Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 4/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 107, miércoles 4 de septiembre de 2019

15919

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria Servicio de Gestión Administrativa
SERVICIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
O AA
NNUUNNCCIIO
5004109821
La Presidencia del Instituto Insular de Atención Social y Sociosanitaria IASS, La Presidenciamediante del Instituto Insulardede fecha Atención y Sociosanitaria Decreto de fecha 16
Decreto 16 Social de agosto de 2.019,IASS, aprobómediante las BASES
REGULADORAS
OTORGAMIENTO
DE
AYUDAS
ECONÓMICAS
de agosto de 2019, aprobó las bases DEL
reguladoras del otorgamiento de ayudas económicas individuales destinadas INDIVIDUALES
A 2019, VÍCTIMAS
VIOLENCIA
DE GÉNERO
a víctimas de violencia de géneroDESTINADAS
para el ejercicio que seDE
detallan a continuación:
PARA EL EJERCICIO 2019, que se detallan a continuación:

BASES REGULADORAS DEL OTORGAMIENTO DE AYUDAS ECONÓMICAS
INDIVIDUALES DESTINADAS A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL
EJERCICIO 2019.
Primera.- Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto establecer las condiciones para la concesión, en el ejercicio económico de 2019, de las Ayudas Económicas Individuales a Víctimas de Violencia de Género, que se encuentren en situación de necesidad y/o emergencia social, por carecer de los medios económicos suficientes, con el fin de apoyar la superación de las secuelas sociales de la Violencia de Género, y promover, así mismo, la independencia de las personas usuarias de la Red Especializada de Recursos y Servicios de Tenerife, atendiendo a las circunstancias que presenten cada una de ellas y a su situación socioeconómica y familiar.
Según el modo de percepción de la ayuda podrán ser:
-

Directas, cuando se otorguen o abonen personalmente a la persona solicitante, o a su representante.
Indirectas, cuando se concedan a la persona beneficiaria y se abonen, singularmente, al/la profesional/proveedor/a que le preste el servicio o suministro al que se destine la ayuda para cubrir los gastos de sepelio en los casos de asesinato por violencia de género, los tratamientos médicos o terapéuticos o aquellos otros en los que se valore la conveniencia de hacer el pago directamente a la empresa proveedora del servicio.

Se dotará a la presente convocatoria de un crédito por importe total de 119.839,39 €.
Se consideran gastos subvencionables aquellos gastos corrientes que, efectuados en el presente ejercicio o en el inmediatamente anterior, en el marco de la convocatoria de subvenciones, sean destinados a otorgar ayudas económicas a víctimas de violencia de género, entendiendo por tales los que a continuación se relacionan:
1. Necesidades básicas alimentación, higiene, vestimenta y otras de naturaleza análoga, así como suministros básicos de la vivienda habitual, entendiendo por tales los consumos de agua, luz y gas y el alta de estos servicios.
2. Necesidades alojativas alquileres, de vivienda tanto de titularidad pública como privada o de habitación en vivienda compartida, hipoteca, adjudicación de vivienda de promoción pública o privada, gastos de mantenimiento de la vivienda, estancias temporales fuera del hogar o, en su caso, recurso alojativo habitual, por motivos relacionados con la situación de violencia de género.
3. Necesidades de transporte y/o desplazamientos, tanto en territorio nacional como extranjero.
4. Necesidades sanitarias tratamientos médicos, gafas graduadas, prótesis auditivas y dentales, medicamentos y vacunas previa prescripción facultativa y que no tengan cobertura por la Seguridad Social.
5. Necesidades formativo-laborales de la persona solicitante

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 4/9/2019

TítuloBoletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife

PaísEspaña

Fecha04/09/2019

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones5553

Primera edición01/01/1992

Ultima edición01/05/2024

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