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Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 24/12/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia
BOP de Palencia
Jueves, 24 de diciembre de 2020 - Núm. 155
Administración Provincial DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA
ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES
A N U N C I O
Con fecha 17-12-2020 se ha dictado por la Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia la siguiente resolución:
Visto el expediente de referencia y teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Visto que el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA de fecha 21/02/2020 se publicó la Convocatoria de ayudas de carácter individual para favorecer la autonomía personal de personas dependientes, mayores o con discapacidad, año 2020.- BDNS: 496761, dotada con una cuantía inicial de 70.000,00 euros, aprobada su ampliación presupuestaria por cuantía de 25.000,00 euros, publicada en el l BOLETÍN OFICIAL DE LA
PROVINCIA de fecha 16-12-2020, con cargo a la partida presupuestaria 43.23115.798.01.038 del vigente Presupuesto.
Vista la propuesta realizada por la Comisión Informativa de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad en sesión celebrada en fecha 06/12/2020.
Vistos los artículos 23, 24, 25 y 26 la Ley 38/2003, de 21 de noviembre General de Subvenciones, artículos 16, 17 y 18 Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Palencia, Bases de Ejecución del Presupuesto y demás disposiciones de aplicación e informes, RESUELVO:
Primero.- Disponer del gasto por importe de 64.569,66 euros con cargo a la partida 43.23115.78901.038 y en consecuencia conceder las correspondientes subvenciones a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo I que se incorpora al presente Decreto, en las cuantías que se especifican y denegar las solicitudes de la entidades relacionadas en el Anexo II pro los motivos que se especifican, así como tener por desistidas la solicitudes de subvención que se relacionan en el Anexo III.
Segundo.- El pago de las subvenciones se efectuará mediante transferencia bancaria a favor de las entidades beneficiarias según lo dispuesto en la base trece de la convocatoria.
Firmado electrónicamente. Puede consultar su autenticidad en:
http csv.diputaciondepalencia.es Código de Verificación Electrónica CSV: 323Z1B00690Y3P5X03W5
Tercero.- La justificación de las subvenciones se realizará según lo dispuesto en la base trece de la convocatoria.
Cuarto.- Los beneficiarios de las subvenciones están obligados al cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases que rigen esta convocatoria y en la Ordenanza General de Subvenciones.
Quinto.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con lo que se entenderá notificada a los interesados de acuerdo con lo establecido en el art. 45.1b de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Ilma. Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia de conformidad con los arts. 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palencia en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palencia, 18 de diciembre de 2020.- El Secretario General, Juan José Villalba Casas.
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