Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 17/11/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.147 - Salta, Viernes 17 de Noviembre de 2.017

partir de la fecha de entrega efectiva de la unidad a sus adjudicatarios tenedores". En Idéntico sentido, la Resolución Reglamentaria Nº 353/01- Artículo 1º- Inc. a, establece como requisito indispensable para la aprobación de transferencias de viviendas construidas por este Organismo el de: "Haber transcurrido 3 tres años desde la entrega efectiva del inmueble por parte del IPDUV al cedente." Téngase presente que ambas partes cedente y cesionarios, celebraron el contrato con conocimiento de las citadas normativas; prueba de ello lo constituye la cláusula primera del Instrumento de la Cesión, que expresa el CESIONARIO declara en este acto conocer y aceptar el Plan de Vivienda I.P.V., cada uno de sus contratos, cláusulas y condiciones De igual manera, ambas partes tuvieron a su disposición la Reglamentación precitada, y los formularios de requisitos que gratuitamente se entregan, los que pudieron y debieron ser consultados por los interesados con carácter previo a realizar cualquier operación sobre la vivienda que ambos conocían como de propiedad de este INSTITUTO. Por todo lo expuesto y en aplicación de las disposiciones contenidas en los Arts. 5º- Inc. a de la Resolución Reglamentaria Nº 032/10; 1º- Inc. a de la Resolución Reglamentaria Nº 353/01; Arts. 95º y 93º- inc. c de la Ley Nº 5.348/78, y la Cláusula Cuarta del Acta de Tenencia Precaria de la vivienda, aconsejo, salvo vuestro mejor criterio, el dictado de Acto Administrativo disponiendo lo siguiente: 1.- Dejar sin efecto la adjudicación otorgada a la Sra. Mercedes Eugenia Aguilera, sobre la unidad habitacional identificada en la referencia. 2. - Declarar INOPONIBLE la Cesión de Derechos y Acciones celebrada entre los Sres. Mercedes Eugenia Aguilera como Cedente y Cristian Federico Escalante como Cesionario, en virtud de las normas jurídicas precitadas. 3.- En caso de considerarse Vacante la unidad en cuestión, la misma se encontrará disponible para éste Organismo, teniendo en cuenta el grupo familiar que habita la vivienda. Sin más que agregar, saludo a Ud. atentamente. Dra. Ana Virginia Barrero. Asesoría Jurídica. Instituto Provincial de Vivienda.
Asesoría Juridica, de noviembre de 2.017. Públiquese por el término de tres 3 días en el Boletín Oficial de la Provincia.- Firmado: Dr. José Hubaide - Jefe de Asesoría Jurídica Notarial - Instituto Provincial de Vivienda.
Dr. José Hubaide, JEFE ASESORÍA JURÍDICA NOTARIAL
Valor al cobro: 0002 - 00007488
Fechas de publicación: 15/11/2017, 16/11/2017, 17/11/2017
Importe: $ 2,358.00
OP N: 100063307

AVISOS ADMINISTRATIVOS
MINISTERIO PÚBLICO DE SALTA
EXPTE Nº 130-17.481/16 PRÓRROGA DE CONTRATACIÓN
ONLINE

DE SERVICIO DE BIBLIOTECA

Compras y Contrataciones del Ministerio Público de Salta, hace saber, que mediante Expte.
Nº 130-17.481/16, se tramitó la contratación de servicio de consulta legal. En fecha 06/11/17, el Colegio de Gobierno mediante Resolución Nº 16.073/17, ha dispuesto:
1 AUTORIZAR la prórroga de la contratación del servicio de biblioteca jurídica online y la
Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7.850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 17/11/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaísArgentina

Fecha17/11/2017

Nro. de páginas62

Nro. de ediciones1992

Primera edición04/01/2016

Ultima edición27/05/2024

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