Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2021 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.631 - Segunda Sección
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Miércoles 14 de abril de 2021

hotmail.com, Te.: 15-6847-2377. Los acreedores deberán presentar ante el síndico las peticiones de verificación de sus créditos hasta el día 18/06/2021 LCQ: 32 adicionando una copia digital en formato pdf a la casilla de mail informada por la sindicatura. En los días 18/08/2021 y 29/09/2021 la sindicatura presentará los informes de los arts. 35 y 39 de la LCQ. Se intima a la fallida y terceros a entregar al síndico los bienes pertenecientes a aqulla que estén sujetos a desapoderamiento. La fallida queda, asimismo, intimada a cumplir los recaudos del art. 86
LC, a entregar los libros y documentación al síndico en un plazo de 24 horas y a constituir domicilio en el radio del juzgado en un plazo de 48 horas bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado.
Máximo Astorga Juez - Ana Paula Ferrara Secretaria

e. 13/04/2021 N22436/21 v. 19/04/2021

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nro. l5 a cargo del Dr. Máximo Astorga, Secretaria nro. 29, sito en la Av. Callao 635 3er. piso, comunica por cinco días la quiebra de GUSTAVO VICTOR VANIA DNI
12.479.231 decretada con fecha 31/3/21 en el expediente nro. 15337/2020. Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico designado, DRUCAROFF MIGUEL ANGEL con domicilio en Corrientes 2470, piso 4º 15, hasta el día 18/6/2021. Se intima al fallido y terceros a entregar al síndico los bienes pertenecientes a aquel que estén sujetos a desapoderamiento. La fallida queda, asimismo, intimada a cumplir los recaudos del art. 86 LC, a entregar los libros y documentación al síndico en un plazo de 24 horas. Se deja constancia que el Nºde CUIT del fallido es 20-12479231-3. Máximo Astorga Juez - Ana Paula Ferrara Secretaria

e. 12/04/2021 N22070/21 v. 16/04/2021

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 32

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 16, a cargo del Dr. Fernando G. DAlessandro, Secretaría N32, sito en la calle Callao N635, E.P., CABA, hace saber por cinco días que en los autos caratulados BERNASCONI, JAIME ALBERTO S/CONCURSO PREVENTIVO Expte. N1230/2021, que con fecha 10/02/2021, se presentó en concurso preventivo de JAIME ALBERTO BERNASCONI, DNI Nº4.273.521, con domicilio en la calle Juncal N1897, piso 14, dpto. A, habiéndose dispuesto su apertura el 17/3/2021. Se hace saber a los acreedores que podrán presentar ante la sindicatura Marta Susana Guillemi TEL: 4375-6375; mail: martaguillemi@gmail.
com; Cuenta Bancaria: GUILLEMI MARTA SUSANA, CBU N: 0720041088000038723722, DNI 13.663.547 CUIL/
CUIT/CDI: 27-13663547-1, Caja de ahorro en $Nº323-769687/5 Banco Santander Rio, Sucursal: 739 / Lomas de Zamora centro los títulos justificativos de sus créditos, así como el comprobante de transferencia bancaria del importe del arancel igualmente digitalizado; por medio del correo electrónico brindado, hasta el día 01/06/2021.
Los correos electrónicos que vehiculizarán los pedidos de verificación tempestivos deberán: i Ser enviados única y exclusivamente a la dirección de correo electrónico provista por la sindicatura a tal fin; ii Individualizar en el asunto el nombre del pretenso acreedor, del proceso concursal y su número de expediente; iii Detallar en el cuerpo del correo electrónico cada uno de los documentos adjuntos, entre los que necesariamente debe incluir el escrito de solicitud de verificación, así como la documental fundante de la pretensión verificatoria. En todos los casos los documentos electrónicos deberán ajustarse a lo establecido por la Acordada Nro. 31/20 de la CSJN, Anexo II Protocolo de Actuación Sistema Informático de Gestión Judicial, apartado III. Señálese que la insinuación deberá ser presentada en un único archivo, identificado como PEDIDO VERIFICATORIO; más el nombre, denominación o razón social del acreedor; iv A la documentación que se digitalice y acompañe al pedido de verificación se le conferirá verosimilitud, en cuanto a su existencia y contenido, siempre y cuando se encuentre acompañada de la declaración jurada prestada por los insinuantes en la misma demanda de verificación sobre su existencia, posesión y correspondencia con la original y bajo su responsabilidad, pudiendo el Juzgado requerir su exhibición cuando lo entendiera necesario para resolver cualquier cuestión; v Adjuntar el pedido verificatorio, y en la medida que el insinuante no se encuentre eximido, un archivo denominado arancel verificatorio, con la constancia de la transferencia de la suma correspondiente al arancel; vi Denunciar junto con la información identificatoria del acreedor que exige la LCQ: 32, la dirección de correo electrónico y un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda comunicarse en su caso a los fines previstos por la LCQ: 33. Dentro de las 24 horas de vencido el plazo previsto por la LCQ: 32 y a los fines previstos por la LCQ: 34, el síndico presentará en el incidente Nº 1230/2021/1 las insinuaciones recibidas para que el deudor y los demás acreedores tomen conocimiento a los efectos de la norma citada. Las observaciones deberán también ser enviadas al correo electrónico informado por la sindicatura dentro del plazo previsto por la LCQ: 34, individualizando en el ASUNTO al impugnante e impugnado y detallando en el cuerpo del correo la documentación adjunta, entre la que debe encontrarse el escrito de observación. El síndico presentara los informes correspondientes a los arts. 35 y 39 LQC los días 15/07/2021
y 10/09/2021 respectivamente. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el día 12/08/2021. La audiencia

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/04/2021 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha14/04/2021

Nro. de páginas111

Nro. de ediciones9370

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/06/2024

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