Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 14/03/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

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14 de marzo de 2003
turísticos, atracción de visitantes y repercusión provincial, regional o nacional.
Segunda. - Aplicación presupuestaria.

La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de 12.000 euros, consignada en la partida 537510242601 del presupuesto vigente.
Tercera. - Beneficiarios.

Podrán solicitar estas ayudas a los Ayuntamientos de la provincia de Palencia incluyendo la programación de sus Juntas Vecinales con menos de 10.000 habitantes.
Será requisito necesario para concursar haber justificado, en su caso, la subvención del año anterior.

Globalidad anual de 1 a 10 puntos.
Incentivos a la participación que contenga el proyecto de 1 a 10 puntos.
1. - Quedan excluidas las actividades culturales que se desarrollen durante las fiestas locales.
2. - No se subvencionarán gastos de alojamiento, restaurante, regalos, comidas o atenciones protocolarias, viajes o gastos de desplazamiento.
Palencia, 7 de marzo de 2003. - El Secretario General, José Luis Abia Abia.
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Cuarta. - Documentación.

A las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación, de acuerdo con el modelo que aparece en el Anexo I:

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA

S ECRETARÍA G ENERAL

a Fotocopia del Documento de Identificación Fiscal del Ayuntamiento solicitante.
b Informe detallado del Ayuntamiento de las actividades para las que solicita subvención, al que se incorporará un presupuesto de ingresos y gastos y fechas aproximadas de ejecución.
c Memoria de actividades del año anterior.

Patronato Provincial de Turismo

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CENTROS DE
INICATIVAS TURÍSTICAS Y OFICINAS MUNICIPALES DE
INFORMACIÓN TURÍSTICA

d Declaración, en su caso, de subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin por otras Entidades públicas o privadas.
Los solicitantes deberán presentar la documentación que estime pertinente a efectos de aplicar los criterios de valoración elaborados en la base quinta.
Quinta. - Criterios de valoración.

Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de ayudas, se valorará preferentemente:
a Cualidades del programa y su relación de incidencia en el sector turístico de la localidad y su población.
b Contribución de la mejora de la promoción turística de la localidad y la provincia.
c Importancia destacada y definida de la fiesta declarada de interés turístico comarcal, provincial y regional.
Para tal fin una vez concluido el plazo de presentación de las solicitudes, previo a los trámites oportunos se resolverán todas las solicitudes por una comisión de valoración, que resolverá en el plazo máximo de un mes, desde la finalización de presentación, comunicando posteriormente la ayuda otorgada.
Se podrán estimar las solicitudes a las que se haya otorgado mayor valoración siempre que reúnan los requisitos, hasta que se extinga el crédito presupuestado disponible.
Sobre la base de los principios de transparencia y objetividad para la concesión de las ayudas se tendrán en cuenta para cada grupo los siguientes criterios:
Programación turística presentada.. de 1 a 10 puntos.
Ámbito territorial de 1 a 10 puntos.

AÑO 2003

B A S E S
Primera. - Objeto de la convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2003 subvenciones a Centros de Iniciativas Turísticas y Oficinas de Información Turísticas, destinadas a la realización de actividades de promoción turística en su respectivo ámbito territorial o provincial.
Segunda. - Aplicación presupuestaria.

La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de 22.000 euros, con cargo a la partida 537510248901 y 12.000 euros con cargo a la partida 537510246201 del presupuesto vigente.
Tercera. - Beneficiarios.

Podrán solicitarlas todos los Centros de Iniciativas Turísticas de la Provincia y los Ayuntamientos propietarios de Oficinas de Turismo en la Provincia.
Serán objeto de subvención las actividades y actuaciones destinadas a promoción turística de la localidad y la provincia, en los puntos de información turística, fundamentalmente para la atención al turista en Oficinas de Turismo dependientes de los CITs o de los Ayuntamientos.
Será requisito necesario para concursar haber justificado, en su caso, la subvención del año anterior.
Cuarta. - Documentación.

A las solicitudes deberá acompañarse la siguiente documentación de acuerdo con el modelo que aparece en el Anexo I:

Referentes a la calidad del proyecto:

a Memoria de la actividad realizada para tal fin aprobada por el organismo competente bien sea CIT o Ayuntamiento.

Carácter permanente, y no ocasional de las actividades programadas de 1 a 10 puntos.

b Informe detallado de las actividades para las que solicita la subvención, al que se incorpora un presu-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 14/03/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha14/03/2003

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones3228

Primera edición02/01/2003

Ultima edición19/11/2023

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