Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 10/09/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.070
Salta, viernes 10 de septiembre de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

6.831, se ha dado la intervención pertinente a Fiscalía de Estado conf. Dictamen Nº 332/2015, quien concluyó que correspondería aplicar la correspondiente sanción expulsiva;
Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82, inciso d, de la Ley Nº 5.639 Orgánica del Servicio Penitenciarioy en el artículo 1º, Letra D, segundo párrafo del Decreto Nº 360/1970, la sanción de baja debe ser dispuesta por Decreto del Poder Ejecutivo;
Por ello, en uso de las potestades conferidas en el artículo 144, inciso 2, de la Constitución Provincial, y en las competencias atribuidas en el artículo 2º de la Ley Nº 8.171, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la baja del agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, Cabo SERGIO MAXIMILIANO LÓPEZ, DNI Nº 31.440.334, Clase 1985, Legajo Personal Nº 2983, de conformidad con lo establecido en el artículo 82, inciso d, de la Ley Nº 5.639 y en el artículo 1º, Letra D, segundo párrafo del Decreto Nº 360/1970 - Régimen Disciplinario para el Personal Penitenciario de la Provincia de Salta-, por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 1º, Letra I, del mismo Decreto, dejándose establecido que la medida disciplinaria se configura para todos los efectos legales y administrativos desde el día 11 de noviembre de 2014, conforme a los fundamentos expresados en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Pulleiro - Villada I
Fechas de publicación: 10/09/2021
OP N: SA100039113

SALTA, 02 de Septiembre de 2021
DECRETO Nº 735
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Expediente Nº 01-207600/2016 y agregados.
VISTO el Recurso Jerárquico interpuesto por el señor Pedro Guillermo Barboza, en contra de la Resolución Nº 707/2020 del Ministerio de Seguridad; y, CONSIDERANDO:
Que por conducto de la misma, se rechazó el Recurso de Revocatoria interpuesto por el impugnante -Personal Retirado de la Policía de la Provinciacontra la Resolución Nº 536/2017 del entonces Ministerio de Seguridad, mediante la cual se denegaba por improcedente la petición constitutiva presentada por el señor Barboza;
Que el recurso bajo análisis fue interpuesto conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y dentro de los diez hábiles previstos por el artículo 180 de la Ley Nº 5.348 -Ley de Procedimientos Administrativos para la Provincia de Salta, resultando formalmente admisible, por lo que corresponde su tratamiento;
Que la recurrente solicitaba el traspaso de los haberes no remunerativos a remunerativos, bajo los códigos 591 Adicional de Adquisición y/o Conservación de Indumentaria, 628 Adicional no remunerativo Acuerdo 2.010 y 594 Compensación por Recargo de Servicio;

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 10/09/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha10/09/2021

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones2006

Primera edición04/01/2016

Ultima edición14/06/2024

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