de actuación, lo hará de acuerdo con las reglas establecidas por el artículo 104 del Reglamento de Actividad de la Ejecución.
Base Decimotercera: Modos de impugnación de las Bases.
Siendo estas Bases una disposición de carácter general se podrán impugnar las mismas, al amparo de lo prevenido en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre y 10 de la Ley 29/98, de 13 de julio, mediante la interposición de recurso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, una vez aprobadas, publicadas y tras su entrada en vigor.
Puertollano, 15 de octubre de 2021

El Alcalde ADOLFO MUÑIZ LORENZO

Acerca de esta edición

Diario Oficial de Castilla - La Mancha del 10/12/2021

TítuloDiario Oficial de Castilla - La Mancha

PaísEspaña

Fecha10/12/2021

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones3899

Primera edición02/01/2009

Ultima edición20/06/2024

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