Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 19/10/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.334
Salta, miércoles 19 de octubre de 2022

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

disciplinario que la administración tiene sobre sus agentes, constituye una manifestación de su propia y específica actividad que se orienta a satisfacer el bien común, regulada por normas de derecho administrativo, sea en sus aspectos sustanciales como procesales. En tal sentido, el fundamento del ius puniendi, en materia de empleo público, no es otro que una particular manifestación del poder de la administración pública para lograr la ejecución y el cumplimiento del contrato administrativo de función o empleos públicos, pues no hay que olvidar que, en definitiva, la potestad disciplinaria es un complemento de la potestad imperativa o de mando Fiorini, Bartolomé A., Derecho Administrativo, Abeledo Perrot, 1976, pág. 846; Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, Abeledo Perrot, 1994, Tomo lll-B, pág. 417 conf. CJS, Tomo 234:751/764;
Que en virtud de lo establecido en el artículo 8º, inciso a, apartado 5, de la Ley Nº 6831, se ha dado la intervención pertinente a Fiscalía de Estado conf. Dictamen Nº 162/2022, quien concluyó que correspondería aplicar la correspondiente sanción expulsiva;
Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82, inciso d, de la Ley Nº 5639 - Orgánica del Servicio Penitenciarioy en el artículo 1º, Letra D, segundo párrafo del Decreto Nº 360/1970, la sanción de baja debe ser dispuesta por Decreto del Poder Ejecutivo;
Por ello, en uso de las potestades conferidas en el artículo 144, inciso 2, de la Constitución Provincial, y en las competencias atribuidas en el artículo 2º de la Ley Nº 8171
modificada por su similar Nº 8274, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la baja del agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, Alberto Nicolás Pino, D.N.I. Nº 35.097.722, Legajo Personal Nº 3489, de conformidad con lo establecido en el artículo 82, inciso d, de la Ley Nº 5639 y en el artículo 1º, Letra D, segundo párrafo del Decreto Nº 360/1970 -Régimen Disciplinario para el Personal Penitenciario de la Provincia de Salta-, por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 1º, Letra I, del mismo decreto, dejándose establecido que la medida disciplinaria se configura para todos los efectos legales y administrativos desde el día 21 de diciembre de 2021, conforme a los fundamentos expresados en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Cornejo - López Morillo Fechas de publicación: 19/10/2022
OP N: SA100043193

SALTA, 14 de Octubre de 2022
DECRETO Nº 884
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expediente Nº 0140050-229398/2014- Cde. 3 y adjuntos.VISTO el pedido formulado por el ex agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, señor Jonatan Bernardo Leaños, quien solicita Perdón Administrativo y su consecuente reincorporación a la citada institución; y, CONSIDERANDO:

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 19/10/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha19/10/2022

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones2006

Primera edición04/01/2016

Ultima edición14/06/2024

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