Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 24/01/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.638
Salta, miércoles 24 de enero de 2024

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Domínguez -López Morillo
Fechas de publicación: 24/01/2024
OP N: SA100047473

SALTA, 22 de Enero de 2024
DECRETO Nº 55
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expediente Nº 0140044-58491/2019-0
VISTO el recurso jerárquico interpuesto por la firma AUTOLUX S.A en contra de la Resolución Nº 1073/2022 del Ministerio de Seguridad y Justicia; y, CONSIDERANDO:
Que a través de la citada resolución, se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto en contra de la Resolución Nº 772/2021, que había aplicado a la empresa mencionada una multa de pesos diez mil $ 10.000,00, por infracción a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 7273, en concordancia con lo establecido en el artículo 29 apartado I
incido d, último párrafo, del Decreto Reglamentario Nº 2097/2007;
Que, preliminarmente, cabe señalar que el aludido recurso fue presentado dentro del plazo de 10 diez días desde que la resolución recurrida fue notificada al interesado, por lo cual resulta formalmente admisible;
Que en el mismo, el impugnante reitera los fundamentos expuestos en sus presentaciones anteriores, insistiendo en que su representada no se dedica a la prestación de servicios de seguridad privada, por lo que no encuadra dentro de lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 7273;
Que de las constancias obrantes en autos surge que, en ocasión de labrarse el Acta de Infracción Nº 23/2019, se acreditó que el empleado encargado del control de ingreso y egreso de vehículos de la empresa recurrente, no poseía su credencial habilitante;
Que por su parte, del informe producido por la División Control Empresas de Seguridad Privada de la Policía de la Provincia de Salta, se constató que el vigilador antes referido se encontraban en infracción a lo dispuesto en los artículos 6º, 35 y 36 de la Ley Nº 7273 y en el artículo 27, último párrafo, del Decreto Nº 2097/2007;
Que en relación al ámbito de aplicación de dicha legislación y de su Decreto Reglamentario Nº 2097/2007, resulta oportuno destacar que refieren no solo a las empresas que se dediquen a la actividad normada en el artículo 2º, sino también a quienes, sin tener como objeto dicha actividad, cuenten con el servicio de control interno tal como lo prevé el artículo 38 de la Ley Nº 7273;
Que conforme surge del Acta de Infracción Nº 23/2019, el día 10 de marzo de 2019, se identificó al señor Héctor Ricardo Martin Henríquez, quien manifestó encontrarse realizando tareas de vigilador y sereno, sin poseer la credencial correspondiente, lo cual fue ratificado posteriormente en el descargo efectuado por la contadora publica Elizabeth D.V.
Pérez, en representación del señor Álvaro Gastón Balcarce, que obra agregado a fs. 23/24;
Que de allí, resulta incontrovertido que, en oportunidad de labrarse el acta de
Pág. N 10

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 24/01/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha24/01/2024

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones1981

Primera edición04/01/2016

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031