Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 06/02/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.680 - Salta, jueves 6 de febrero de 2020

ARTÍCULO 1º.- ACEPTAR la renuncia del Sr. Pablo Agustín Salgueiro, D.N.I. Nº 36.319.687 a la planta de la Dirección General Delegación de Turismo en Casa de Salta, con agrupamiento A, subgrupo 02 a partir del 23 de diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Peña Fechas de publicación: 06/02/2020
OP N: SA100034628

RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS
SALTA, 02 de Diciembre de 2019
RESOLUCIÓN Nº 690
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125-125.633/2018 Cpde. 29 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 3 de la obra INFRAESTRUCTURA SOCIAL
COMUNITARIA EN RIVADAVIA - MORILLO ILUMINACIÓN, CAMINERÍA, VEREDA, VARIOS EN
PREDIO FFCC Y PREDIO TANQUE DE AGUA, ÁREA JUEGOS DE NIÑOS, ÁREA JUEGOS DE LA
SALUD, PLAYÓN DEPORTIVO CUBIERTO - PROVINCIA DE SALTA; y, CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 364/2018 de esta Secretaría de Obras Públicas a la empresa CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L., por la suma de $ 10.879.602,51 PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE
MIL SEISCIENTOS DOS CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS IVA incluido, a valores correspondientes al mes de julio de 2018;
Que por Resolución Nº 398/2019 de esta Secretaría de Obras Públicas, se aprobó el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 por la suma de $ 12.737.540,56 PESOS DOCE
MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA CON CINCUENTA Y
SEIS CENTAVOS, IVA incluido, a valores correspondientes al mes de diciembre de 2018;
Que el Inspector de Obra de esta Secretaría de Obras Públicas, consideró cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2003 para dar curso a la solicitud de redeterminación;
Que la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación artículo 3º Decreto Nº 3.721/2013;
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e del Decreto Nº 1.170/2003, modificado por Decreto Nº 3.721/2013, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% CINCO POR CIENTO del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que la Unidad Central de Contrataciones, constató la existencia de una variación equivalente al 7,13 % SIETE CON TRECE CENTÉSIMAS POR CIENTO del valor del contrato en perjuicio de la contratista y redeterminó el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de marzo de 2019;

Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

Pág. N 14

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 06/02/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha06/02/2020

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones2010

Primera edición04/01/2016

Ultima edición25/06/2024

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