Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 25/05/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

BOP de Palencia
Miércoles, 25 de mayo de 2016 Núm. 62

Administración Autonómica JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias

RESOLUCIÓN DE 18 DE MAYO DE 2016 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA E
INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS, POR LA QUE SE PROCEDE A CONVOCAR EDICTALMENTE AL LEVANTAMIENTO
DE LAS ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN DE DETERMINADOS BIENES Y DERECHOS PERTENECIENTES A LOS
TÉRMINOS MUNICIPALES DE CASTREJÓN DE LA PEÑA Y SANTIBÁÑEZ DE LA PEÑA, AFECTADOS POR LAS
OBRAS DEL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL TRAMO 39-53 DE LA LÍNEA AÉREA DE TRANSPORTE DE
ENERGÍA ELÉCTRICA A 400 KV SIMPLE CIRCUITO VELILLA-AGUAYO PALENCIA.

Por acuerdo de la Junta de Castilla y León 82/2004, de 24 de junio, se declaró la utilidad pública e interés general de las obras y mejoras a realizar en la Zona Regable del Río Valdavia, estableciéndose que dichas obras deberán estar incluidas en el correspondiente Plan de Mejoras Territoriales y Obras y que podrán llevarse a cabo de acuerdo lo establecido en el título V de la Ley 14/90 de Concentración Parcelaria de Castilla y León.
Con fecha 28 de julio de 2004 BOCYL 13-08-2004, se aprobó el Plan de Mejoras Territoriales y Obras de la zona de Concentración Parcelaria de la zona regable del Río Valdavia. Estas obras, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Concentración Parcelaria de Castilla y León de 28 de noviembre de 1990, quedan clasificadas de Interés General, grupo a del artículo 77 de dicha Ley, por lo que de acuerdo con el artículo 82 de la misma deberán ser sufragadas íntegramente con cargo a los Presupuestos de la Administración.
Con posterioridad a la aprobación del Plan de Mejoras Territoriales y Obras, y derivada de la ejecución de las obras de la Presa Arroyo Villafría y Arroyo las Cuevas contempladas en el citado Plan, ha surgido la necesidad de modificar la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kv simple circuito Velilla-Aguayo Palencia entre los apoyos 39 a 53 de la misma, toda vez que con motivo de la ejecución de las citadas presas, resulta inevitable el proceder a un nuevo trazado de la citada línea eléctrica entre los mencionados apoyos. Por ello, a instancia de esta Dirección General y por sendas Resoluciones de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo de fecha 16 de noviembre de 2012 se ha autorizado a Red Eléctrica de España S.A., a instancia de esta Dirección General, la modificación de la citada línea entre los mencionados apoyos y aprobado el proyecto de construcción al efecto. Asimismo, por Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería de fecha 10 de mayo de 2016, y al amparo de lo previsto en el artículo 75 de la Ley 14/1990, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, se ha acordado el inicio del citado expediente expropiatorio.
Las afecciones originadas por la ejecución del citado proyecto se concretan de la siguiente manera:
1º- Expropiación en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir o en su caso ocupar, las instalaciones y/o elementos fijos en superficie contenidos en el citado proyecto, entre los cuales cabe destacar tales como apoyos eléctricos.
2º- Para la imposición de servidumbre de vuelo de línea eléctrica:
Imposición de servidumbre permanente a lo largo del trazado de la conducción con una anchura variable según se especifica tanto en los planos parcelarios como en la relación de bienes y derechos afectados. Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio:
Prohibición de plantar árboles o arbustos, realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones.
Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.
Ocupación temporal de los terrenos necesarios de cada una de las fincas, en la franja contemplada tanto en la relación de bienes y derechos afectados como en los planos parcelarios de expropiación, por un período coincidente con el plazo de ejecución de la obra haciendo desaparecer temporalmente todo obstáculo y ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 25/05/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha25/05/2016

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones3364

Primera edición02/01/2003

Ultima edición16/05/2024

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