Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 4/5/2020
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife
5848
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 54, lunes 4 de mayo de 2020
ocho más, los interesados a que se refiere el artículo 170.1 del mismo texto refundido podrán presentar reclamaciones al expediente que se encuentra en la Intervención de Fondos Municipal.
Villa de Breña Baja, a 28 de abril de 2020.- El Alcalde-Presidente, Borja Pérez Sicilia, documento firmado electrónicamente.
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
NOTIFICACIÓN SENTENCIA
192652
Procedimiento: procedimiento ordinario.
Nº procedimiento: 0001038/2018.
NIG: 3803844420180008591.
Materia: reclamación de cantidad.
IUP: TS2018043502.
Demandante: Ainoa María Victoria Sánchez.
Demandado: Yanira Anton Chijeb; FOGASA.
Abogado: María Dafne González Rodríguez.
Procurador: ---.
Dña. Belén Ruiz Ferrer, Letrado de la Administración de Justicia de este Juzgado de lo Social nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, hago saber: que en el procedimiento nº 0001038/2018 en materia de reclamación de cantidad a instancia de D./Dña. Ainoa María Victoria Sánchez, contra Yanira Anton Chijeb y FOGASA, por S.S. se ha dictado Sentencia con
fecha 20/03/20, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por instancia Dña. Ainoa María Victoria Sánchez contra Yanira Anton Chijeb y Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a las demandadas a estar y pasar por la presente declaración, y a la empresa demandada que abone a la parte actora la cantidad de ochocientos ochenta euros con setenta y cuatro céntimos 880,74 euros por los conceptos de la demanda establecidos en el hecho probado tercero, más el interés por mora de conformidad con lo establecido en el fundamento de derecho segundo.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Yanira Anton Chijeb, en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, en Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
Franqueo Concertado 38/5
GOBIERNO DE CANARIAS
DEPÓSITO LEGAL: T.F. 1/1958
Año XCV
Lunes, 4 de mayo de 2020
Número 54