Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 9/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

12320

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 109, miércoles 9 de septiembre de 2020

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
370146224
Procedimiento: despidos/ceses en general.
Nº procedimiento: 0000938/2019.
NIG: 3803844420190007780.
Materia: despido.
IUP: TS2019037032.
Demandante: Pedro Víctor Castilla Cuba.
Demandado: MGA Tenerife Construye, S.L.; FOGASA.
Abogado: Juliet Elisa Plasencia Allright; Abogacía del Estado de FOGASA Santa Cruz de Tnf.
Procurador: ---.
Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Letrado de la Administración de Justicia de este Juzgado de lo Social nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber:
que en el procedimiento nº 0000938/2019 en materia de despido a instancia de D./Dña. Pedro Víctor Castilla Cubas, contra MGA Tenerife Construye, S.L. y FOGASA, por su S.S. se ha dictado Sentencia, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda de despido y reclamación de cantidad formulada por D. Pedro Víctor Castilla Cubas frente a la empresa MGA Tenerife Construye, S.L., debo declarar y declaro que el despido del trabajador efectuado el 04/09/2019 es improcedente.
Asimismo debo condenar y condeno, a la parte demandada a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia y sin esperar a su firmeza, opte, poniéndolo en conocimiento de este Juzgado, entre indemnizar al demandante en la cantidad de 1.430,22 euros, teniéndose por extinguida la relación laboral a la fecha del despido sin abono de salarios de tramitación; o bien por la readmisión, con abono de una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir, a razón de 47,28 euros/
día, desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente sentencia o hasta que el demandante hubiere encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a esta sentencia y se probase por la parte demandada lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.
De optarse por la readmisión la demandada deberá comunicar a la parte actora dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia, la fecha de su reincorporación al trabajo, para efectuarla en un plazo no inferior a los tres días siguientes al de la recepción del escrito, siendo de cargo de la empresa
condenada el abono de los salarios desde la notificación de la sentencia hasta la efectiva readmisión, salvo que esta no se produzca por causa imputable a la parte trabajadora.
Condenando al demandado a abonar al actor la cantidad de 3.655,98 euros, más el interés del 10%
de la mora patronal.
Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, debiendo anunciarlo en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta sentencia, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 194 y ss. de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en la CC del Banco Santander al nº IBAN
ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y al concepto 3794/0000/65/0938/19 o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe.
Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 € en la misma cuenta del referido banco, presentando el resguardo correspondiente a este último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
Así por esta, mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a MGA Tenerife Construye, S.L. en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 27 de agosto de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 10 DE
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
370246226
Procedimiento: despidos/ceses en general.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 9/9/2020

TítuloBoletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

PaísEspaña

Fecha09/09/2020

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones5562

Primera edición01/01/1992

Ultima edición22/05/2024

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