Boletín Oficial de la República Argentina del 17/10/2023 - Segunda Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.278 - Segunda Sección

6

Martes 17 de octubre de 2023

INFOMEDIA PRODUCCIONESS.A.

CUIT 30708657960. Por Asamblea General Extraordinaria del 31/07/2018 se resolvió aumentar el capital social a la suma de $49.000.000 con reforma de art. 4 del estatuto. Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 31/07/2018
GISELA VANINA MUGNAI - T: 125 F: 420 C.P.A.C.F.
e. 17/10/2023 N83201/23 v. 17/10/2023

LAESTRELLA S.A. COMPAÑÍA DESEGUROS DERETIRO

CUIT: 30-62092087-4. Por Acta de Asamblea General Extraordinaria del 10/04/2023 se resolvió: I reformar los artículos noveno, decimo, decimoprimero, decimosegundo, decimoquinto, decimoséptimo del Estatuto Social.Artículo noveno: se habilitan las reuniones a distancia del Directorio.- Artículo decimo: ajusta la garantía que prestan los directores a la resolución 7/15 IGJ. Articulo decimoprimero: se adecuó a la normativa vigente la facultad de los directores de realizar los actos que requieran poderes especiales conforme art. 375 del Código Civil y Comercial.
Decimosegundo: se habilitan las reuniones a distancia del Comité Ejecutivo. Decimoquinto: habilitan las reuniones a distancia para la Comisión Fiscalizadora. Artículo decimoséptimo: habilitan las reuniones a distancia para la Asamblea. II Aprobar un nuevo texto ordenado del Estatuto Social.- Autorizado según instrumento público Esc.
Nº152 de fecha 05/10/2023 Reg. Nº492
LILIANA MARTA GRINBERG - Matrícula: 2604 C.E.C.B.A.
e. 17/10/2023 N83190/23 v. 17/10/2023

LADO V DELIS.A.

CUIT. 33-71701231-9. Por Asamblea Gral. Ordinaria del 3/10/2023 se resolvió ampliar el Objeto Social y Reformar el Artículo 3, el que queda redactado así: ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros en el país o en el exterior a las siguientes actividades: Explotación comercial del negocio de bar y confitería, restaurante, despacho de bebidas alcohólicas y sin alcohol, servicios de café, té, leche y demás productos lácteos, postres, helados, sándwiches, venta de toda clase de artículos alimenticios y bebidas; y realización de cualquier otro rubro de la rama gastronómica y toda clase de artículos y productos alimenticios. Promover y fomentar la expresión teatral, literaria, musical, plástica y artística en general de los asociados mediante la organización de muestras, talleres, charlas, capacitaciones, festivales y todo tipo de eventos tendientes a la difusión de las actividades artísticas y culturales. Generar conciencia acerca del valor del arte y la cultura como elementos necesarios para el continuo desarrollo de la identidad comunitaria. Organizar talleres, cursos, capacitaciones y demás actividades mencionadas, con el propósito de alentar la creatividad interesados. Crear escuelas de cine, teatro, música, televisión, radio, artes plásticas y/o cualquier otra expresión artística y/o cultural. Promover y fomentar un espacio de expresión libre y respetuoso para la comunidad.
Promover y producir espectáculos artísticos y culturales independientes. Administrar sus propias redes sociales para la difusión de sus actividades y promover y generar actividades gastronómicas, artísticas y culturales en las mismas. Publicar su propio órgano de difusión y promocionar sus actividades en diarios, medios digitales, radiales y televisivos. Interactuar con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Estado Nacional, estados provinciales, municipios, organismos de derechos humanos, universidades e instituciones educativas, y cualquier otro espacio de la comunidad que lo requiera. Fomentar la autogestión y el autofinanciamiento de los productos artísticos culturales. Contribuir a la contribución de una sociedad democrática e igualitaria, conformando un espacio plural para la reflexión y el intercambio de ideas. Promover y estimular relaciones de amistad, sociabilidad, unión y conocimientos recíprocos. Todas las actividades de carácter instructivo serán efectuadas por el personal idóneo y/o profesionales en la materia. Autorizado según instrumento público Esc. Nº160 de fecha 10/10/2023
Reg. Nº1326
Sandra Veronica Iampolsky - Matrícula: 4709 C.E.C.B.A.

e. 17/10/2023 N82916/23 v. 17/10/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/10/2023 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha17/10/2023

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones9322

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones