Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 08/05/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
Viernes, 8 de mayo de 2020 - Núm. 56

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Administración Provincial DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA

SERVICIO DE INFORMÁTICA

A N U N C I O

RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES 2020 A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE PALENCIA PARA LA
RENOVACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO PARA SU GESTIÓN MUNICIPAL
Por Decreto de la Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia de fecha 4 de mayo de 2020, se ha dictado la siguiente resolución:
Visto el expediente de referencia y teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Visto que en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA Nº 19 de fecha 12 de febrero de 2020 se publicó la Convocatoria pública 2020 de subvenciones a los Ayuntamientos de la provincia de Palencia para la renovación y/o actualización de equipamiento informático para su gestión municipal.- BDNS: 495306, dotada con una cuantía inicial de 80.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria 14.49102.762/9.C del vigente Presupuesto.
Vista la propuesta realizada por la Comisión Informativa de Personal y Régimen Interior en sesión celebrada en fecha 24 de abril de 2020 en virtud de la competencia asignada en la Base 8 de la convocatoria.
Considerando que el plazo de presentación de solicitudes había finalizado antes de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y que la continuación del procedimiento administrativo se considera indispensable para el cumplimiento de los fines de la convocatoria, toda vez que a su interés municipal y económico se une la necesidad de evitar a los interesados los perjuicios que podrían derivarse en caso de mantenerse la suspensión.
Vistos los artículos 23, 24, 25 y 26 la Ley 38/2003, de 21 de noviembre General de Subvenciones, artículos 16, 17 y 18
Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Palencia, Bases de Ejecución del Presupuesto y demás disposiciones de aplicación e informes, R E S U E LVO :

Primero.- De conformidad con lo previsto en el apartado cuarto de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, aprobar la continuación del procedimiento administrativo iniciado.

Firmado electrónicamente. Puede consultar su autenticidad en:
http csv.diputaciondepalencia.es Código de Verificación Electrónica CSV: 3H6Q0M0W1K666E1M0A90

Segundo.- Disponer del gasto por importe de 73.019,46 € con cargo a la partida 14.49102.762/9.C y en consecuencia conceder las correspondientes subvenciones a los ayuntamientos que se relacionan en el Anexo I Relación de beneficiarios de subvenciones concedidas que se incorpora el presente Decreto, en las cuantías que se especifican.
Tercero.- El pago de las subvenciones se efectuará mediante transferencia bancaria a favor de las entidades beneficiarias según lo dispuesto en la base 14 de la convocatoria.
Cuarto.- La justificación de las subvenciones se realizará según lo dispuesto en la base 13 de la convocatoria. El plazo para la rendición de la justificación de subvenciones será el 30 de octubre de 2020. Si la justificación de la inversión fuera inferior, la subvención otorgada se verá reducida en idéntica proporción.
Quinto.- Las entidades beneficiarias de las subvenciones están obligadas al cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases que rigen esta convocatoria, especialmente en la base 12, y en la Ordenanza General de Subvenciones.
Sexto. El equipamiento informático objeto de la subvención deberá ajustarse a la actuación solicitada. No se puede cambiar un elemento de una tipología solicitado por otro de tipología distinta salvo una impresora por un equipo multifunción; en caso contrario se podrá revocar o minorar la subvención dependiendo del equipamiento final justificado.
Séptimo.- El equipamiento informático subvencionado se incluirá en el inventario de bienes de la entidad beneficiaria.
Octavo.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con lo que se entenderá notificada a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el art. 45.1.b de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al levantamiento del estado de alarma, ante la Ilma.
Sra. Presidenta de la Diputación de Palencia de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al levantamiento del estado de alarma, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palencia, 5 de mayo de 2020.- El Secretario General, Juan José Villalba Casas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 08/05/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha08/05/2020

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones3228

Primera edición02/01/2003

Ultima edición19/11/2023

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