Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 08/01/2003

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia

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8 de enero de 2003
Esta es la resolución que propone el Secretario Judicial de este Juzgado a la llma. Sra. D María del Amparo Rodríguez Riquelme, Magistrada-Juez de lo Social número uno. - Doy fe. - Conforme: Ilma. Sra. Magistrada. - El Secretario judicial.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Jardín y Habana de Hostelería, S. L., en ignorado paradero; expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia. - En Palencia, a dieciséis de diciembre de dos mil dos.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. - El Secretario judicial, Mariano Ruiz Pariente.
4879

Esta es la resolución que propone el Secretario Judicial de este Juzgado a la Ilma. Sra. D María del Amparo Rodríguez Riquelme, Magistrada - Juez del mismo.Conforme: La Magistrada-Juez. - El Secretario judicial.
Y para que conste y sirva de notificación en legal forma a la empresa ejecutada Ignacio Sánchez Garrido, en ignorado paradero, expido y firmo la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia. - En Palencia, a diecinueve de diciembre de dos mil dos. - El Secretario judicial, Mariano Ruiz Pariente.
4951

JUZGADO DE LO SOCIAL. - PALENCIA NÚM. 2
E D I C T O

JUZGADO DE LO SOCIAL. - PALENCIA NÚM. 1
E D I C T O

Cédula de notificación
Don Mariano Ruiz Pariente, Secretario judicial del Juzgado de lo Social número uno de Palencia.
Que en el procedimiento Ejecución 365/2002-E, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D M Paz Puebla Plaza, contra la empresa Ignacio Sánchez Garrido, sobre Ordinario, se ha dictado la siguiente:

Don Gabriel García Tezanos, Secretario del Juzgado de lo Social número dos de los de Palencia y su provincia.
DOY FE: Que en la Ejecución de sentencia tramitada en este Juzgado bajo el núm. 370/2002, se ha dictado el siguiente:
AUTO. - En Palencia, a diecinueve de diciembre de dos mil dos. - Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón; y Hechos
A Registrar la ejecución entre las de su clase y año con el número que le corresponda.

1º - Que el presente procedimiento, seguido a instancia de Ángel Fernández Rodríguez y dos más, frente a Ignacio Sánchez Garrido, se dictó sentencia, condenando a la demandada al abono de las cantidades que se indican en dicha resolución.

B Proceder a la ejecución solicitada indicada en los hechos de esta resolución, por importe de un principal de 2.527,20 euros, más 252,72 euros de intereses y 252,72 euros para costas que se fijan provisionalmente.

2º - Que siendo firme referida resolución, por la parte actora se solicitó la ejecución de la misma por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha satisfecho el importe de la cantidad líquida y determinada, objeto de la condena.

Parte dispositiva
En atención a lo expuesto se acuerda:

C Requerir a la ejecutada a fin de que cumpla inmediatamente su obligación de pago, ingresando la cantidad reclamada en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado en el BBVA con el número 3439000069036502.
D Trabar el embargo en bienes de la demandada en cantidad suficiente para cubrir las sumas reclamadas, tramitándose en este Juzgado la ejecución número 195/02-AN, frente a idéntica ejecutada y en reclamación de cantidad líquida y determinada, quede la presente ejecución a las resultas del incidente de acumulación que en la referida ejecución se promueve de oficio con esta fecha.
E Advertir y requerir a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos núms. 4
y 5.
F Advertir a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremio pecuniarios de hasta 300,51 euros, por cada día que se retrase.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Razonamientos Jurídicos ÚNICO: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 235 de la Ley de Procedimiento Laboral, y siendo firme la resolución recaída en estos autos, procede despachar la ejecución instada.
Parte dispositiva En atención a lo expuesto, S. S dijo: Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en el presente procedimiento a cuyo fin, requiérase al ejecutado para que en el plazo de diez días, consigne la cantidad de 12.252,31 euros de principal, más otros 3.000 euros, que sin perjuicio se calcula provisionalmente para intereses y gastos, y si no lo verifica se procederá al embargo de bienes en cantidad suficiente a cubrir dichas sumas, dándose comisión para la diligencia de embargo a practicar a un Agente de este Juzgado, asistido de la Secretaria o funcionario habilitado, así como para solicitar el auxilio de las Fuerzas del Orden Público, si fuere preciso, sirviendo esta resolución de mandamiento en forma a la Comisión Ejecutiva de este Juzgado, guardándose en la traba el orden y limitaciones legales y depositando lo que se embargue con arreglo a derecho.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado, en el plazo de tres días hábiles.
Así por este Auto lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. D María José Renedo Juárez, Magistrada-Juez del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 08/01/2003

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Palencia

PaísEspaña

Fecha08/01/2003

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones3228

Primera edición02/01/2003

Ultima edición19/11/2023

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